Diferencia entre revisiones de «Diputación foral»
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Revisión del 17:33 8 mar 2013
Diputación Foral es el nombre con el que se conoce desde mediados del siglo XIX a las Diputaciones provinciales de Álava, Guipúzcoa, Navarra y Vizcaya, en razón de sus regímenes forales o regímenes especiales de autonomía administrativa que conservaron después de la Primera Guerra Carlista como excepción al sistema centralista propio del Estado liberal establecido desde 1836 en España.
A las tres diputaciones vascas (y anteriormente también a la Diputación de Navarra) se las conoce con el nombre de Diputación Foral, ya que estos cuatro territorios aun conservan sus fueros. La Diputación Foral es un órgano ejecutivo que depende de las Juntas Generales (el órgano legislativo). Las Juntas Generales son los parlamentos de cada Territorio histórico cuyos miembros (apoderados, junteros o procuradores) se eligen por votación popular, que coincide con las elecciones municipales.
Las diputaciones vascas gozan de alta autonomía y poder de acción, ya que entre sus competencias se encuentra la recaudación de impuestos, todas las infraestructuras de carreteras, bienestar social...
La Diputación Foral de Navarra, que había sido la Diputación del Reino hasta 1839 en que paso a ser una provincia, tras la reforma de Javier de Burgos de 1833, que se ratificó con la ley Paccionada. A partir de 1982, recibe el nombre de Gobierno de Navarra, al convertirse la anterior provincia foral en comunidad autónoma con un régimen particular bajo la denominación de "Comunidad Foral de Navarra".