Diferencia entre revisiones de «Isla Serranilla»
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La '''Isla Serranilla''' o el ''' Banco Serranilla''''' (En [[Inglés]]: Serranilla Bank)'' es un Banco del Departamento de [[San Andrés y Providencia]], que se localiza a los 16º45' de Latitud Norte y a los 80º00' de Longitud Oeste. |
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La '''isla Serranilla''' o el '''banco Serranilla''' es un [[placer (náutica)|placer]] del [[mar Caribe]] que se localiza a {{coord|15|50|N|79|50|O|}}. Este pequeño territorio forma de manera oficial parte del departamento [[Colombia|colombiano]] del [[Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina]]. La soberanía de Colombia sobre Serranilla fue ratificada expresamente y oficial en el fallo del 19 de noviembre de 2012 de la [[Corte Internacional de Justicia]] de [[La Haya]].<ref name=CIJ2012>{{cita web |url=http://www.icj-cij.org/docket/files/124/17162.pdf |título=Territorial and maritime dispute (Nicaragua vs Colombia) |fechaacceso=27 de noviembre de 2012 |autor=[[Corte Internacional de Justicia]] |idioma=inglés}}</ref> |
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Su área es compartida por [[Colombia]] y por [[Jamaica]], el cayo mide 45 [[km]] en sentido oeste-este y unos 37 km en el centro. |
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== Descripción == |
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El Banco es reclamado por los [[Estados Unidos]], como parte de los territorios que ocupó como consencuencia de la '''''Guano Islands Act''''' (Ley de las Islas del Guano, sin embargo Colombia considera que el banco le fue devuelto en [[1982]]. |
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[[Archivo:Serranilla Bank marked satellite map.png|thumb|izq|Banco Serranilla en el mar Caribe.]] |
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El Banco Serranilla es un antiguo [[atolón]]. Tiene cerca de 40 km de largo y 32 km de ancho, con un área de 1200 km², casi enteramente de agua. Varios cayos muy pequeños emergen de las aguas para formar las islas del banco. Ellas son West Breaker, Cayo Medio (Middle Cay), Cayo Este (East Cay) y Cayo Beacon (Beacon Cay). La vegetación está dispersa con arbustos y algunos árboles. |
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[[Categoría:Islas de Colombia]] |
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[[Categoría:Territorios Disputados]] |
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El Cayo Beacon es la isleta más grande en el banco. Tiene construcciones de casas y algunas instalaciones militares, que fueron usadas por marines estadounidenses durante la crisis de los misiles de Cuba en 1962. La base está actualmente habitada por infantes de marina de la Armada Nacional de Colombia. |
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[[en:Serranilla Bank]] |
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[[ja:セラニャ・バンク]] |
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Hay un faro que tiene 33 m de alto y se encuentra deshabitado. Está operativo desde 1977. |
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[[sk:Serranilla]] |
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En esta zona se vio el último avistamiento de la [[foca monje del Caribe]] en 1952.<ref>{{Cita web|url=https://www.barrameda.com.ar/animales/foca-monje-del-caribe.htm|título=Especies en peligro de extinción: Foca Monje del Caribe|fechaacceso=21 de noviembre de 2019|sitioweb=www.barrameda.com.ar}}</ref><ref>https://www.bbc.com/mundo/noticias-50581981</ref> |
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== Historia y disputas sobre su soberanía == |
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{{AP|Disputa del Banco Serranilla y del Bajo Nuevo}} |
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El banco de Serranilla apareció por primera vez en cartas náuticas españolas de 1510 como «Placer de la Serranilla». También fue mencionado por [[Louis-Michel Aury]] cuando su barco naufragó en él en 1820. |
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Los Estados Unidos reclamó el banco el 8 de septiembre de 1879 y luego el 13 de septiembre de 1880, luego de ser aprobada el 18 de agosto de 1856 la [[Ley de Islas Guaneras]]. Posteriormente Estados Unidos no hizo reclamos expresos sobre Serranilla ni sobre el ejercicio de soberanía de Colombia en el banco, pero tampoco ha hecho reconocimiento expreso de la soberanía colombiana sobre Serranilla, que no está mencionada en el Tratado Vázquez-Saccio de 1972 y que figura en algunas publicaciones oficiales como un territorio no organizado y no incorporado.<ref>U.S. Insular Areas: Application of the U.S. Constitution: Report to the Chairman, Committee on Resources, House of Representatives. Pág. 39. Escrito por United States General Accounting Office, United States Congress. House. Committee on Resources. Publicado por DIANE Publishing, 1997 ISBN 1-4289-7935-2, 9781428979352</ref> |
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El 13 de noviembre de 1993 Colombia y [[Jamaica]] firmaron el Tratado Sanín-Robertson de Delimitación Marítima que reconoce la soberanía colombiana sobre los cayos del banco Serranilla y el área marítima comprendida dentro del arco de círculo de 12 millas náuticas alrededor. Este tratado estableció también más allá de este entorno una zona marítima de administración conjunta, control, exploración y explotación de los recursos vivos y no vivos, denominada Área de Régimen Conjunto.<ref>[http://www.un.org/Depts/los/LEGISLATIONANDTREATIES/PDFFILES/TREATIES/JAM-COL1993MD.PDF Tratado entre Colombia y Jamaica de 1993, en inglés]</ref><ref>Corte Constitucional de Colombia (1994) [https://web.archive.org/web/20110707053609/http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/cc_sc_nf/1994/c-045_1994.html Sentencia No. C-045/94].</ref> |
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La Constitución de Honduras promulgada el 11 de enero de 1982 hizo mención explícita de su soberanía sobre Serranilla. Sin embargo, desde la firma del Tratado de Delimitación Marítima entre Colombia y Honduras del 2 de agosto de 1986, conocido como Tratado Ramírez-López, que entró en vigor al ser ratificado por Honduras el 20 de diciembre de 1999, ambos países fijaron una línea limítrofe que excluyó a Honduras de todo reclamo sobre el Banco Serranilla,<ref>[http://www.un.org/Depts/los/LEGISLATIONANDTREATIES/PDFFILES/TREATIES/COL-HND1986MD.PDF Tratado entre Colombia y Honduras de 1986]</ref> pero no de algunos islotes situados a más de 12 millas náuticas del banco, pese a lo cual sigue existiendo en la Constitución de Honduras la mención de su soberanía sobre el banco. |
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El 24 de marzo de 1928 Colombia y Nicaragua firmaron el [[Tratado Esguerra-Bárcenas]], que reconoció la soberanía colombiana sobre las islas, islotes y cayos del archipiélago de San Andrés que, según el acta de canje de ratificaciones suscrita en 1930 (suscrita por Esguerra e Irías), están al oriente del [[meridiano]] 82ºW, como en efecto está Serranila.<ref>Gaviria Liévano, Enrique (1973) ''Roncador Quitasueño y Serrana''. Bogotá: Temis, p. 45-46.</ref> |
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El presidente de Nicaragua [[Daniel Ortega]] declaró ante el cuerpo diplomático en [[Managua]] el 4 de febrero de 1980 que el tratado era nulo sobre la base de que Nicaragua estaba en ese tiempo ocupada militarmente por los Estados Unidos y por lo tanto reclamó la soberanía de Nicaragua sobre el archipiélago de San Andrés. La anulación del tratado por parte de Nicaragua fue considerado por Colombia como un acto unilateral y por ende violatorio de la legislación internacional. En 1998 el presidente [[Arnoldo Alemán]] renunció a un acuerdo bilateral con Colombia y el 6 de diciembre de 2001 el país centroamericano demandó el caso ante la [[Corte Internacional de Justicia]] de [[La Haya]]. |
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La Corte de La Haya emitió un fallo el 13 de diciembre de 2007 sobre las objeciones preliminares de Colombia, declarando válido el tratado de 1928, pero en cambio consideró que no quedó resuelta en ese tratado la delimitación de áreas marinas y submarinas entre los dos países.<ref>[http://www.icj-cij.org/docket/index.php?pr=567&p1=3&p2=1&case=124&p3=6 Presentación de Nicaragua contra Colombia en la CIJ]</ref> El 19 de noviembre de 2012 la corte de La Haya emitió el [[fallo de la Corte de La Haya en 2012 sobre el litigio entre Colombia y Nicaragua|fallo]] que concedió aguas jurisdiccionales a Nicaragua, pero rechazó los reclamos nicaragüenses a los cayos e islas y encontró unánimemente que la República de Colombia tiene soberanía sobre Serranilla.<ref name=CIJ2012/> |
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== Véase también == |
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* [[Geografía del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina]] |
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* [[Mar Caribe]] |
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== Referencias == |
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{{Control de autoridades}} |
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[[Categoría:Archipiélagos e islas de San Andrés y Providencia|Serranilla]] |
Revisión actual - 12:24 23 ago 2024
Isla Serranilla | ||
---|---|---|
Ubicación geográfica | ||
Mar | Caribe | |
Coordenadas | 15°50′00″N 79°50′00″O / 15.833333333333, -79.833333333333 | |
Ubicación administrativa | ||
País |
Colombia | |
División | Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y área insular | |
Departamento | San Andrés y Providencia | |
Características generales | ||
Geología | coralino | |
Longitud | 40 km | |
Anchura máxima | 32 km | |
Población | ||
Población | 0 hab. () | |
Mapa de localización | ||
Localización de isla Serranilla en el mar Caribe | ||
Localización de isla Serranilla en el archipiélago de San Andrés y Providencia | ||
La isla Serranilla o el banco Serranilla es un placer del mar Caribe que se localiza a 15°50′N 79°50′O / 15.833, -79.833. Este pequeño territorio forma de manera oficial parte del departamento colombiano del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. La soberanía de Colombia sobre Serranilla fue ratificada expresamente y oficial en el fallo del 19 de noviembre de 2012 de la Corte Internacional de Justicia de La Haya.[1]
Descripción
[editar]El Banco Serranilla es un antiguo atolón. Tiene cerca de 40 km de largo y 32 km de ancho, con un área de 1200 km², casi enteramente de agua. Varios cayos muy pequeños emergen de las aguas para formar las islas del banco. Ellas son West Breaker, Cayo Medio (Middle Cay), Cayo Este (East Cay) y Cayo Beacon (Beacon Cay). La vegetación está dispersa con arbustos y algunos árboles.
El Cayo Beacon es la isleta más grande en el banco. Tiene construcciones de casas y algunas instalaciones militares, que fueron usadas por marines estadounidenses durante la crisis de los misiles de Cuba en 1962. La base está actualmente habitada por infantes de marina de la Armada Nacional de Colombia.
Hay un faro que tiene 33 m de alto y se encuentra deshabitado. Está operativo desde 1977.
En esta zona se vio el último avistamiento de la foca monje del Caribe en 1952.[2][3]
Historia y disputas sobre su soberanía
[editar]El banco de Serranilla apareció por primera vez en cartas náuticas españolas de 1510 como «Placer de la Serranilla». También fue mencionado por Louis-Michel Aury cuando su barco naufragó en él en 1820.
Los Estados Unidos reclamó el banco el 8 de septiembre de 1879 y luego el 13 de septiembre de 1880, luego de ser aprobada el 18 de agosto de 1856 la Ley de Islas Guaneras. Posteriormente Estados Unidos no hizo reclamos expresos sobre Serranilla ni sobre el ejercicio de soberanía de Colombia en el banco, pero tampoco ha hecho reconocimiento expreso de la soberanía colombiana sobre Serranilla, que no está mencionada en el Tratado Vázquez-Saccio de 1972 y que figura en algunas publicaciones oficiales como un territorio no organizado y no incorporado.[4]
El 13 de noviembre de 1993 Colombia y Jamaica firmaron el Tratado Sanín-Robertson de Delimitación Marítima que reconoce la soberanía colombiana sobre los cayos del banco Serranilla y el área marítima comprendida dentro del arco de círculo de 12 millas náuticas alrededor. Este tratado estableció también más allá de este entorno una zona marítima de administración conjunta, control, exploración y explotación de los recursos vivos y no vivos, denominada Área de Régimen Conjunto.[5][6]
La Constitución de Honduras promulgada el 11 de enero de 1982 hizo mención explícita de su soberanía sobre Serranilla. Sin embargo, desde la firma del Tratado de Delimitación Marítima entre Colombia y Honduras del 2 de agosto de 1986, conocido como Tratado Ramírez-López, que entró en vigor al ser ratificado por Honduras el 20 de diciembre de 1999, ambos países fijaron una línea limítrofe que excluyó a Honduras de todo reclamo sobre el Banco Serranilla,[7] pero no de algunos islotes situados a más de 12 millas náuticas del banco, pese a lo cual sigue existiendo en la Constitución de Honduras la mención de su soberanía sobre el banco.
El 24 de marzo de 1928 Colombia y Nicaragua firmaron el Tratado Esguerra-Bárcenas, que reconoció la soberanía colombiana sobre las islas, islotes y cayos del archipiélago de San Andrés que, según el acta de canje de ratificaciones suscrita en 1930 (suscrita por Esguerra e Irías), están al oriente del meridiano 82ºW, como en efecto está Serranila.[8]
El presidente de Nicaragua Daniel Ortega declaró ante el cuerpo diplomático en Managua el 4 de febrero de 1980 que el tratado era nulo sobre la base de que Nicaragua estaba en ese tiempo ocupada militarmente por los Estados Unidos y por lo tanto reclamó la soberanía de Nicaragua sobre el archipiélago de San Andrés. La anulación del tratado por parte de Nicaragua fue considerado por Colombia como un acto unilateral y por ende violatorio de la legislación internacional. En 1998 el presidente Arnoldo Alemán renunció a un acuerdo bilateral con Colombia y el 6 de diciembre de 2001 el país centroamericano demandó el caso ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
La Corte de La Haya emitió un fallo el 13 de diciembre de 2007 sobre las objeciones preliminares de Colombia, declarando válido el tratado de 1928, pero en cambio consideró que no quedó resuelta en ese tratado la delimitación de áreas marinas y submarinas entre los dos países.[9] El 19 de noviembre de 2012 la corte de La Haya emitió el fallo que concedió aguas jurisdiccionales a Nicaragua, pero rechazó los reclamos nicaragüenses a los cayos e islas y encontró unánimemente que la República de Colombia tiene soberanía sobre Serranilla.[1]
Véase también
[editar]- Geografía del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina
- Geografía de Colombia
- Mar Caribe
Referencias
[editar]- ↑ a b Corte Internacional de Justicia. «Territorial and maritime dispute (Nicaragua vs Colombia)» (en inglés). Consultado el 27 de noviembre de 2012.
- ↑ «Especies en peligro de extinción: Foca Monje del Caribe». www.barrameda.com.ar. Consultado el 21 de noviembre de 2019.
- ↑ https://www.bbc.com/mundo/noticias-50581981
- ↑ U.S. Insular Areas: Application of the U.S. Constitution: Report to the Chairman, Committee on Resources, House of Representatives. Pág. 39. Escrito por United States General Accounting Office, United States Congress. House. Committee on Resources. Publicado por DIANE Publishing, 1997 ISBN 1-4289-7935-2, 9781428979352
- ↑ Tratado entre Colombia y Jamaica de 1993, en inglés
- ↑ Corte Constitucional de Colombia (1994) Sentencia No. C-045/94.
- ↑ Tratado entre Colombia y Honduras de 1986
- ↑ Gaviria Liévano, Enrique (1973) Roncador Quitasueño y Serrana. Bogotá: Temis, p. 45-46.
- ↑ Presentación de Nicaragua contra Colombia en la CIJ