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Diferencia entre revisiones de «Julio Simón»

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* [http://www.lanacion.com.ar/politica/nota.asp?nota_id=826677&origen=rss El “Turco Julián”, al borde de otro juicio oral, La Nación, 27 de julio de 2006]
* [http://www.lanacion.com.ar/politica/nota.asp?nota_id=826677&origen=rss El “Turco Julián”, al borde de otro juicio oral, La Nación, 27 de julio de 2006]
*[http://www.trial-ch.org/es/recursos/trial-watch/trial-watch/profils/profile/3519/action/show/controller/Profile.html Julio Héctor Simon, Perfil Trial Watch, TRIAL]
*[http://www.trial-ch.org/es/recursos/trial-watch/trial-watch/profils/profile/3519/action/show/controller/Profile.html Julio Héctor Simon, Perfil Trial Watch, TRIAL]
*Mauro Viale entrevista a Julian "Turco" Simon (1997) - [https://www.youtube.com/watch?v=UMZqGm55aHw DiFilm]
*Perpetua para Miara y el "turco Julián" - [https://www.youtube.com/watch?v=LSmXygTE2uw TV Pública Argentina]
{{NF|1940||Simon, Julio}}
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[[Categoría:Condenados por crímenes contra la humanidad en Argentina]]
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Revisión del 16:25 29 oct 2017

Julio Héctor Simón (n. Ciudad de Buenos Aires, 12 de agosto de 1940),[1]​ conocido como "el Turco Julián", es un ex-integrante de la Policía Federal Argentina que actuó como represor y torturador en el centro clandestino de detención El Olimpo durante la dictadura autodenominada Proceso de Reorganización Nacional (1976-1983). Es de público conocimiento su simpatía hacia el fascismo y el nazismo, y que llevaba una cruz esvástica como llavero.[2]​ En 2006 fue condenado por la justicia argentina a 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad, por lo que actualmente se encuentra detenido en la Unidad 34 de Campo de Mayo.

El Turco Julián llegó a declarar que:

El criterio general era matar a todo el mundo.[3]

La condena del Turco Julián fue la primera luego de que, en el año 2003, el Congreso anulara las leyes de Punto Final y Obediencia Debida -que impidieron juzgar a los responsables de crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura- y la Corte Suprema validara la constitucionalidad de esa norma y declarara la invalidez de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final (precisamente, en el Caso Simón).

El 4 agosto de 2006 fue condenado por el Tribunal Oral Federal N° 5 de la Capital Federal a 25 años de prisión, por la detención ilegal y los tormentos infligidos a José Poblete y Gertrudis Hlaczik y por la ocultación de una menor, hija del matrimonio, que en ese momento tenía ocho meses de edad (Causas 1056/06 y 1207/06).[4]

Luego, fue sentenciado a 23 años de prisión en la causa conocida como "Batallón 601", por los secuestros, las torturas y la desaparición forzada de personas, al regresar al país, en 1979 y 1980.[4]

Actualmente se encuentra siendo juzgado en la causa conocida como "Primer Cuerpo", por los hechos cometidos contra 181 víctimas en los tres centros clandestinos de detención (CCD) dependientes del I Cuerpo del Ejército (el Atlético, el Banco y el Olimpo).

Referencias

Véase también

Enlaces externos