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Diferencia entre revisiones de «Prejubilación»

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La palabra prejubilado no figura en el [[DRAE]]. Sí aparece prejubilación, como jubilación que se produce antes de la edad fijada por la ley.
La palabra prejubilado no figura en el [[DRAE]]. Sí aparece prejubilación, como jubilación que se produce antes de la edad fijada por la ley.

'''Cronología de una norma a lo largo de varios Gobiernos'''


La suavización de las trabas a la prejubilación en las grandes compañías es un cambio más que Empleo introdujo en el real decreto del 21 de diciembre de 2013 y que acompaña a la obligación de cotización del salario en especie.
La suavización de las trabas a la prejubilación en las grandes compañías es un cambio más que Empleo introdujo en el real decreto del 21 de diciembre de 2013 y que acompaña a la obligación de cotización del salario en especie.

2 de agosto de 2011. La reforma de las pensiones aprobada por el anterior Gobierno socialista penalizaba, por primera vez, a las grandes empresas en beneficios que incluyeran a mayores de 50 años en sus ERE, obligándoles a costear sus cotizaciones, prestaciones y subsidios por desempleo.
8 de julio de 2012. El Gobierno de Mariano Rajoy aprovechó la publicación en el BOE del proyecto de ley en el que aprobó su reforma laboral de manera definitiva para cambiar la conocida como enmienda Telefónica. Así, redujo el tamaño de las empresas afectadas de 500 a 100 empleados. Y eliminó el requisito de que el ERE afectara a más de 100 trabajadores, fueran mayores de 50 años o no.
16 de marzo de 2013. El BOE publicó ese día un decreto que endurecía el acceso a la jubilación parcial y anticipada y volvía a cambiar esta norma. Limitó la penalización a aquellas empresas en las que el porcentaje de mayores de 50 años despedidos fuera mayor al porcentaje de la presencia de este colectivo de trabajadores en la plantilla. Y amplió la penalización a las grandes compañías que tuvieran pérdidas el año del ERE, pero entraran en beneficios durante dos ejercicios consecutivos “dentro del periodo comprendido entre el ejercicio económico anterior al inicio del ERE y los cuatro ejercicios económicos posteriores”.
21 de diciembre de 2013. Se excluye de costear el desempleo de los mayores despedidos a las empresas con pérdidas en España, aunque el grupo al que pertenezcan tenga beneficios fuera.


== Referencias ==
== Referencias ==

Revisión del 13:14 24 mar 2014

La prejubilación es la situación de un trabajador por cuenta ajena que abandona su actividad laboral antes de la edad legal de jubilación, mediante un acuerdo con su empresa, recibiendo una retribución por esta causa desde la fecha de la prejubilación hasta la fecha en que su jubilación oficial se haría efectiva. A dicho acuerdo puede llegarse con la participación y conformidad de los sindicatos y de la Administración o ser, exclusivamente, privado entre empresa y trabajador.

Mecanismo

Durante los años que le faltan al prejubilado para llegar a su jubilación efectiva, la empresa se compromete al pago de un porcentaje de sus ingresos anteriores. En dicho porcentaje se tendrán en cuenta otro tipo de subsidios que el empleado cobrará por ser dado de baja en la empresa, como la indemnización por despido y las prestaciones económicas públicas a personas en paro. Si esa jubilación se contempla como anticipada en el tiempo, al prejubilado le minorarán sus ingresos con una penalización según sus circunstancias.

Los prejubilados no causan baja en la Seguridad Social, ya que su antigua empresa sigue cotizando por ellos hasta la jubilación. Por otra parte, permanecen registrados como trabajadores en paro y en demanda de empleo.

En algunos casos, existe compromiso de la empresa para crear, a cambio, nuevos puestos de trabajo.

Proceso de prejubilacion

Salvo algunas excepciones, el proceso de prejubilación es una fórmula automática en función de la edad del trabajador. Esta edad de referencia ha ido descendiendo en el tiempo, llegando a los 52 años en algunos casos.

La prejubilación se convirtió, en la década de los ochenta del siglo XX, en un mecanismo no traumático para ajustar los excedentes de plantilla de los sectores industriales en crisis. Posteriormente, el sistema lo han utilizado grandes empresas para reducir costes, reorganizando sus estructuras y procesos, a la par que otras entidades del sector público en dificultades económicas.

Los planes de empresas públicas, o que viven procesos de reconversión, se costean a cargo de las arcas públicas. Los acuerdos en las grandes empresas, con importantes ingresos, son asumidos por ellas mismas.

El prejubilado es una figura inexistente en el ordenamiento jurídico español. No hay datos fiables sobre la cantidad de trabajadores que viven esta situación. Según la mayoría de estimaciones, su cifra estaría en algo más de 500.000 personas en España.

La palabra prejubilado no figura en el DRAE. Sí aparece prejubilación, como jubilación que se produce antes de la edad fijada por la ley.

Cronología de una norma a lo largo de varios Gobiernos

La suavización de las trabas a la prejubilación en las grandes compañías es un cambio más que Empleo introdujo en el real decreto del 21 de diciembre de 2013 y que acompaña a la obligación de cotización del salario en especie.

2 de agosto de 2011. La reforma de las pensiones aprobada por el anterior Gobierno socialista penalizaba, por primera vez, a las grandes empresas en beneficios que incluyeran a mayores de 50 años en sus ERE, obligándoles a costear sus cotizaciones, prestaciones y subsidios por desempleo. 8 de julio de 2012. El Gobierno de Mariano Rajoy aprovechó la publicación en el BOE del proyecto de ley en el que aprobó su reforma laboral de manera definitiva para cambiar la conocida como enmienda Telefónica. Así, redujo el tamaño de las empresas afectadas de 500 a 100 empleados. Y eliminó el requisito de que el ERE afectara a más de 100 trabajadores, fueran mayores de 50 años o no. 16 de marzo de 2013. El BOE publicó ese día un decreto que endurecía el acceso a la jubilación parcial y anticipada y volvía a cambiar esta norma. Limitó la penalización a aquellas empresas en las que el porcentaje de mayores de 50 años despedidos fuera mayor al porcentaje de la presencia de este colectivo de trabajadores en la plantilla. Y amplió la penalización a las grandes compañías que tuvieran pérdidas el año del ERE, pero entraran en beneficios durante dos ejercicios consecutivos “dentro del periodo comprendido entre el ejercicio económico anterior al inicio del ERE y los cuatro ejercicios económicos posteriores”. 21 de diciembre de 2013. Se excluye de costear el desempleo de los mayores despedidos a las empresas con pérdidas en España, aunque el grupo al que pertenezcan tenga beneficios fuera.

Referencias

Véase también