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Diferencia entre revisiones de «Viceministerio de Hacienda del Perú»

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== Funciones ==
== Funciones ==

Revisión actual - 00:37 26 sep 2022

Viceministerio de Hacienda del Perú


Localización
País Perú
Información general
Tipo subsecretaría
Organización
Viceministro José Carlos Chávez Cuentas
Depende de Ministerio de Economía y Finanzas (Perú)

El Viceministerio de Hacienda del Perú es el Despacho Viceministerial dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, en el cual se encarga del presupuesto público, tesorería, endeudamiento público, contabilidad, abastecimiento, y gestión fiscal de los recursos humanos. Es el que articula la Administración Financiera del Estado.

Funciones

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  • Formular, coordinar, ejecutar y supervisar las materias de presupuesto público, tesorería y endeudamiento, contabilidad, abastecimiento, gestión de riesgos fiscales del Sector Público y gestión fiscal de los recursos humanos bajo su competencia
  • Coordinar, orientar y supervisar las actividades que cumplen los órganos de línea a su cargo, conforme a la normatividad vigente
  • Emitir las resoluciones viceministeriales en el ámbito de su competencia
  • Proponer al/a la Ministro/a la política correspondiente en el ámbito de su competencia
  • Presidir el Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público y el Comité de Caja, e integrar el Comité de Asuntos Fiscales; así como presidir e integrar otros colegiados por disposición del/de la Ministro/a o mandato de norma expresa
  • Representar al Ministerio por delegación del/de la Ministro/a o por mandato legal expreso
  • Mantener informado al/a la Ministro/a de la ejecución de la política de hacienda
  • Asesorar y colaborar con el/la Ministro/a en las materias de presupuesto público, tesorería, endeudamiento, contabilidad, abastecimiento, gestión de riesgos fiscales del Sector Público y gestión fiscal de los recursos humanos
  • Participar en las reuniones de la Comisión de Coordinación Viceministerial (CCV)
  • Ejercer el cargo de Gobernador Alterno o Director Suplente, según corresponda, ante el Banco Interamericano de Desarrollo, Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y de las Acciones de la Serie "A" en el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF); salvo delegación expresa en caso extraordinario.
  • Designar el/la Secretario(a) Técnico del Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público
  • Las demás funciones que le delegue el/la Ministro/a o aquellas que le asigne la ley.[1]

Estructura

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  • Dirección General de Presupuesto Público: rector del Sistema Administrativo Nacional de Presupuesto Público, con autoridad técnico normativa a nivel Nacional, encargado de programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario del Sector Público. Depende directamente del Viceministro de Hacienda.[2]
  • Dirección General de Contabilidad Pública: rector del Sistema Administrativo Nacional de Contabilidad, con autoridad técnico normativa a nivel nacional, encargado de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados con su ámbito y velar por su correcta aplicación, así como de elaborar la Cuenta General de la República y las estadísticas fiscales. Depende directamente del Viceministro de Hacienda.[3]
  • Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público: rector del Sistema Administrativa Nacional de Endeudamiento Público y del Sistema Administrativo Nacional de Tesorería, con autoridad técnico-normativa a nivel nacional; encargado de proponer las políticas y diseñar las normas y procedimientos para la administración integrada de los activos y pasivos financieros, incluyendo la regulación del manejo de los fondos públicos y de la deuda pública.[4]
  • Dirección General de Gestión de Recursos Públicos: encargado de realizar el análisis fiscal y financiero de las medidas que se propongan en materia de remuneraciones y previsional del sector público, y de formular y proponer políticas públicas sobre abastecimiento, gestión de planillas, y de gestión de activos no financieros con el objeto de promover la mejora de la gestión pública, en coordinación con las entidades públicas pertinentes y de manera consistente con la normatividad vigente.[5]

Viceministros

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Véase también

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Referencias

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