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Diferencia entre revisiones de «Cálculo de secciones de líneas eléctricas»

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Línea 11: Línea 11:
Suministro monofásico:
Suministro monofásico:


<math>S = \frac{2 * P * L}{\lambda * e * V} = \frac{2 * L * I * cos\phi}{\lambda * e}</math>
<math>S = \frac{2 \times P \times L}{\lambda \times e \times V} = \frac{2 \times L \times I \times cos\phi}{\lambda \times e}</math>


Suministro trifásico
Suministro trifásico


<math>I = \frac{P}{V * cos\phi} </math>
<math>I = \frac{P}{V \times cos\phi} </math>


<math>S = \frac{P * L}{\lambda * e * V} = \frac{\sqrt3 * L * I * cos\phi}{\lambda * e}</math>
<math>S = \frac{P \times L}{\lambda \times e \times V} = \frac{\sqrt3 \times L \times I \times cos\phi}{\lambda \times e}</math>




Línea 24: Línea 24:
S = sección en milímetros cuadrados
S = sección en milímetros cuadrados


V = Tensión de servicio en [[voltio]]s (Para corrientes trifásicas, es la tensión entre fases)
V = Tensión de servicio en [[voltio]]s (Para corrientes trifásicas, es la tensión entre fases o tensión de línea)


cos <math>\phi</math> = Factor de potencia
cos <math>\phi</math> = Factor de potencia
Línea 38: Línea 38:
I = Intensidad total en [[amperio]]s
I = Intensidad total en [[amperio]]s


En España tenemos el REBT 2002 que establece dos criterios para determinar la sección de los conductores en una instalación eléctrica:
En España, el REBT 2002 ([[Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión]]: [[BOE|B.O.E.]] del [[2 de agosto]] de [[2002]]) establece dos criterios para determinar la sección de los conductores en una instalación eléctrica:


* Criterio térmico: el conductor debe ser capaz de disipar el calor generado por la intensidad que circula por el mismo.
* Criterio térmico: el conductor debe ser capaz de disipar el calor generado por la intensidad que circula por el mismo tanto durante régimen permanente como de forma transitoria en caso de cortocircuito.


* Criterio de caída de tensión: la caída de tensión debe ser menor del 3% para instalaciones de alumbrado o 5% para el resto de instalaciones.
* Criterio de caída de tensión: la caída de tensión debe ser menor del 3% para instalaciones de alumbrado o 5% para el resto de instalaciones.

Revisión del 00:09 5 ago 2005

En la planificación de instalaciones de suministro eléctrico se deben tener en cuenta las caidas de tensión producidas en los conductores debido a la resistencia de los mismos. Para ello las secciones de estos conductores deben calcularse en función de la potencia consumida por la instalación a la que vamos a suministrar.

Partiendo de que la máxima caída de tensión admisible, será 1 o 0,5 % según:

  • 1%, en el caso de líneas repartidoras destinadas a contadores concentrados por plantas.
  • 0,5%, en el caso de líneas repartidoras destinadas a contadores totalmente concentrados (local especial para concentración de contadores).

Las fórmulas que normalmente se utilizan para el cálculo de la caída de tensión son:

Suministro monofásico:

Suministro trifásico


donde:

S = sección en milímetros cuadrados

V = Tensión de servicio en voltios (Para corrientes trifásicas, es la tensión entre fases o tensión de línea)

cos = Factor de potencia

e = caída de tensión en voltios

P = Potencia en vatios

L = Longitud en metros

= Conductividad en metros divido por ohmios por milímetro cuadrado (Cu = 56, Al = 35)

I = Intensidad total en amperios

En España, el REBT 2002 (Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión: B.O.E. del 2 de agosto de 2002) establece dos criterios para determinar la sección de los conductores en una instalación eléctrica:

  • Criterio térmico: el conductor debe ser capaz de disipar el calor generado por la intensidad que circula por el mismo tanto durante régimen permanente como de forma transitoria en caso de cortocircuito.
  • Criterio de caída de tensión: la caída de tensión debe ser menor del 3% para instalaciones de alumbrado o 5% para el resto de instalaciones.

Se elige el criterio más restrictivo de los dos (la sección mayor).