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'''Flores Costa Cuca''' es un [[#Gobierno municipal|municipio]] del departamento de [[#Ubicación geográfica|Quetzaltenango]], localizado a 60 km de la ciudad de [[Quetzaltenango]] y a 216 km de la [[Ciudad de Guatemala]] en la [[República de Guatemala]].{{harvnp|Escalante Herrera|2007|p=}}


La colonización de esta región se dio después de la [[#Tras la Independencia de Centroamérica|Independencia de Centroamérica]], y se dio masivamente debido a la caída en la exportación del añil y el comienzo de la exportación de [[Grana]], la cual se cultivaba en la región.
La colonización de esta región se dio después de la [[#Tras la Independencia de Centroamérica|Independencia de Centroamérica]], y se dio masivamente debido a la caída en la exportación del añil y el comienzo de la exportación de [[Grana]], la cual se cultivaba en la región.

Revisión del 06:34 9 jun 2021

Municipio

Parque Central de Flores Costa Cuca
Flores Costa Cuca ubicada en Guatemala
Flores Costa Cuca
Flores Costa Cuca
Localización de en Guatemala
Flores Costa Cuca ubicada en Quetzaltenango
Flores Costa Cuca
Flores Costa Cuca
Localización de en Quetzaltenango
Coordenadas 14°39′00″N 91°49′00″O / 14.65, -91.81666667
Idioma oficial Español[1]
Entidad Municipio
 • País Bandera de Guatemala Guatemala
 • Departamento  Quetzaltenango
Dirigentes  
 • Alcalde (2016-2020 y 2020-2024) Mario Rene Lozano
Eventos históricos  
 • Fundación 1900
 • Creación 18 de diciembre
Superficie  
 • Total 63 km² Ver y modificar los datos en Wikidata
Altitud  
 • Media 510 m s. n. m.
Población (Censo de Población 2018.

Coordinadores de Censo: Licda. Gloria Gramajo Ochoa

PEM: Jason Garcia Garcia)[2]
 
 • Total 26 078 hab.
 • Densidad 395,05 hab./km²
Huso horario UTC−6
Código postal 09022
Prefijo telefónico 502
Fiestas mayores 2 de febrero
Patrono(a) Virgen de la Candelaria
Sitio web oficial
Miembro de: Asociación Nacional de Municipalidades de Guatemala

Flores Costa Cuca es un municipio del departamento de Quetzaltenango, localizado a 60 km de la ciudad de Quetzaltenango y a 216 km de la Ciudad de Guatemala en la República de Guatemala.[3]

La colonización de esta región se dio después de la Independencia de Centroamérica, y se dio masivamente debido a la caída en la exportación del añil y el comienzo de la exportación de Grana, la cual se cultivaba en la región.

Tras la Reforma Liberal de 1871, la grana decayó y fue sustituida por el cultivo de café y la región que ocupa Flores fue integrada al municipio de «Morazán», el cual fue creado como tal en 1881, aunque luego fue convertido en el municipio de «Franklin» en 1882.[4]

A una altura de 540 metros sobre el nivel del mar, cuenta con una extensión territorial de 63 km², en la que viven 26,078 habitantes (según datos del año 2010) que hablan español y mam.

Demografía

La población por grupos etarios:

  • 0 A 6 años, 21%
  • 7 a 14 años, 21%
  • 15 a 64 años, 54%
  • 65 y más, 4%

La población por grupos étnicos:

  • Indígena, 37%
  • No indígena, 62%
  • Ignorado, 1%

Gobierno municipal

Entre el principal gobernante municipal se encuentra: Mario lozano (Alcalde) 2016-2020-2024

Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la República, que establecen su forma de organización, lo relativo a la conformación de sus órganos administrativos y los tributos destinados para los mismos. Aunque se trata de entidades autónomas, se encuentran sujetos a la legislación nacional y las principales leyes que los rigen desde 1985 son:

Principales leyes que rigen a los municipios de Guatemala
N.º Ley Descripción
1 Constitución Política de la República de Guatemala Tiene una regulación legal específica para los municipios en los artículos 253 al 262.
2 Ley Electoral y de Partidos Políticos Ley de carácter constitucional aplicable a los municipios en el tema de la conformación de sus autoridades electas.
3 Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Tiene la categoría de ley ordinaria y contiene preceptos generales aplicables a todos los municipios, e inclusive contiene legislación referente a la creación de los municipios.
4 Ley de Servicio Municipal Decreto 1-87 del Congreso de la República de Guatemala. Regula las relaciones entra la municipalidad y los servidores públicos en materia laboral. Tiene su base constitucional en el artículo 262 de la constitución que ordena la emisión de la misma.
5 Ley General de Descentralización Decreto 14-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Regula el deber constitucional del Estado, y por ende del municipio, de promover y aplicar la descentralización y desconcentración económica y administrativa.

El gobierno de los municipios está a cargo de un Concejo Municipal[1]​ mientras que el código municipal —ley ordinaria que contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios— establece que «el concejo municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales […] y tiene su sede en la circunscripción de la cabecera municipal»; el artículo 33 del mencionado código establece que «[le] corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio».[5]

El concejo municipal se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.[1][5]

Existen también las Alcaldías Auxiliares, los Comités Comunitarios de Desarrollo (COCODE), el Comité Municipal del Desarrollo (COMUDE), las asociaciones culturales y las comisiones de trabajo. Los alcaldes auxiliares son elegidos por las comunidades de acuerdo a sus principios y tradiciones, y se reúnen con el alcalde municipal el primer domingo de cada mes, mientras que los Comités Comunitarios de Desarrollo y el Comité Municipal de Desarrollo organizan y facilitan la participación de las comunidades priorizando necesidades y problemas.

Historia

Tras la Reforma Liberal

El acuerdo gubernativo del 10 de abril de 1882 del gobierno de Justo Rufino Barrios dispuso suprimir el municipio de Morazán y erigir otro al que se designaba «Franklin», como parte de la política de Reforma Agraria de su gobierno, y que consistía en la expropiación de tierras comunales de indígenas:

General Justo Rufino Barrios, presidente de Guatemala de 1871 a 1885.

Examinadas las diligencias relativas a la solicitud que la municipalidad y vecinos del pueblo de Morazán han formulado para que se suprima dicho municipio y se erija en la finca nombrada Las Marías; y para que se autorice a la Corporación a fin de poder enajenar el terreno que le pertenece como ejido;
Considerando:

  • Que, según informa el Jefe Político del departamento deQuezaltenango, el lugar en que el expresado pueblo está ubicado no es aparente para ese objeto.
  • Que la finca Las Marías reúne condiciones ventajosas para que en ella se establezca un municipio independiente.
  • Que la enajenación del ejido es útil y necesaria, una vez que trasladándose la población a otro punto, no será aprovechado por los vecinos y su producto podrá emplearse en mejorar el nuevo pueblo;

El Presidente de la República, con vista de la consulta emitida por el Ministerio Fiscal,
Acuerda:

  1. Suprimir el municipio de Morazán
  2. Crear otro distrito municipal que se denominará «Franklin», y que comprenderá las aldeas de que aquel se componía, cuya cabecera estará en el paraje de la finca mencionada, en que actualmente se encuentran la Comandancia Local y demás oficinas públicas; y
  3. Autorizar al Jefe Político de Quezaltenango para que, previa la medida y avalúo respectivos, proceda a enajenar el ejido en pública subasta, por lotes o de la manera más favorable, debiendo conservarse su precio en la Administración de Rentas de aquel departamento a fin de que, en su oportunidad, se invierta en las obras que el Gobierno designe para mejorar el nuevo municipio.

Comuníquese.

Gobierno de Manuel Lisandro Barillas: fundación de Colomba Florida en 1889

El 21 de mayo de 1889 se emitió otro acuerdo, comprando la finca La Florida para erigir en ella la cabecera del nuevo municipio de Franklin; esta finca fue inaugurada el 4 de agosto de 1889. El gobierno del general Manuel Lisandro Barillas emitió un acuerdo el 26 de agosto de 1889 que disponía que el pueblo de la cabecera municipal del distrito de Franklin, en la Costa Cuca, se llamase «Colomba Florida»:

General Manuel Lisandro Barillas, presidente de Guatemala de 1885 a 1892.

Palacio del Poder Ejecutivo: Guatemala, 26 de agosto de 1889.
En atención a que la Municipalidad y vecinos del pueblo de la cabecera del distrito de Franklin, en la Costa Cuca, declararon, en sesión de 4 de este mes, según consta del acta que se tiene a la vista, que el pueblo inaugurado en esa fecha debe llevar el nombre de Colomba Florida,
El Presidente de la República
Acuerda:
Dar su aprobación a lo dispuesto por la referida Municipalidad.
Comuníquese

Luego de ser propietario de vastas extensiones de terreno en Colomba, el general Barillas cayó en desgracia durante el gobierno del licenciado Manuel Estrada Cabrera, y terminó sus días en la miseria en la Ciudad de México tras fallidos intentos de invadir Guatemala, y hasta allí envió el presidente guatemalteco a dos sicarios para asesinarlo en 1907.[7]

Accesos

Cuenta con carretera asfaltada de Guatemala a Quetzaltenango. Coatepeque. Colomba y otros. Además, dentro del municipio, sus carreteras de terracería son transitables en todo tiempo.

Economía

Su fuente de economía principal es la agricultura con cultivos de maíz, frijol, camote, chile, arroz y plátano.

Educación

El índice de analfabetismo en el municipio es de 37%, de los cuales el 39% son hombres y el 61% mujeres; de todos estos el 17% se encuentra en el área urbana y el 83% en el área rural.[cita requerida]

Véase también

Notas y referencias

Referencias

Bibliografía

Enlaces externos