Diferencia entre revisiones de «Cofradía de pescadores (Andalucía)»
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[[Archivo:Garrucha Spain Lonja.jpg|thumb|[[Subasta]] de [[pescado]] en la Lonja del [[Puerto (navegación)|puerto]] de [[Garrucha (Almería)|Garrucha]] ([[provincia de Almería|Almería]], [[España]]).]] |
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⚫ | Las '''cofradías de pescadores''' están reguladas en [[Andalucía]] de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo II artículos |
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[[Archivo:Sanlucar barrameda redes puerto pesquero de bonanza.jpg|thumb|Redes tendidas al sol en el [[Puerto de Sanlúcar|puerto pesquero de Bonanza (Sanlúcar de Barrameda (Cádiz)]].]] |
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⚫ | Las '''cofradías de pescadores''' están reguladas en [[Andalucía]] de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo II artículos 41 al 44 de la ''Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina'' que regula la composición y funcionamiento de las organizaciones del sector pesquero, marisquero y acuícola de Andalucía.<ref>{{cita web |
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|url= http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/an-l1-2002.t6.html#c2 |
|url= http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/an-l1-2002.t6.html#c2 |
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|título= Cofradías de pescadores y federaciones de de cofradías de pescadores |
|título= Cofradías de pescadores y federaciones de de cofradías de pescadores |
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|editor= noticias.juridicas.com |
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|fechaacceso= 8 de marzo de 2010 |
|fechaacceso= 8 de marzo de 2010 |
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}}</ref> |
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==Normativa de las cofradías de pescadores== |
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El Artículo 41 define la naturaleza, funciones y órganos de las cofradías de pescadores estableciendo en el primer punto que las cofradías de pescadores son corporaciones de Derecho Público, [[sin ánimo de lucro]], dotadas de [[personalidad jurídica]] y capacidad de obrar para el cumplimiento de los fines y funciones que le estén encomendados. |
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El resto de normativa sobre las cofradías es el siguente: |
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{{cita| |
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2. Son funciones propias de las cofradías actuar como órganos de consulta y colaboración con la Administración, pudiendo además ejercer las funciones que le sean atribuidas por las administraciones públicas que se desarrollen sobre materias de interés general para la actividad extractiva y la comercialización, especialmente en la pesca artesanal. En particular las siguientes: |
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*a. Actuar como órganos consultivos de las administraciones públicas en la preparación, elaboración y aplicación de normas que afecten a materia de interés general pesquero. |
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*b. Actuar como órganos consultivos de las administraciones públicas, realizando estudios y emitiendo informes a requerimiento de las mismas. |
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*c. Elevar a las administraciones públicas propuestas sobre materia de interés pesquero y, en particular, sobre aquellas acciones tendentes a la mejora de las condiciones técnicas, económicas y sociales de la actividad pesquera, especialmente en los sectores artesanal y de bajura. |
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*d. Actuar como órgano de colaboración con las administraciones públicas en lo referente a la actividad extractiva del sector pesquero extractivo y comercial. |
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*e. Promover actividades de formación de los profesionales en las actividades referidas a la pesca. |
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*f. Actuar como oficinas públicas de recepción, registro y tramitación de documentación dirigida a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Comunidad Autónoma de Andalucía. |
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*g. Representar y defender los intereses económicos y corporativos de sus afiliados. |
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3. Los órganos representativos de las cofradías de pescadores son la Junta General, el Cabildo y el Patrón Mayor. Dichos órganos tendrán las funciones que se establezcan reglamentariamente y en sus respectivos estatutos. |}} |
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==Constitución de cofradías de pescadores y de federaciones de cofradías == |
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El artículo 42 de la mencionada Ley establece que las personas físicas y jurídicas que vengan desarrollando, de forma habitual, una actividad extractiva pesquera, ya sea como armador, como trabajador por cuenta propia o por cuenta ajena, o como titulares de instalaciones pesqueras, podrán promover la creación de cofradías de pescadores, previa autorización de la Consejería de Agricultura y Pesca. Así mismo, podrán promover la modificación del ámbito territorial, fusión o disolución de éstas, debiendo contar, en estos casos, con la ratificación de la Consejería de Agricultura y Pesca. |
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La Federación Andaluza de Cofradías de Pescadores estará formada por federaciones provinciales. Las federaciones provinciales podrán integrarse en federaciones superiores al ámbito territorial andaluz a través de la Federación Andaluza de Cofradías de Pescadores. Corresponde a la Federación Andaluza de Cofradías de Pescadores designar a los representantes de Andalucía en las federaciones de ámbito superior a ésta. Las cofradías de pescadores tendrán el ámbito territorial que se establezca en sus estatutos. En cualquier caso, no podrán coincidir dos cofradías en un mismo ámbito territorial. |
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==Funcionamiento de las cofradías de pescadores== |
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El artículo 43 de la Ley regula la constitución y funcionamiento de las cofradías de pescadores y de sus federaciones, de acuerdo con los siguientes principios: |
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{{cita| |
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*1. Representatividad, mediante la elección de los miembros del órgano supremo de gobierno de las cofradías por sufragio universal, libre y secreto, y la designación entre éstos del resto de los órganos rectores de las cofradías y de sus federaciones. |
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*2. Democratización en su estructura interna y funcionamiento. |
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*3. Paridad en la representación de trabajadores y empresarios en los órganos rectores colegiados. |
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*4. Libertad de afiliación y participación de sus miembros. |
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*5. Sometimiento a la tutela de la Consejería de Agricultura y Pesca en cuanto realizan funciones de naturaleza pública atribuidas por la Ley o delegadas por la Administración. |
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*6. Autonomía en la gestión de sus recursos económicos y los intereses corporativos de sus afiliados.|}} |
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==Régimen económico, presupuestario y contable== |
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El artículo 44 de la Ley regula el régimen económico, presupuestario y contable de las cofradías y de sus federaciones, estará presidido por los siguientes principios: |
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{{cita| |
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*1. Universalidad presupuestaria, mediante la inclusión en los presupuestos de todos los ingresos y los gastos ordinarios de las cofradías, sin compensación entre ellos. |
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*2. Unidad presupuestaria, sin perjuicio de la aprobación de presupuestos extraordinarios y especiales cuando se afronten gastos de otra naturaleza. |
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*3. Anualidad del presupuesto y su extensión al año natural. |
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*4. Aprobación de los presupuestos y de la liquidación de cuentas por los órganos rectores de la entidad. |
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*5. Seguimiento de un plan contable homogéneo para todas las cofradías de pescadores y federaciones. |
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*6. Sometimiento al control interno de los órganos de Gobierno de la entidad. |
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*7. Sometimiento al control y a la fiscalización de la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como de la Intervención General de la Junta de Andalucía.|}} |
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==Referencias== |
== Referencias == |
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{{listaref}} |
{{listaref}} |
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== Véase también == |
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*[[Armador]] |
* [[Armador]] |
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*[[Barco pesquero]] |
* [[Barco pesquero]] |
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*[[Explotación pesquera]] |
* [[Caladero]] |
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* [[Explotación pesquera]] |
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*[[ |
* [[Lonja]] |
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* [[Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar ]] |
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==Enlaces externos== |
== Enlaces externos == |
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*[http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/BITACORA/directorio/cofradias/almeria.html Cofradías de pescadores de Almería] |
* [http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/BITACORA/directorio/cofradias/almeria.html Cofradías de pescadores de Almería] |
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*[http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/BITACORA/directorio/cofradias/cadiz.html Cofradías de pescadores de Cádiz] |
* [http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/BITACORA/directorio/cofradias/cadiz.html Cofradías de pescadores de Cádiz] |
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*[http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/BITACORA/directorio/cofradias/granada.html Cofradías de pescadores de Granada] |
* [http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/BITACORA/directorio/cofradias/granada.html Cofradías de pescadores de Granada] |
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*[http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/BITACORA/directorio/cofradias/huelva.html Cofradías de pescadores de Huelva] |
* [http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/BITACORA/directorio/cofradias/huelva.html Cofradías de pescadores de Huelva] |
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{{Control de autoridades}} |
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[[Categoría:Pesca |
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[[Categoría: Andalucía]] |
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Revisión actual - 08:18 22 ene 2024
Las cofradías de pescadores están reguladas en Andalucía de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo II artículos 41 al 44 de la Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina que regula la composición y funcionamiento de las organizaciones del sector pesquero, marisquero y acuícola de Andalucía.[1]
Referencias
[editar]- ↑ noticias.juridicas.com (ed.). «Cofradías de pescadores y federaciones de de cofradías de pescadores». Consultado el 8 de marzo de 2010.
Véase también
[editar]- Armador
- Barco pesquero
- Caladero
- Explotación pesquera
- Lonja
- Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar