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Diferencia entre revisiones de «Organización territorial de México»

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Tras la caída del Imperio surge el [[Supremo Poder Ejecutivo]] que sería el encargado de convocar la creación de la [[República Federal]], estuvo vigente entre el 1 de abril de 1823 y el 10 de octubre de 1824.<ref>{{Cita web |título=El Viajero en México (Pág. 30) |url=http://cdigital.dgb.uanl.mx/la/1020004349/1020004349_004.pdf |editorial=CDigital |fechaacceso=12 de septiembre de 2010}}</ref>
Tras la caída del Imperio surge el [[Supremo Poder Ejecutivo]] que sería el encargado de convocar la creación de la [[República Federal]], estuvo vigente entre el 1 de abril de 1823 y el 10 de octubre de 1824.<ref>{{Cita web |título=El Viajero en México (Pág. 30) |url=http://cdigital.dgb.uanl.mx/la/1020004349/1020004349_004.pdf |editorial=CDigital |fechaacceso=12 de septiembre de 2010}}</ref>


La agitación en las provincias era tal que el 21 de mayo de 1823 se precisó en el artículo 6o. del proyecto de bases de la República federativa que: ''Sus partes integrantes son Estados libres, soberanos e independientes en lo que toque á su administración y gobierno''.<ref>{{Cita web |título=División Territorial de los Estados Unidos Mexicanos (1810-1995) Pág. 21 |url=http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/integracion/pais/divi_terri/1810-1985/eum/ESTADOS%20UNIDOS%20MEXICANOS.pdf |editorial=INEGI |fechaacceso=12 de septiembre de 2010}}</ref> En otras palabras, eran libres para seguir su destino como mejor les pareciera. Sin embargo, la mayoría de los ahora ''Estados Libres'' que fueron convocados a la integración de una República Federal, accedieron a la Unión a excepción de la totalidad de la antigua [[Capitanía General de Guatemala]] que formó su propia República Federal.<ref>{{Cita web |título=1 de julio de 1823. Las Provincias Unidas del Centro de América se independizan de México |url=http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=1017:01-de-julio-de-1823-las-provincias-unidas-del-centro-de-america-se-independizan-de-mexico&catid=119:julio&Itemid=220 |editorial=Gobierno Federal |fechaacceso=12 de septiembre de 2010}}</ref>
La agitación en las provincias era tal que el 21 de mayo de 1823 se precisó en el artículo 6o. del proyecto de bases de la República federativa que: ''Sus partes integrantes son Estados libres, soberanos e independientes en lo que toque a su administración y gobierno''.<ref>{{Cita web |título=División Territorial de los Estados Unidos Mexicanos (1810-1995) Pág. 21 |url=http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/integracion/pais/divi_terri/1810-1985/eum/ESTADOS%20UNIDOS%20MEXICANOS.pdf |editorial=INEGI |fechaacceso=12 de septiembre de 2010}}</ref> En otras palabras, eran libres para seguir su destino como mejor les pareciera. Sin embargo, la mayoría de los ahora ''Estados Libres'' que fueron convocados a la integración de una República Federal, accedieron a la Unión a excepción de la totalidad de la antigua [[Capitanía General de Guatemala]] que formó su propia República Federal.<ref>{{Cita web |título=1 de julio de 1823. Las Provincias Unidas del Centro de América se independizan de México |url=http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=1017:01-de-julio-de-1823-las-provincias-unidas-del-centro-de-america-se-independizan-de-mexico&catid=119:julio&Itemid=220 |editorial=Gobierno Federal |fechaacceso=12 de septiembre de 2010}}</ref>


El 31 de enero de 1824 se expidió el decreto por el cual se creó el [[Acta Constitutiva de la Federación Mexicana]].<ref>{{Cita web |título=Acta constitutiva de la Federación Mexicana |url=http://www.biblioteca.tv/artman2/publish/1824_121/Acta_constitutiva_de_la_Federaci_n_Mexicana_192.shtml |editorial=500 años de México en documentos |fechaacceso=12 de septiembre de 2010}}</ref> En ella se integró el artículo 6º del proyecto de bases de la República federativa. Para determinar la división territorial del país se utilizó el criterio de que los estados convocados a fundar la federación: "[...] ni fuesen tan pocos que por su extensión y riqueza pudiesen en breves años aspirar a constituirse en naciones independientes, rompiendo el lazo federal, ni tantos que por falta de hombres y recursos viniese a ser impracticable el sistema"''.''<ref>{{Cita web |título=División Territorial de los Estados Unidos Mexicanos (1810-1995) Pág. 22 |url=http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/integracion/pais/divi_terri/1810-1985/eum/ESTADOS%20UNIDOS%20MEXICANOS.pdf |editorial=INEGI |fechaacceso=12 de septiembre de 2010}}</ref>
El 31 de enero de 1824 se expidió el decreto por el cual se creó el [[Acta Constitutiva de la Federación Mexicana]].<ref>{{Cita web |título=Acta constitutiva de la Federación Mexicana |url=http://www.biblioteca.tv/artman2/publish/1824_121/Acta_constitutiva_de_la_Federaci_n_Mexicana_192.shtml |editorial=500 años de México en documentos |fechaacceso=12 de septiembre de 2010}}</ref> En ella se integró el artículo 6º del proyecto de bases de la República federativa. Para determinar la división territorial del país se utilizó el criterio de que los estados convocados a fundar la federación: "[...] ni fuesen tan pocos que por su extensión y riqueza pudiesen en breves años aspirar a constituirse en naciones independientes, rompiendo el lazo federal, ni tantos que por falta de hombres y recursos viniese a ser impracticable el sistema"''.''<ref>{{Cita web |título=División Territorial de los Estados Unidos Mexicanos (1810-1995) Pág. 22 |url=http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/integracion/pais/divi_terri/1810-1985/eum/ESTADOS%20UNIDOS%20MEXICANOS.pdf |editorial=INEGI |fechaacceso=12 de septiembre de 2010}}</ref>

Revisión del 02:04 12 jun 2018

Estados mexicanos actuales y la Ciudad de México

La organización territorial de México está definida por la Constitución Política de 1917. Este documento define al país como un estado federal que se gobierna bajo la forma de una república. El territorio del país está dividido en 32 entidades federativas.[1]

Historia

La Independencia y el imperio constitucional

Primer Imperio Mexicano

El 27 de septiembre de 1821 después de 3 siglos de dominio español, México alcanzó su libertad. Los Tratados de Córdoba reconocieron a la Nueva España como un Imperio independiente, el cual se reconocía como "monárquico, constitucional y moderado".[2]

El Congreso constituyente en busca de estabilidad eligió como monarca a Agustín de Iturbide y de esta forma fue proclamado emperador de México el 18 de mayo de 1822.[3]​ Sin embargo, el Imperio Constitucional no tardó en demostrar la incompatibilidad de sus dos integrantes principales, el Emperador y el Congreso constituyente. Diputados comenzaron a ser encarcelados por su participación en conjuras en contra del Imperio Mexicano y finalmente El emperador Agustín I decidió eliminar definitivamente al Congreso, estableciendo en su lugar una Junta Nacional Instituyente.[4]

La falta del Congreso y la ausencia de soluciones para los graves problemas por los que atravesaba el país aumentaron las conspiraciones para cambiar el sistema imperial.[5]Antonio López de Santa Anna proclamó el Plan de Casa Mata al que posteriormente se le unirían Vicente Guerrero y Nicolás Bravo.[6]​ Iturbide entonces se vio obligado a restituir el Congreso y en un vano intento por salvar el orden, abdicó de la corona el 19 de marzo de 1823.[7]

Sin embargo, el Congreso declaró la nulidad del nombramiento de Iturbide y por ende el reconocimiento de la abdicación e hizo parecer la coronación de Iturbide como un error .[4]

La disolución del Imperio dio así lugar al primer reajuste político del México independiente.

La República y la Unión Federal

División territorial de México, conforme la Constitución de 1824.

Tras la caída del Imperio surge el Supremo Poder Ejecutivo que sería el encargado de convocar la creación de la República Federal, estuvo vigente entre el 1 de abril de 1823 y el 10 de octubre de 1824.[8]

La agitación en las provincias era tal que el 21 de mayo de 1823 se precisó en el artículo 6o. del proyecto de bases de la República federativa que: Sus partes integrantes son Estados libres, soberanos e independientes en lo que toque a su administración y gobierno.[9]​ En otras palabras, eran libres para seguir su destino como mejor les pareciera. Sin embargo, la mayoría de los ahora Estados Libres que fueron convocados a la integración de una República Federal, accedieron a la Unión a excepción de la totalidad de la antigua Capitanía General de Guatemala que formó su propia República Federal.[10]

El 31 de enero de 1824 se expidió el decreto por el cual se creó el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana.[11]​ En ella se integró el artículo 6º del proyecto de bases de la República federativa. Para determinar la división territorial del país se utilizó el criterio de que los estados convocados a fundar la federación: "[...] ni fuesen tan pocos que por su extensión y riqueza pudiesen en breves años aspirar a constituirse en naciones independientes, rompiendo el lazo federal, ni tantos que por falta de hombres y recursos viniese a ser impracticable el sistema".[12]

Entre el transcurso de 1823 y 1824 los diversos Estados Libres que integrarían en un futuro la federación ya habían comenzado la elaboración de sus propias constituciones y otros incluso ya habían instalado sus Congresos constituyentes. Casos especiales fueron el de Yucatán, que el 23 de diciembre de 1823 decide formar parte de la federación pero como República Federada[13]​ y el de Chiapas, que mediante un referéndum decide unirse a la federación el 14 de septiembre de 1824.[14]

Finalmente, se promulgó la Constitución Federal el 4 de octubre de 1824 naciendo así los Estados Unidos Mexicanos. El país estaba integrado por 19 estados: Chiapas, Chihuahua, Coahuila y Texas, Durango, Guanajuato, México, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Puebla de los Ángeles, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora y Sinaloa o Estado de Occidente, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Jalisco, Yucatán y Zacatecas. Además, se conformaron 4 territorios federales: la Alta California, la Baja California, Colima, y Santa Fe de Nuevo México.[15]​ Después de la publicación de la constitución, en ese mismo año se creó el Distrito Federal[16]​ y Tlaxcala, que había conservado un estatus especial desde los tiempos de la conquista, se integró como territorio.[17]

El 10 de octubre de 1824, Guadalupe Victoria tomó posesión como primer Presidente de México.[18]

República Centralista

Movimientos separatistas generados por la instauración del centralismo en 1835.

La estructura política de la República fue modificada por ley del 6 de agosto de 1835, cuando se instauró el sistema centralista.[19]

Las entidades que integraban a la República perdieron por lo tanto su libertad, independencia y soberanía, quedando totalmente subordinadas al gobierno central. Sin embargo, la división territorial en sí permaneció igual pues el texto del artículo 8 de esta ley únicamente determinó: El territorio nacional se dividirá en departamentos, sobre las bases de población, localidad y demás circunstancias conducentes: su número, extensión y subdivisiones, las detallará una ley constitucional.

Las Siete Leyes Constitucionales se promulgaron el 30 de diciembre de 1836.[20]​ Fue la sexta de ellas la que se ocupó de la configuración territorial en sus artículos 1.º y 2.º; el 1.º determinó, ratificando el criterio de la ley del 3 de octubre de 1835, que la República se dividiría en departamentos, estos en distritos y los distritos a su vez en partidos. El artículo 2.º dispuso que el arreglo de la República en departamentos se haría por una ley especial que habría de tener carácter constitucional.

La ley en cuestión se llamó la Octava Base Orgánica, que formó de hecho un cuerpo aparte de las Siete Leyes. El primero de sus artículos dispuso que el territorio nacional quedaría integrado por tantos Departamentos cuantos eran los Estados, salvo las variaciones de que:[21]

  1. Coahuila y Texas se separaban en dos departamentos distintos.
  2. El territorio de Colima se agregaría al departamento de Michoacán.
  3. El territorio de Tlaxcala se integraría al departamento de México.
  4. Desaparecería el Distrito Federal.

De acuerdo a lo anterior, la nueva división territorial quedaba formada por 24 departamentos. Tal composición territorial, quedó considerada como definitiva hasta el 30 de junio de 1838, por ley de esa fecha.[22]

En este lapso de inestabilidad política también se manifestaron los problemas regionales y los conflictos entre el centro y las entidades del país. Se suscitaron rebeliones en varios lugares, entre ellos:

  • Yucatán bajo su condición de República federada se declaró independiente en 1840 —oficialmente en 1841—.[23]​ La República de Yucatán se reincorporó definitivamente a la nación en 1848.
  • Texas se declaró independiente por motivo del cambio del sistema federalista al centralista se opuso a participar en este último. Convocó a una Convención en Austin que declaró al pueblo de Texas en guerra contra el gobierno central de México, desconociendo, en consecuencia, a autoridades y leyes. Nace así la República de Texas.
  • En los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, grupos de rebeldes proclamaron su independencia de México brevemente (poco menos de 250 días); pero la República del Río Grande nunca se consolidó pues las fuerzas rebeldes fueron derrotadas por las fuerzas centralistas, el área máxima que dominaron estuvo localizada a no más de 60 kilómetros del Río Bravo.
  • El estado de Tabasco decretó su separación de México el 13 de febrero de 1841, en protesta por el centralismo imperante en el país y por las sanciones impuestas al estado por el presidente Anastasio Bustamante. El estado se reincorporaría oficialmente a México el 2 de diciembre de 1842.
  • En Chiapas existía el problema de que la región del Soconusco se había mantenido indecisa entre unirse a México o a Guatemala, desde la declaración de Independencia de ambas naciones en 1821. Sólo habría de definirse el asunto hasta el decreto del 11 de septiembre de 1842, por el cual el Soconusco quedó unido a México y se le integró al departamento de Chiapas.[22]

Restauración del Federalismo y el Segundo Imperio

El federalismo fue restaurado por el presidente provisional José Mariano Salas el 22 de agosto de 1846, como modificaciones a la configuración territorial se erigió el estado de Guerrero —de modo provisional en 1849—, condicionándolo a la aceptación de las legislaturas de México, Puebla y Michoacán, de quien eran las regiones que habrían de resultar afectadas.[24]​ El 5 de febrero de 1857 se promulgó una nueva constitución conocida como la Constitución Federal de 1857. En 1864, sin embargo, tras la Intervención Francesa, se restableció el sistema monárquico y centralista, el Segundo Imperio Mexicano dirigido por el emperador Maximiliano de Habsburgo. Este sería depuesto en 1867 y el federalismo republicano sería restaurado nuevamente bajo la Constitución Federal de 1857. La Constitución Política de 1917 que surgiría de la Revolución mexicana confirmó el sistema federal de gobierno que ha durado hasta nuestros días.

Organización actual de los Estados Unidos Mexicanos

Estados

Los estados de la Federación Mexicana son libres, soberanos, autónomos e independientes entre sí. Tienen la libertad de gobernarse según sus propias leyes; tienen una constitución propia que no ha de contradecir la constitución federal aunque esta última sólo abarca temas de competencia nacional. Los estados no pueden realizar alianzas con otros estados ni con ninguna nación independiente sin el permiso de toda la federación salvo aquellos acuerdos de defensa y protección que mantengan los estados fronterizos en caso de una invasión. La organización política de cada estado se basa en una separación de poderes en un sistema congresual: el poder legislativo recae sobre un congreso unicameral a diferencia de la federación donde existen dos cámaras, el poder ejecutivo es independiente del legislativo y recae sobre un gobernador electo por sufragio universal y su gabinete, y el poder judicial recae sobre un Tribunal Superior de Justicia. Dado que los estados tienen autonomía legal, cada uno tiene sus propios códigos civil y penal y un cuerpo judicial.

En el Congreso de la Unión, las entidades federativas —los Estados y la Ciudad de México— son representados por tres senadores: dos electos por sufragio universal con base en el principio de mayoría relativa y uno asignado al partido que obtenga la primera minoría. Además, la federación conforma una circunscripción de la cual se eligen 32 senadores según el método de representación proporcional con listas abiertas de partido. Los diputados, por el contrario, no representan a los estados, sino a los ciudadanos. La Cámara de Diputados y el Senado integran el Congreso de la Unión.

Organización interna de los estados

Los estados se dividen internamente en municipios —o delegaciones, en el caso de la Ciudad de México—. Cada municipio goza de autonomía en su capacidad para elegir a su propio ayuntamiento, el cual es responsable, en la mayoría de los casos, de proveer todos los servicios públicos que requiera su población. A este concepto, que surgiría de la Revolución mexicana se le conoce como municipio libre. El ayuntamiento es encabezado por un presidente municipal, elegido cada tres años y sin posibilidad de reelección inmediata. Cada municipio posee un cabildo integrado por regidores en función de su tamaño poblacional. En total en México hay 2438 municipios; el estado con el mayor número de municipios es Oaxaca, con 570, y los estados con el menor número son Baja California y Baja California Sur, con sólo 5.

Entidades federativas de los Estados Unidos Mexicanos

Entidades federativas de México
# Entidad federativa Abreviatura Escudo / Emblema Capital Ciudad con
mayor población
Superficie (km²)[25] Población (2015)[26] Densidad de población (hab/km²) Orden de creación Fecha de creación Ubicación Lema
1 Aguascalientes Ags. Aguascalientes Aguascalientes 05 618 01 312 544 210.93 0&&&&&&&&&&&&&024.&&&&&024 1819121405/02/1857[27] Bona Terra, Bona Gens, Aqua Clara, Clarum Cœlum. (Tierra Buena, Gente Buena, Agua Clara, Cielo Claro.)
2 Baja California B. C. Mexicali Tijuana 071 446 03 315 766 44.16 0&&&&&&&&&&&&&029.&&&&&029 1819121416/01/1952[28] Trabajo y Justicia Social.
3 Baja California Sur B. C. S. La Paz La Paz 073 922 0712 029 8.62 0&&&&&&&&&&&&&030.&&&&&030 1819121408/10/1974[29]
4 Campeche Camp. San Francisco de Campeche San Francisco de Campeche 057 924 0899 931 14.20 0&&&&&&&&&&&&&025.&&&&&025 1819121429/04/1863[30]
5 Chiapas Chis. Tuxtla Gutiérrez Tuxtla Gutiérrez 073 289 05 217 908 65.45 0&&&&&&&&&&&&&019.&&&&&019 1819121414/09/1824[31] Chiapas nos une.
6 Chihuahua Chih. Chihuahua Ciudad Juárez 0247 455 03 556 574 13.77 0&&&&&&&&&&&&&018.&&&&&018 1819121406/07/1824[31] Valentía, Lealtad, Hospitalidad.
7 Ciudad de México CDMX Iztapalapa 01 485 08 918 653 5960.27 0&&&&&&&&&&&&&032.&&&&&032 1819121429/01/2016[32] Muy noble e insigne, muy leal e imperial.
8 Coahuila de Zaragoza2 Coah. Saltillo Saltillo 0151 563 02 954 915 20.16 0&&&&&&&&&&&&&016.&&&&&016 1819121407/05/1824[31] Plus Ultra ("Más Allá" o "Más Arriba")
9 Colima Col. Colima Colima 05 625 0711 235 115.65 0&&&&&&&&&&&&&023.&&&&&023 1819121409/12/1856[33][34] El temple del brazo es vigor en la tierra.
10 Durango Dgo. Victoria de Durango Victoria de Durango 0123 451 01 754 754 13.23 0&&&&&&&&&&&&&017.&&&&&017 1819121422/05/1824[31]
11 Guanajuato Gto. Guanajuato León de los Aldama 030 608 05 853 677 179.25 0&&&&&&&&&&&&&&02.&&&&&02 1819121420/12/1823[31] El trabajo todo lo vence
12 Guerrero Gro. Chilpancingo
de los Bravo
Acapulco de Juárez 063 621 03 533 251 53.26 0&&&&&&&&&&&&&021.&&&&&021 1819121427/10/1849[35] Mi patria es primero.
13 Hidalgo Hgo. Pachuca de Soto Pachuca de Soto 020 813 02 858 359 128.05 0&&&&&&&&&&&&&026.&&&&&026 1819121416/01/1869[36] Independencia, Patria, Libertad.
14 Jalisco Jal. Guadalajara Guadalajara 078 599 07 844 830 93.52 0&&&&&&&&&&&&&&09.&&&&&09 1819121423/12/1823[31]
15 México Méx. Toluca de Lerdo Ecatepec de Morelos 022 357 016 187 608 678.80 0&&&&&&&&&&&&&&01.&&&&&01 1819121420/12/1823[31] Libertad, Trabajo, Cultura.
16 Michoacán de Ocampo Mich. Morelia Morelia 058 643 04 584 471 74.20 0&&&&&&&&&&&&&&05.&&&&&05 1819121422/12/1823[31] Heredamos libertad, Legaremos justicia social.
17 Morelos Mor. Cuernavaca Cuernavaca 04 893 01 903 811 363.22 0&&&&&&&&&&&&&027.&&&&&027 1819121417/04/1869[37] La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.
18 Nayarit Nay. Tepic Tepic 027 815 01 181 050 39.01 0&&&&&&&&&&&&&028.&&&&&028 1819121426/01/1917[38]
19 Nuevo León N. L. Monterrey Monterrey 064 220 05 119 504 72.46 0&&&&&&&&&&&&&015.&&&&&015 1819121407/05/1824[31] Semper Ascendens (Siempre Ascendiendo).
20 Oaxaca Oax. Oaxaca de Juárez Oaxaca de Juárez 093 793 03 967 889 40.54 0&&&&&&&&&&&&&&03.&&&&&03 1819121421/12/1823[31] El respeto al derecho ajeno es la paz.
21 Puebla Pue. Puebla de Zaragoza Puebla de Zaragoza 034 290 06 168 883 168.56 0&&&&&&&&&&&&&&04.&&&&&04 1819121421/12/1823[31] Unidos en el tiempo, en el esfuerzo, en la justicia y en la esperanza.
22 Querétaro de Arteaga Qro. Santiago de Querétaro Santiago de Querétaro 011 684 02 038 372 156.45 0&&&&&&&&&&&&&011.&&&&&011 1819121423/12/1823[31]
23 Quintana Roo Q. R. Chetumal Cancún 042 361 01 501 562 31.29 0&&&&&&&&&&&&&031.&&&&&031 1819121408/10/1974[39]
24 San Luis Potosí S. L. P. San Luis Potosí San Luis Potosí 060 983 02 717 820 42.40 0&&&&&&&&&&&&&&06.&&&&&06 1819121422/12/1823[31]
25 Sinaloa Sin. Culiacán Rosales Culiacán Rosales 057 377 02 966 321 48.24 0&&&&&&&&&&&&&020.&&&&&020 1819121414/10/1830[40] Es tarea de todos.
26 Sonora Son. Hermosillo Hermosillo 0179 503 02 850 330 14.83 0&&&&&&&&&&&&&012.&&&&&012 1819121410/01/1824[31]
27 Tabasco Tab. Villahermosa Villahermosa 024 738 02 395 272 90.49 0&&&&&&&&&&&&&013.&&&&&013 1819121407/02/1824[31]
28 Tamaulipas Tamps. Ciudad Victoria Reynosa 080 175 03 441 698 40.77 0&&&&&&&&&&&&&014.&&&&&014 1819121407/02/1824[31]
29 Tlaxcala Tlax. Tlaxcala de Xicohténcatl Tlaxcala de Xicohténcatl 04 016 01 272 847 291.32 0&&&&&&&&&&&&&022.&&&&&022 1819121409/12/1856[41] Cuna de la Nación.
30 Veracruz de Ignacio de la Llave Ver. Xalapa-Enríquez Veracruz 071 820 08 112 505 106.42 0&&&&&&&&&&&&&&07.&&&&&07 1819121422/12/1823[31]
31 Yucatán Yuc. Mérida Mérida 039 612 02 097 175 49.37 0&&&&&&&&&&&&&&08.&&&&&08 1819121423/12/1823[31]
32 Zacatecas Zac. Zacatecas Zacatecas 075 539 01 579 209 19.73 0&&&&&&&&&&&&&010.&&&&&010 1819121423/12/1823[31] Labor vincit omnia (El trabajo todo lo vence).

Notas:

  1. La capital de los Estados Unidos Mexicanos es Ciudad de México (véase la nota 3).
  2. Salvo que se indique lo contrario, las entidades federativas tendrán por nombre Estados Libres y soberanos unidos por el pacto federal.
  3. Cuando se constituyó la entidad para albergar los poderes de la República Federal, se creó un distrito al cual se le dio el nombre de Federal cuya capital se situó en la ciudad de México. El crecimiento desmedido de la ciudad ha hecho que hoy en día ocupe la mayor parte del distrito, por lo que los términos Ciudad de México y Distrito Federal se consideraron como sinónimos a rango constitucional, aunque este último ya no tenga validez desde el 2017. Si el Gobierno federal cambiase de sede, la Ciudad de México seguiría llamándose de la misma manera.
  4. Se unió a la federación con el nombre de Coahuila y Texas.
  5. Se unió a la federación con el nombre de Estado de Occidente también reconocido como Sonora y Sinaloa.
  6. Se unió a la federación como la República Federada de Yucatán[42]​ el 29 de mayo de 1823; conformada por los estados actuales de Yucatán, Campeche y Quintana Roo, sin embargo, fue hasta el 23 de diciembre de 1823 cuando se le admitió como estado de la federación.

Véase también

Notas

Referencias

  1. «Reforma política, el adiós al Distrito Federal - Forbes México». Forbes México. Consultado el 30 de enero de 2016. 
  2. «24 de agosto de 1821. Se firman los tratados de Córdoba». Gobierno Federal. Consultado el 12 de septiembre de 2010. 
  3. Álvarez Cuartero, Izaskun Op.cit. p.266
  4. a b «La Transición del Imperio a la República (1821-1823)». Estudios de Historia Moderna y Contemporánea de México. Consultado el 12 de septiembre de 2010. 
  5. Suárez y Navarro, Juan (1850). Historia de México y del general Antonio López de Santa Anna. México. p. 23. 
  6. «Con el Plan de Casa Mata se da el primer pronunciamiento de tropas mexicanas.». Consultado el 12 de septiembre de 2010. 
  7. «El "Proceso" contra Agustín de Iturbide». Biblioteca Jurídica Virtual. Consultado el 12 de septiembre de 2010. 
  8. «El Viajero en México (Pág. 30)». CDigital. Consultado el 12 de septiembre de 2010. 
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  10. «1 de julio de 1823. Las Provincias Unidas del Centro de América se independizan de México». Gobierno Federal. Consultado el 12 de septiembre de 2010. 
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Bibliografía

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