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Diferencia entre revisiones de «Juan Carlos Marino»

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En el ámbito del Congreso Nacional, en [[2005]] es designado Secretario del Bloque de la Unión Cívica Radical y en [[2007]] jura como Vicepresidente 1.º del [[Senado de la Nación Argentina]]. En 2007 es candidato a gobernador por el FrePam (Frente Pampeano Cívico y Social), espacio integrado por la UCR, el [[Partido Socialista (Argentina)|Partido Socialista]], el FreGen, el MID, sectores del [[Afirmación para una República Igualitaria|ARI]], renovando su mandato hasta el 2015.
En el ámbito del Congreso Nacional, en [[2005]] es designado Secretario del Bloque de la Unión Cívica Radical y en [[2007]] jura como Vicepresidente 1.º del [[Senado de la Nación Argentina]]. En 2007 es candidato a gobernador por el FrePam (Frente Pampeano Cívico y Social), espacio integrado por la UCR, el [[Partido Socialista (Argentina)|Partido Socialista]], el FreGen, el MID, sectores del [[Afirmación para una República Igualitaria|ARI]], renovando su mandato hasta el 2015.


El 24 de febrero de 2010 jura como Vicepresidente del [[Senado de la Nación Argentina]].<ref>{{Cita noticia|apellidos=|nombre=|título=Quién es Juan Carlos Marino, el senador denunciado por abuso sexual|url=https://www.lanacion.com.ar/2202406-quien-es-juan-carlos-marino-senador-denunciado|fecha=14 de diciembre de 2018|fechaacceso=7 de febrero de 2019|periódico=La Nación|ubicación=|página=|número=}}</ref> En 2011, es nuevamente candidato a Gobernador de la provincia de La Pampa compartiendo la fórmula del Frepam junto a Adrián Peppino (Partido Socialista), obteniendo el segundo lugar en las elecciones desarrolladas el 23 de octubre de ese año.
El 24 de febrero de 2010 jura como Vicepresidente del [[Senado de la Nación Argentina]]. En 2011, es nuevamente candidato a Gobernador de la provincia de La Pampa compartiendo la fórmula del Frepam junto a Adrián Peppino (Partido Socialista), obteniendo el segundo lugar en las elecciones desarrolladas el 23 de octubre de ese año.


El 9 de agosto de 2015 se impone al candidato del PRO [[Carlos Mac Allister]] en Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y se erige como candidato a Senador Nacional por el FrePam.
El 9 de agosto de 2015 se impone al candidato del PRO [[Carlos Mac Allister]] en Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y se erige como candidato a Senador Nacional por el FrePam.El 13 de diciembre de 2018 fue denunciado por un abuso sexual contra una empleada del Congreso Nacional que habría ocurrido en sus dependencias, por lo que la investigación quedó a cargo del juzgado federal N° 5 y a la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°6. Los denuncia se enmarca dentro de los cientos de relatos del movimiento social ''[[Mirá cómo nos ponemos]]''. Según la denuncia de la empleada de la Cámara alta Marino le enviaba videos alusivos al sexo, sin tener un vínculo de confianza; también que en una oportunidad dentro del despacho le tocó los pechos y que la acosaba con preguntas de índole personal.<ref>{{cita web|url=https://www.infobae.com/politica/2018/12/13/quien-es-juan-carlos-marino-el-senador-denunciado-por-abuso-sexual/ |título=Quién es Juan Carlos Marino, el senador denunciado por abuso sexual| fecha=14 de diciembre de 2018 | obra=infobae |ubicación=Buenos Aires }}</ref>
En una ocasión denunció a uno de los asesores del senador radical que le sujetó los brazos e introdujo su lengua en la boca.<ref name="Una empleada del Congreso denunció al senador Juan Carlos Marino por abuso sexual">{{cita noticia|título=Una empleada del Congreso denunció al senador Juan Carlos Marino por abuso sexual|url=https://www.lanacion.com.ar/politica/una-empleada-del-congreso-denuncio-al-senador-nid2202303|agencia=La Nación|fecha=13 de diciembre de 2018}}</ref> Además se reveló que el senador radical tenía intenciones de hacer una operación política acusando de pedofilia al por entonces pre candidato a Gobernador de La Pampa dentro de la interna de Cambiemos.<ref name="La Justicia decide si impulsa la investigación contra el senador Marino">{{cita noticia|título=La Justicia decide si impulsa la investigación contra el senador Marino|url=https://www.perfil.com/noticias/politica/juan-carlos-marino-senador-justicia-decide-investigacion-abuso-sexual-claudia-guebel.phtml|agencia=Perfil|fecha=14 de diciembre de 2018}}</ref>


==Denuncia de abuso sexual==
== Ley Justina ==
Una empleada de planta permanente del Senado de la Nación denunció al legislador radical Juan Carlos Marino por acoso sexual. Por sorteo, la denuncia le cayó al juzgado federal n° 5 y a la fiscalía federal n°6.


La denominada Ley Justina, que toma su nombre de Justina Lo Cane, la pequeña de 12 años que falleciera el 22 de noviembre del año 2017 esperando un corazón para ser trasplantada, significó un antes y un después en materia de donación de órganos en la Argentina. La misma establece, entre otras medidas, que todas las personas son donantes de órganos, salvo que hubieran expresado su voluntad contraria.
En la denuncia, Claudia Mabel Guebel contó que "el senador estipuló que mis funciones fueran desempañadas desde mi domicilio. Nunca tuve un trato de amistad ni de confianza, sí de respeto por su función". "Ilusamente pensé que trabajar junto a él era el lugar indicado para mí. Para mí era un desafío profesional por mi formación académica. El senador nunca leyó ninguno de mis informes", aseguró.


El proyecto, de autoría del senador Juan Carlos Marino, fue aprobado en el Senado por unanimidad el 30 de mayo de 2018. En la Cámara de Diputados no necesitó discusión. Como pasó en el Senado, los padres de Justina, Ezequiel y Paola, también sus hermanos y abuelos, siguieron todas las alternativas, presentes en el recinto -junto al senador Marino-, con profunda emoción. La sesión, que significó su sanción definitiva, una vez más por unanimidad, culminó con todos los diputados aplaudiendo de pie.
Dentro de los detalles que dio figuran algunos mensajes que recibió a través de su teléfono. "Al mes de empezar a trabajar, comencé a recibir mensajes de WhatsApp a mi celular que conservo actualmente. En esos mensajes me decía '¿Dónde estás?' '¿Dónde vivís?' 'Voy a estar por allá; me doy una vuelta' 'Preparate, que voy a tu casa'. Me enviaba videos alusivos al sexo", manifestó.


La nueva ley regula las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en la Argentina. Prevé que los establecimientos de salud habilitados para hacer trasplantes cuenten con servicios destinados a la donación, que permitirán detectar, evaluar y tratar al donante.o. − El 13 de diciembre de 2018 fue denunciado por un abuso sexual contra una empleada del Congreso Nacional que habría ocurrido en sus dependencias, por lo que la investigación quedó a cargo del juzgado federal N° 5 y a la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°6.​
También dejó aclarado que no tenía vínculo, ni de confianza, ni de amistad y recalcó que los mensajes se los mandaba "constantemente, varias veces por semana". "Una vez que nos encontramos solos directamente me tocó los pechos y me preguntó cuándo íbamos a tomar un café.


A continuación, diez puntos clave con los que la Ley busca que haya más donantes, pero también que el sistema de salud pueda responder en tiempo y forma para que esos órganos lleguen a quien los necesita:
== Ley Justina ==


1- Se incorpora la declaración de principios, en la que se destacan los principios en los que se enmarca la ley: dignidad, autonomía, solidaridad y justicia distributiva en la asignación de órganos, equidad.
La denominada Ley Justina, que toma su nombre de Justina Lo Cane, la pequeña de 12 años que falleciera el 22 de noviembre del año 2017 esperando un corazón para ser trasplantada, significó un antes y un después en materia de donación de órganos en la Argentina. La misma establece, entre otras medidas, que todas las personas son donantes de órganos, salvo que hubieran expresado su voluntad contraria.


2- Se explicitan los derechos de donantes y receptores: a la intimidad, privacidad y confidencialidad; a la integridad; a la información y al trato equitativo e igualitario. Se establece la prioridad de traslado aéreo y terrestre de los pacientes con operativos en curso.
El proyecto, de autoría del senador Juan Carlos Marino, fue aprobado en el Senado por unanimidad el 30 de mayo de 2018. En la Cámara de Diputados no necesitó discusión. Como pasó en el Senado, los padres de Justina, Ezequiel y Paola, también sus hermanos y abuelos, siguieron todas las alternativas, presentes en el recinto -junto al senador Marino-,
El 13 de diciembre de 2018 fue denunciado por un abuso sexual contra una empleada del Congreso Nacional que habría ocurrido en sus dependencias, por lo que la investigación quedó a cargo del juzgado federal N° 5 y a la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°6.<ref>{{cita web|url=https://www.infobae.com/politica/2018/12/13/quien-es-juan-carlos-marino-el-senador-denunciado-por-abuso-sexual/ |título=Quién es Juan Carlos Marino, el senador denunciado por abuso sexual| fecha=14 de diciembre de 2018 | obra=infobae |ubicación=Buenos Aires }}</ref>


3- Se crea el Servicio de Procuración en los hospitales públicos y privados, que deberán contar con servicios destinados a la donación de órganos y tejidos, que permitan garantizar la correcta detección, evaluación y tratamiento del donante. Este servicio deberá contar al menos con un profesional que deberá detectar potenciales donantes, proveer a las familias la información completa y precisa sobre la donación de órganos, garantizar el desarrollo del proceso de donación y generar acciones de difusión y capacitación dentro de la institución. También se establece un régimen de capacitación permanente para el recurso humano afectado al proceso de donación y trasplante.


4- Se incorpora la Donación Renal Cruzada.

5- Se mantiene la manifestación de voluntad expresa negativa o afirmativa a la donación de órganos para los mayores de 18 años.

6- Donantes presuntos. Se mantiene la posibilidad de realizar la ablación de órganos y/o tejidos sobre toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos. En caso de no encontrarse registrada la voluntad del causante, el profesional a cargo del proceso de donación debe verificar la misma conforme lo determine la reglamentación.


7- Menores: se posibilita la obtención de autorización para la ablación por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente.
7- Menores: se posibilita la obtención de autorización para la ablación por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente.
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10- Se suma un capítulo dedicado a los medios de comunicación, para el abordaje responsable de los temas vinculados a donación y trasplante de órganos.
10- Se suma un capítulo dedicado a los medios de comunicación, para el abordaje responsable de los temas vinculados a donación y trasplante de órganos.


Durante la celebración del 40 aniversario del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante –INCUCAI- el senador pampeano fue distinguido por el trabajo realizado con la Ley Justina. Invitado por el titular de ese organismo, Alberto Maceira, compartió la velada con la familia de Justina Lo Cane y parte de su equipo de asesores.
Ñignificó un cambio de paradigma en lo que respecta a donación y trasplante de órganos y en tan sólo tres meses de aplicación ya salvó la vida de decenas de personas”, sostuvo Marino.

“La Ley Justina es una de las leyes más importantes de los últimos años. Significó un cambio de paradigma en lo que respecta a donación y trasplante de órganos y en tan sólo tres meses de aplicación ya salvó la vida de decenas de personas”, sostuvo Marino.


“Es un gran honor recibir este reconocimiento. Fue una ley en la que, junto a mi equipo, pusimos el alma y el corazón porque la trabajamos codo a codo con Ezequiel y Paola, papás de Justina. Ellos son quienes verdaderamente se merecen un reconocimiento porque haber trasformado ese dolor inmenso en solidaridad es digno de distinguir. Lucharon para hacer realidad el legado de Justina y lo lograron. Para mí el mayor regalo es haber podido aportar para que así sea”, agregó el legislador.
“Es un gran honor recibir este reconocimiento. Fue una ley en la que, junto a mi equipo, pusimos el alma y el corazón porque la trabajamos codo a codo con Ezequiel y Paola, papás de Justina. Ellos son quienes verdaderamente se merecen un reconocimiento porque haber trasformado ese dolor inmenso en solidaridad es digno de distinguir. Lucharon para hacer realidad el legado de Justina y lo lograron. Para mí el mayor regalo es haber podido aportar para que así sea”, agregó el legislador.


== Otros proyectos destacados ==
== Referencias ==

{{listaref}}
- Programa Empleo Jóven,

- Régimen especial de cursada para madres y embarazadas,

- Eliminación del pago de Impuesto a las Ganancias para Jubilados y pensionados,

- Ley de Educación Ambiental,

- Reparación Histórica para la Provincia de La Pampa,

- Programa de Erradicación de Hidroarsenicismo,

- Fondo de asistencia de Bomberos Voluntarios,

- Programa de Reactivación Económica y Laboral,

- Ley de Etiquetado Frontal,

- Programa Agua Segura para escuelas rurales,

- Régimen de Promoción de clubes de barrio y de pueblo,

- Ley de Talles.


== Enlaces externos ==
== Enlaces externos ==

Revisión del 14:24 27 sep 2022

Juan Carlos Marino


Senador de la Nación Argentina
por La Pampa
10 de diciembre de 2003-9 de diciembre de 2021
Predecesor Juan Carlos Passo
Sucesor Daniel Bensusán

Archivo:Escudo de Miguel Riglos, La Pampa.png
Intendente de Miguel Riglos
10 de diciembre de 1995-10 de diciembre de 2003

Archivo:Escudo de Miguel Riglos, La Pampa.png
Concejal de Miguel Riglos
10 de diciembre de 1991-10 de diciembre de 1995

Información personal
Nacimiento 23 de octubre de 1963 (61 años)
Partido de Adolfo Alsina (Argentina) Ver y modificar los datos en Wikidata
Nacionalidad Argentina
Familia
Cónyuge Daniela García
Hijos Luisina y Albertina
Información profesional
Ocupación Productor agropecuario
Partido político Unión Cívica Radical

Juan Carlos Marino (n. Adolfo Alsina, Buenos Aires, 23 de octubre de 1963) es un senador nacional argentino de la Unión Cívica Radical por la provincia de La Pampa.

Carrera

Vivió en Miguel Riglos (Provincia de La Pampa, Argentina). Inicia su actividad política en 1983, desempeñando desde entonces entre otros cargos partidarios los de: Integrante de la Mesa y Presidente del Comité de Miguel Riglos; Delegado a la Honorable Convención Provincial; Vicepresidente del Comité de la Provincia y Delegado por La Pampa al Comité Nacional. Fue Presidente del Foro de Intendentes y Concejales Radicales de La Pampa y Presidente del Comité Provincia.

Es electo concejal en 1991, a los 28 años, al ganar la lista que encabezaba las elecciones para el Concejo Deliberante de su localidad. En 1995, es electo Intendente Municipal con el 53 por ciento de los votos, siendo reelecto en 1999, cargo que ocupa hasta el 10 de diciembre de 2003, fecha en que asume como senador nacional, función para la que fue elegido en octubre de 2003.

En el ámbito del Congreso Nacional, en 2005 es designado Secretario del Bloque de la Unión Cívica Radical y en 2007 jura como Vicepresidente 1.º del Senado de la Nación Argentina. En 2007 es candidato a gobernador por el FrePam (Frente Pampeano Cívico y Social), espacio integrado por la UCR, el Partido Socialista, el FreGen, el MID, sectores del ARI, renovando su mandato hasta el 2015.

El 24 de febrero de 2010 jura como Vicepresidente del Senado de la Nación Argentina. En 2011, es nuevamente candidato a Gobernador de la provincia de La Pampa compartiendo la fórmula del Frepam junto a Adrián Peppino (Partido Socialista), obteniendo el segundo lugar en las elecciones desarrolladas el 23 de octubre de ese año.

El 9 de agosto de 2015 se impone al candidato del PRO Carlos Mac Allister en Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y se erige como candidato a Senador Nacional por el FrePam.

Ley Justina

La denominada Ley Justina, que toma su nombre de Justina Lo Cane, la pequeña de 12 años que falleciera el 22 de noviembre del año 2017 esperando un corazón para ser trasplantada, significó un antes y un después en materia de donación de órganos en la Argentina. La misma establece, entre otras medidas, que todas las personas son donantes de órganos, salvo que hubieran expresado su voluntad contraria.

El proyecto, de autoría del senador Juan Carlos Marino, fue aprobado en el Senado por unanimidad el 30 de mayo de 2018. En la Cámara de Diputados no necesitó discusión. Como pasó en el Senado, los padres de Justina, Ezequiel y Paola, también sus hermanos y abuelos, siguieron todas las alternativas, presentes en el recinto -junto al senador Marino-, con profunda emoción. La sesión, que significó su sanción definitiva, una vez más por unanimidad, culminó con todos los diputados aplaudiendo de pie.

La nueva ley regula las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en la Argentina. Prevé que los establecimientos de salud habilitados para hacer trasplantes cuenten con servicios destinados a la donación, que permitirán detectar, evaluar y tratar al donante.o. − El 13 de diciembre de 2018 fue denunciado por un abuso sexual contra una empleada del Congreso Nacional que habría ocurrido en sus dependencias, por lo que la investigación quedó a cargo del juzgado federal N° 5 y a la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°6.​

A continuación, diez puntos clave con los que la Ley busca que haya más donantes, pero también que el sistema de salud pueda responder en tiempo y forma para que esos órganos lleguen a quien los necesita:

1- Se incorpora la declaración de principios, en la que se destacan los principios en los que se enmarca la ley: dignidad, autonomía, solidaridad y justicia distributiva en la asignación de órganos, equidad.

2- Se explicitan los derechos de donantes y receptores: a la intimidad, privacidad y confidencialidad; a la integridad; a la información y al trato equitativo e igualitario. Se establece la prioridad de traslado aéreo y terrestre de los pacientes con operativos en curso.

3- Se crea el Servicio de Procuración en los hospitales públicos y privados, que deberán contar con servicios destinados a la donación de órganos y tejidos, que permitan garantizar la correcta detección, evaluación y tratamiento del donante. Este servicio deberá contar al menos con un profesional que deberá detectar potenciales donantes, proveer a las familias la información completa y precisa sobre la donación de órganos, garantizar el desarrollo del proceso de donación y generar acciones de difusión y capacitación dentro de la institución. También se establece un régimen de capacitación permanente para el recurso humano afectado al proceso de donación y trasplante.

4- Se incorpora la Donación Renal Cruzada.

5- Se mantiene la manifestación de voluntad expresa negativa o afirmativa a la donación de órganos para los mayores de 18 años.

6- Donantes presuntos. Se mantiene la posibilidad de realizar la ablación de órganos y/o tejidos sobre toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos. En caso de no encontrarse registrada la voluntad del causante, el profesional a cargo del proceso de donación debe verificar la misma conforme lo determine la reglamentación.

7- Menores: se posibilita la obtención de autorización para la ablación por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente.

8- Se simplifican y optimizan los procesos que requieren intervención judicial.

9- Certificación del fallecimiento: se simplifican y optimizan los procesos de diagnóstico de muerte. Se seguirá el protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación con el asesoramiento del INCUCAI. Se dispone como hora del fallecimiento del paciente aquella en que se completó el diagnóstico de muerte.

10- Se suma un capítulo dedicado a los medios de comunicación, para el abordaje responsable de los temas vinculados a donación y trasplante de órganos.

Durante la celebración del 40 aniversario del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante –INCUCAI- el senador pampeano fue distinguido por el trabajo realizado con la Ley Justina. Invitado por el titular de ese organismo, Alberto Maceira, compartió la velada con la familia de Justina Lo Cane y parte de su equipo de asesores.

“La Ley Justina es una de las leyes más importantes de los últimos años. Significó un cambio de paradigma en lo que respecta a donación y trasplante de órganos y en tan sólo tres meses de aplicación ya salvó la vida de decenas de personas”, sostuvo Marino.

“Es un gran honor recibir este reconocimiento. Fue una ley en la que, junto a mi equipo, pusimos el alma y el corazón porque la trabajamos codo a codo con Ezequiel y Paola, papás de Justina. Ellos son quienes verdaderamente se merecen un reconocimiento porque haber trasformado ese dolor inmenso en solidaridad es digno de distinguir. Lucharon para hacer realidad el legado de Justina y lo lograron. Para mí el mayor regalo es haber podido aportar para que así sea”, agregó el legislador.

Otros proyectos destacados

- Programa Empleo Jóven,

- Régimen especial de cursada para madres y embarazadas,

- Eliminación del pago de Impuesto a las Ganancias para Jubilados y pensionados,

- Ley de Educación Ambiental,

- Reparación Histórica para la Provincia de La Pampa,

- Programa de Erradicación de Hidroarsenicismo,

- Fondo de asistencia de Bomberos Voluntarios,

- Programa de Reactivación Económica y Laboral,

- Ley de Etiquetado Frontal,

- Programa Agua Segura para escuelas rurales,

- Régimen de Promoción de clubes de barrio y de pueblo,

- Ley de Talles.

Enlaces externos