Diferencia entre revisiones de «Jurista»
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* Díez-Picazo, Luis María (coord.): ''El oficio de jurista''. Madrid : Siglo XXI de España, 2006. ISBN 978-84-323-1253-3 |
* Díez-Picazo, Luis María (coord.): ''El oficio de jurista''. Madrid : Siglo XXI de España Editores, 2006. ISBN 978-84-323-1253-3 |
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Revisión del 11:36 12 ago 2008
Jurista (del latín iurista, con la raíz ius que significa justicia) define a la persona que ejerce una profesión jurídica. Por tanto, se denomina así a la persona cuya profesión está relacionada con las leyes o el Derecho en general.
Se trata de un término omnicomprensivo en el cual pueden englobarse los siguientes colectivos:
- Abogados.
- Fiscales.
- Jueces.
- Teóricos del Derecho: profesores, filósofos, etc.
En algunos países, el término se utiliza para hacer referencia principalmente a alguno de los grupos citados. Por ejemplo, en Estados Unidos suele hacer referencia a los jueces.[cita requerida] En otros países, como el Reino Unido, el término ha caído en desuso o se utiliza raramente.[cita requerida] En Francia se denomina jurista a todo aquel que, teniendo un título habilitante, se dedica a cualquiera de las actividades que componen el mundo jurídico.
En Latinoamérica sólo se utiliza el término para hacer referencia a los expertos del Derecho, en cualquiera de sus ramas, que han alcanzado un alto grado de desarollo teórico. El término consiste entonces más bien en una distinción, en un reconocimiento y, en cuanto tal, nadie se llama a si mismo jurista sino que la comunidad jurídica en su conjunto reconoce a ese alguien como "jurista".
Bibliografía
- Díez-Picazo, Luis María (coord.): El oficio de jurista. Madrid : Siglo XXI de España Editores, 2006. ISBN 978-84-323-1253-3