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Existe también la postura, dentro del colectivo científico, que niega el debate legal-filosófico, desde el punto de vista científico, y rechazan la «utilización ideológica y partidista de la ciencia [...] presentando como argumentos científicos lo que pertenece al ámbito de las creencias personales, ideológicas o religiosas», puesto que para ellos «el momento en que un ser puede considerarse humano no puede establecerse mediante criterios científicos, ya que el conocimiento científico puede clarificar características funcionales determinadas, pero no puede afirmar o negar si esas características confieren al embrión la condición de ser humano, tal y como se aplica a los individuos desarrollados de la especie humana».<ref name=utilizacionaborto>[http://www.elpais.com/articulo/sociedad/aborto/enciende/cientificos/elpepusoc/20090406elpepisoc_5/Tes «El aborto enciende a los científicos»], artículo en el periódico ''El País'' (Madrid) del 6 de abril de 2009.</ref>
Existe también la postura, dentro del colectivo científico, que niega el debate legal-filosófico, desde el punto de vista científico, y rechazan la «utilización ideológica y partidista de la ciencia [...] presentando como argumentos científicos lo que pertenece al ámbito de las creencias personales, ideológicas o religiosas», puesto que para ellos «el momento en que un ser puede considerarse humano no puede establecerse mediante criterios científicos, ya que el conocimiento científico puede clarificar características funcionales determinadas, pero no puede afirmar o negar si esas características confieren al embrión la condición de ser humano, tal y como se aplica a los individuos desarrollados de la especie humana».<ref name=utilizacionaborto>[http://www.elpais.com/articulo/sociedad/aborto/enciende/cientificos/elpepusoc/20090406elpepisoc_5/Tes «El aborto enciende a los científicos»], artículo en el periódico ''El País'' (Madrid) del 6 de abril de 2009.</ref>


Según G. F. W. Hegel, en su: 'Fenomenología del espíritu' (trad. de W Roces, con colaboración de R Guerra, FCE, México, ISBN 978-968-16-0584-1, 2012, pag 17): 'Si es cierto que el embrión es ''en si'' un ser humano, no lo es, si embargo, ''para sí''; para sí el ser humano sólo lo es en cuanto razón cultivada que se ha ''hecho'' a sí misma lo que es ''en sí''.
Según G. F. W. Hegel, en su: 'Fenomenología del espíritu' (trad. de W Roces, con colaboración de R Guerra, FCE, México, ISBN 978-968-16-0584-1, 2012, pag 17): -Si es cierto que el embrión es ''en si'' un ser humano, no lo es, si embargo, ''para sí''; para sí el ser humano sólo lo es en cuanto razón cultivada que se ha ''hecho'' a sí misma lo que es ''en sí''.


Recientemente se ha incorporado al debate [[bioético]] el concepto de "[[preembrión]]" con intención de diferenciar los primeros 14&nbsp;días de desarrollo del ''[[nasciturus]]'' (‘el que ha de nacer’) del resto (es decir, durante la primera etapa de [[desarrollo prenatal]]). Aceptar el concepto de preembrión, suponiendo que este no es un individuo biológico distinto a la madre, llevaría a una recalificación bioética de las intervenciones durante los primeros 14&nbsp;días, ya sea por su eliminación en el [[microaborto]] o por su manipulación durante la investigación sobre sus células pluripotenciales o células madre ''(stem cells)'' en laboratorios de [[ingeniería genética]].
Recientemente se ha incorporado al debate [[bioético]] el concepto de "[[preembrión]]" con intención de diferenciar los primeros 14&nbsp;días de desarrollo del ''[[nasciturus]]'' (‘el que ha de nacer’) del resto (es decir, durante la primera etapa de [[desarrollo prenatal]]). Aceptar el concepto de preembrión, suponiendo que este no es un individuo biológico distinto a la madre, llevaría a una recalificación bioética de las intervenciones durante los primeros 14&nbsp;días, ya sea por su eliminación en el [[microaborto]] o por su manipulación durante la investigación sobre sus células pluripotenciales o células madre ''(stem cells)'' en laboratorios de [[ingeniería genética]].

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Aborto inducido
eMedicine article/252560

El aborto inducido (del latín abortus o aborsus, de aborior, ‘contrario a orior’, ‘contrario a nacer’) o interrupción voluntaria del embarazo (IVE)[1]​ consiste en provocar la muerte biológica del embrión o feto para su posterior eliminación, con o sin asistencia médica, y en cualquier circunstancia social o legal. Se distingue del aborto espontáneo, ya que éste se presenta de manera natural o provocado por algún accidente.

La historia del aborto indica que la interrupción voluntaria del embarazo ha sido una práctica habitual desde hace milenios.[2][3]​ En el debate sobre el aborto existen controversias de muy distinto carácter: científicas, sanitarias, socioeconómicas, éticas y religiosas que, en parte, se recogen en los distintos ordenamientos jurídicos sobre el aborto en cada país, donde la práctica del aborto inducido puede considerarse un derecho o un delito.

Estadísticas de abortos inducidos

En un estudio publicado en 2007, se estima que en el mundo se realizan entre 42 y 46 millones de abortos anuales (entre el 20 y el 22 % de los 210 millones de embarazos que se producen en el mundo al año).[4]​ De los 190 países del mundo, solo en 22 % de ellos está permitido el aborto.[5]

Respecto a los abortos inseguros, habría habido en el año 2008 unos 21,6 millones a nivel mundial, según un estudio publicado por la Organización Mundial de la Salud en 2011.[6]​ Según dicha organización, un aborto inseguro es «un procedimiento para terminar un embarazo no deseado llevado a cabo por personas carentes de las habilidades necesarias o en un ambiente que no conforma los estándares médicos mínimos, o ambos».[7][8][9]​ es decir, abortos en los que la vida de la mujer está en peligro. En América Latina y en el Caribe, en 2000, se realizaron 29 abortos inseguros por cada 1000 mujeres de entre 13 y 44 años de edad, más del doble del promedio mundial de 14 abortos por cada 1000 mujeres y 32 abortos por cada 1000 nacimientos.[9]​ Se estima que el aborto inseguro constituye la tercera entre las causas directas (13 %), después de las hemorragias (25 %) y las infecciones (15 %) de las 536.000 muertes maternas que se producen cada año en el mundo,[10]​ aunque en América Latina la fracción de muertes maternas debidas al aborto inseguro alcanza el 17 %.[11]

En América Latina y en el Caribe, de los 18 millones de embarazos que se producen cada año, 52 % no son planeados y el 21 % de ellos terminan en un aborto. Según algunos estudios, en América Latina se practicarían anualmente unos 3,7 millones de abortos inseguros. El riesgo de muerte a causa del aborto inseguro en los países en desarrollo es de 370 por cada 100.000 casos. El número de mujeres que mueren a causa del aborto anualmente es 68.000, lo que equivale al 13 % de la mortalidad materna. En América Latina, el aborto inseguro es responsable del 17 % de las muertes maternas.[12][13][14][15]​ En un perfil demográfico hecho en Cuba se menciona que una madre tenía un promedio de 4.7 hijos en los años sesenta y un promedio de 1.5 hijos en 1992. Esto es debido, entre otros factores, a los anticonceptivos y los abortos inducidos. Se dice que el aborto inducido redujo el 60 % de las muertes maternas, entre años de 1970 al 1990.[16]

Procedimientos para la inducción del aborto

Frecuencia de las diferentes técnicas de aborto inducido según la edad gestacional; la mayoría son técnicas de aborto quirúrgico (el aborto con medicamentos es una técnica de uso hasta las 9 semanas):

1.º trimestre (0-12 semanas del desarrollo embrionario):
* Aspiración manual endouterina (AMEU-MVA).
* Succión o aspiración de vacío eléctrica AE o AVE (EVA).
* Dilatación y curetaje- legrado uterino instrumental (LUI);
* Mifepristona y misoprostol (aborto con medicamentos).
2.º trimestre (12-28 semanas):
* Dilatación y evacuación
* Histerectomía
* Dilatación y extracción intacta
* Inducción al parto prematuro
3.º trimestre (28-30 semanas):
* Histerectomía, dilatación y extracción intacta e inducción al parto prematuro.

El aborto puede ser inducido de muchas maneras, y la elección depende del tiempo de gestación o desarrollo del embrión o feto, de la salud de la madre, del contexto socioeconómico en el que se tome la decisión y se realice el acto, especialmente el acceso a los servicios médicos, y de los límites puestos por la legislación, entre otros factores.

Procedimientos bajo control sanitario

Aborto con medicamentos o químico

El aborto químico o farmacológico consiste en la interrupción del desarrollo del embrión y en su eliminación por el canal del parto, todo ello inducido por lo que suele ser una combinación de fármacos. Solo es factible en las primeras semanas del embarazo. En Estados Unidos el porcentaje de abortos realizados con medicamentos (medical abortion) sobre el total de abortos ha aumentando desde la aprobación de la mifepristona: 1.0 % en el año 2000, 2.9 % en 2001, 5.2 % en 2002, 7.9 % en 2003, 9.3 % en 2004, 9.9 % en 2005, 10.6 % en 2006, 13.1 % en 2007.[17]

En Europa el uso es desigual, así, en Portugal supone el 67 % de las IVE (interrupción voluntaria del embarazo), en Francia el 49 %; en Inglaterra y Gales el 40 %, en Escocia y Finlandia el 70 %, en España solamente el 4 %, en Italia menos del 4 % ya que comenzó su venta en diciembre de 2009.[18]

Este tipo de procedimiento suele ser el preferido cuando es posible, porque no requiere anestesia ni tampoco una intervención quirúrgica (el uso de instrumentos), siendo los mayores inconvenientes el sangrado y que la mujer puede observar el proceso y el embrión expulsado, lo que es psicológicamente doloroso para aquellas mujeres que dudan de la moralidad o de la conveniencia del acto.

El procedimiento ve reducida su efectividad después de la séptima semana de desarrollo. A pesar de su relativa sencillez, el proceso requiere una vigilancia médica continuada para asegurar el éxito, para prevenir posibles complicaciones, y también a menudo porque la evacuación es incompleta y requiere la intervención final de un médico. Los regímenes más comunes son:[19]

  • Mifepristona con misoprostol. La mifepristona junto con misoprostol es el método químico más habitual, administrado hasta las primeras 7 a 9 semanas de embarazo (49 a 63 días). El método consiste en administrar mifepristona a dosis altas (600 mg según protocolo FDA) y, a los dos días una pastilla de misoprostol (400 µg) que provoca contracciones en el parto. La mifepristona es un antagonista de la progesterona, hormona necesaria para la continuidad de la gestación. Para garantizar la expulsión se usa el misoprostol. El protocolo presenta contraindicaciones diversas, por ejemplo con el uso previo continuado de terapias basadas en esteroides.[20][18]
  • Misoprostol solo. Hasta 49 días de gestación: 800 mg. (200 mg cada 24 h), y hasta 3 veces (cuando existe alguna contraindicación o alergia a la Mifepristona o el acceso a la misma es absolutamente imposible). embarazos de 49 días a 20 semanas: 2 o 3 comprimidos de Misive 200 por vía vaginal cada 4 a 6 horas, respectivamente. En embarazos mayores a 20 semanas, se tenderá a utilizar una dosis de 400 mg. 200 cada 4 a 6 horas o incluso menores según respuesta.[21]
  • Metotrexato con misoprostol. El metotrexato se administra con una inyección y afecta a las células en proliferación del embrión, provocando la interrupción de su desarrollo. Unos días después, la administración de misoprostol, un análogo semisintético de la PGE1 prostaglandina que estimula la contracción del útero, provoca la expulsión de sus restos. El procedimiento está contraindicado en distintas condiciones médicas, como por ejemplo la insuficiencia renal.

También hay unos métodos muy comunes usados en América del Sur que son considerados como químicos, estos siendo de origen de ese mismo país, que se usaban para el siglo XX. Entre ellos se encuentra Hierbabuena que era el abortivo más usado en América, cuyo principio activo, una cetona, el pulegón, tenía acción convulsivante y producía colapso cardiovascular, arritmia cardíaca enfriamiento generalizado y perdida del conocimiento.[22]​ Otro método es el romero salvaje en el cual sus hojas se añadían a la cerveza para aumentar su acción embriagadora; contenía un aceite (alcanfor de ledum) que actuaba localmente como irritante y resortivo provocando abortos. Su acción tóxica producía excitación y parálisis de los centros nerviosos, convulsiones, congestión y edema de la cara, vómitos, meteorismo y respiración estertorosa.[23]

Aborto quirúrgico

Aborto por aspiración, a las ocho semanas de la gestación (seis después de la fertilización).
1: Saco amniótico
2: Embrión
3: Útero
4: Espéculo
5: Jeringa manual
6: Conexión a bomba de aspiración.

Se denomina aborto quirúrgico al conjunto de técnicas quirúrgicas que tienen el fin de provocar el aborto, es decir, terminar voluntariamente el proceso gestacional.

El método quirúrgico más empleado antes de las 7 semanas de embarazo es el aborto por aspiración. Consiste en la remoción del feto o del embrión a través de succión, usando una jeringa manual o una bomba eléctrica de aspiración. La aspiración manual se denomina también minisucción o extracción menstrual. Se aplica solo durante las primeras semanas y no requiere dilatación cervical (véase también cérvix o cuello uterino). Para estas primeras semanas, se habla de interrupción del embarazo, más que de aborto, aunque en realidad ambos términos son sinónimos. A partir de la semana decimoquinta y hasta la vigesimosexta, se requiere dilatación cervical y manipulación quirúrgica, además de succión. Este método fue demostrado en detalle en una ecografía en el documental titulado The silent scream (El grito silencioso), producido por el doctor Bernard N. Nathanson, quien durante los años setenta fue el propietario de una de las clínicas más grandes de aborto en los EE. UU.

El método de dilatación y curetaje (véase legrado) es un método general que se emplea también durante el examen médico para tomar muestras o para la detección de ciertos tipos de cáncer. Se conoce también con el nombre de nacimiento parcial, y suele hacerse entre la sexta y la decimocuarta semanas. La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que este método no se use salvo cuando la aspiración manual no es factible, y de hecho su uso es poco frecuente. El legrado sirve para limpiar las paredes del útero con una cureta.[24]

En estados avanzados de la gestación, si se ha de practicar un aborto por razones terapéuticas, se usan otros procedimientos adecuados para el mayor estado de desarrollo del feto. Se puede inducir el parto prematuro usando prostaglandinas, a la vez que se inyecta suero salino o urea en el líquido amniótico, que causa quemaduras fatales en el feto. En los casos más avanzados se usan técnicas excepcionales, como la llamada «de dilatación y extracción intacta» o «aborto por nacimiento parcial», que requiere dos o tres días de preparación, para asegurar la dilatación cervical necesaria, y los fármacos que induzcan el parto. El médico manipulará al feto, para hacer salir primero sus piernas, hasta dejar adentro solo la cabeza, si así es necesario. Por último, se vacía el encéfalo por succión después de practicar una incisión en la base del cráneo.

La elección de una u otra técnicas depende de cuán avanzado esté el embarazo y si la dilatación cervical resulta o no necesaria.

Desde la decimoquinta semana hasta la vigésimo sexta semana de embarazo, se usa el método de dilatación y evacuación (D & E), que consiste en la apertura del cuello uterino, vaciándolo mediante el uso de instrumentos quirúrgicos y succión.

Es necesario usar otras técnicas para inducir el aborto a partir del tercer trimestre. El parto prematuro puede ser provocado por la prostaglandina, que puede aplicarse junto con una inyección de líquido amniótico con soluciones cáusticas (salinas) o urea.

Después de la 16ª semana de gestación, el aborto puede ser provocado por la compresión craneal intra-uterina, que requiere la descompresión de la cabeza del feto antes de su evacuación. El aborto por histerotomia es un procedimiento parecido a la cesárea, y se practica bajo anestesia general, por ser considerado una cirugía abdominal de importancia.[25]

Cuando el feto está en una edad gestacional avanzada, de seis a nueve meses, algunos países aplican el método de aborto por nacimiento parcial, procedimiento que ha provocado varias controversias legales.[26]

De las 20 hasta las 23 semanas de embarazo, será necesaria una inyección para detener el corazón del feto.[27]​ Las técnicas tardías ponen en mucho mayor riesgo la salud de la madre.

Posibles consecuencias médicas adversas

El aborto, además de terminar con el embarazo, y la existencia del embrión o feto ―según el caso―, no es una intervención exenta de riesgos para la madre. Aun así, según algunos estudios, los riesgos son menores que los de un parto normal.[28][29][30]​ Algunos métodos abortivos, cuando se trata de procedimientos poco invasivos, tienen un bajo riesgo de complicaciones serias.[31][32]​ Aun así el riesgo puede aumentar dependiendo de cuán avanzado esté el embarazo.[33][34]​ Cuando el aborto es inducido por la misma paciente, los porcentajes de complicación siempre serán elevados 80 % o más.[35]

Riesgos físicos

  • El aborto por succión, legrado, o aspiración, puede causar:[36][37][38][39][40][41]​ infección, trauma de cérvix, peritonitis, endometritis, laceración o perforación del útero, hemorragia, trauma renal, inflamación de la pelvis, embolismo, trombosis, esterilidad, etc.
  • El aborto por dilatación y curetaje presenta los mismos riesgos que el método anterior, además de perforación uterina, hemorragia, infección del tracto genital, laceración intestinal, absceso pélvico y tromboembolismo.[36][37][38][39][40][41]
  • El aborto por dilatación y evacuación tiene los riesgos descritos para todos los sistemas anteriores, además de infección pélvica, renal, de la cérvix e infección peritoneal. Además, puede provocar que la mujer tenga futuros embarazos ectópicos, o bebés con peso por debajo del normal, o incluso nacidos muertos, o con serias malformaciones.[36][37][38][39][40][41]
  • Un aborto por inyección salina tiene por posibles consecuencias, la ruptura del útero, embolismo pulmonar o coágulos intravasculares[36][37][38][39][40][41]
  • El aborto mediante la suministración de prostaglandinas puede provocar[42][43]​ la ruptura del útero, sepsis, hemorragias, paro cardíaco, vómito y aspiración de este, embolia cerebral y fallo renal agudo.
  • El aborto mediante extracción menstrual, que se practica solo en las primeras siete semanas del embarazo, es un método que no discrimina entre que la paciente esté embarazada o no, actuando en ambos casos. Además, puede realizarse solo una aspiración incompleta, que conllevará una posterior infección.[43]
  • El aborto mediante la suministración de mifeprex o mifepristona (RU-486) puede conllevar una grave infección bacteriológica, sepsis sanguínea y sangrado prolongado y abundante, lo que podría requerir una cirugía. El misoprostol, empleado en ocasiones junto con la mifepristona, puede causar hemorragias y calambres. Algunas veces, el embrión o el feto pueden sobrevivir a la ingesta de los medicamentos, en esos casos los fetos sufren malformaciones graves.[44]
  • El aborto por nacimiento parcial conlleva serios riesgos de ruptura o perforación del útero, lo que podría causar una hemorragia y terminar en una histerectomía ―extracción del útero―.[45][46]
  • La píldora del día después, ―o anticonceptivo de emergencia―, debido al LNG (Levonorgestrel) que contiene conlleva alteraciones patológicas vasculares: hemorragias, microhemorragias, spotting, etcétera. Diversos estudios, afirman también que este fármaco induce cambios funcionales en los vasos sanguíneos.[47]

Además se han descrito otras consecuencias:

  • Daños causados a las trompas de Falopio si se presenta una infección.
  • Partos complicados y aumento del número de abortos espontáneos.[43]
  • Aumento de la tasa de nacimientos por cesárea, y partos prematuros (anteriores a las 32 semanas de gestación).
  • Placenta previa, la cual hace necesaria una cesárea para salvar la vida de la madre y su hijo.
  • Isoinmunización ―inmunización contra la sangre de otra persona― en pacientes Rh negativo.
  • También se ha descrito aparición de cáncer de mama, en mujeres que abortaron su primer embarazo en el primer trimestre.[48][49][50]

Sin embargo, otros estudios no encuentran diferencias significativas entre mujeres que han abortado y mujeres que no.[51][52][53][54]​ Melbye e investigadores realizaron un estudio que incluía a 1,5 millones de mujeres danesas sin encontrar diferencias en el riesgo de contraer cáncer de mama.[51]

Riesgos psicológicos

El Royal College of Psychiatrists, la principal organización profesional de psiquiatras del Reino Unido, afirma que el asunto de la relación entre aborto provocado y los efectos sobre la salud mental de la madre no está del todo resuelto. Existen algunos estudios que no encuentran consecuencias negativas, y otros que sí.[55]

Por tanto, como el aborto voluntario quizás podría suponer un riesgo para la salud mental de las mujeres, recomienda que se asesore convenientemente sobre estos riesgos a quienes deseen abortar.[56]

La National Abortion Federation estadounidense sostiene que, científicamente, no existe evidencia de un estrés posaborto a largo plazo, ni de depresión ni ansiedad ni de ninguna otra enfermedad psicológica, concluyendo que el mayor estrés es previo al proceso, e indicando que la gran mayoría de las mujeres afirman experimentar una posterior situación de alivio.[57]

Por el contrario, un estudio publicado en el Journal of Child Psychiatry and Psychology y financiado por el gobierno de Nueva Zelanda determinó que el 42 % de las mujeres bajo seguimiento que abortaron antes de los 25 años sufrían de depresión; esta cifra es el doble de las que nunca estuvieron embarazadas, y 35 % mayor que quienes decidieron seguir con su embarazo. El mismo estudio estableció que aquellas que abortaron eran dos veces más propensas a beber alcohol a niveles peligrosos que aquellas que no lo hicieron, y tres veces más propensas a depender de drogas ilícitas.[58]

En 2008, el British Journal of Psychiatry publicó un estudio que concluye que el aborto intencionado aumenta la probabilidad de sufrir trastornos psíquicos.[59]

En 2011, The British Journal of Psychiatry publicó un estudio de Priscilla K. Coleman en el que se concluye que el aborto aumenta el riesgo de padecer problemas mentales en las mujeres que lo practican.[60]

Algunos proponen que los efectos psicológicamente adversos del aborto deben ser referidos como una condición especial llamada síndrome posaborto. Sin embargo, la existencia de este síndrome no ha sido reconocida por ninguna organización médica o psicológica,[61]​ y algunos médicos y partidarios pro-elección han argumentado que la idea de popularizar este "síndrome post aborto" es una táctica usada por partidarios pro-vida por razones políticas.[62][63][64][65]

Aspectos legales aborto terapéutico y aborto voluntario

La mayor parte de las legislaciones reguladoras, tanto las permisivas como las restrictivas, distinguen entre aborto terapéutico y aborto electivo o voluntario.

Aborto terapéutico. Imagen de un embrión extraído durante un aborto practicado como consecuencia de una operación de extirpación de útero, a una mujer embarazada de unas 10 semanas, y enferma de cáncer de cérvix.

Aborto terapéutico

El aborto terapéutico consiste en la interrupción del embarazo por razones médicas,[66]​ con el objetivo de:

  • salvar la vida de la madre, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para su vida;
  • proteger la salud física o mental de la madre, cuando estas están amenazadas por el embarazo o por el parto;
  • evitar el nacimiento de un niño con una enfermedad congénita o genética grave, que se prevé dará lugar a un desenlace fatal o a padecimientos o discapacidades severas, o
  • reducir el número de fetos en embarazos múltiples hasta un número que haga el riesgo aceptable.

Desde el punto de vista bioético, existen cuestionamientos a la aplicación del calificativo «terapéutico» por considerarse –entre otros puntos– que ese término se asocia exclusivamente con aquella área de la medicina que instruye los preceptos para el tratamiento de las enfermedades.[67]

Aborto electivo

El realizado por otras razones. Cuando el embarazo es el resultado de un delito de naturaleza sexual (violación) o de la aplicación de una técnica de reproducción asistida no consentida por la madre.

También se incluyen, como razones: la minoría de edad de la madre, la incapacidad para cuidar a un hijo por razones económicas o sociales y el deseo de ocultar el estigma que representa en ciertos contextos sociales un embarazo fuera del matrimonio.

Aborto terapéutico. Embarazo ectópico, una de las patologías del embarazo.

Se entiende por aborto por indicación médico-legal al acto médico o quirúrgico que consiste en la interrupción voluntaria de la gestación en los casos en que el derecho interno de cada país prevé la no imposición de una pena por tal motivo, aunque el aborto en general sea considerado un delito.

La importancia del aborto por indicación médico-legal está en que facilita que estas interrupciones se practiquen dentro del ámbito sanitario institucional, eliminando riesgos innecesarios para las mujeres.[68]

Aspectos jurídicos

Situación jurídica del aborto distintos países del mundo.
     No punible si la interrupción del embarazo se realiza antes de un plazo establecido.      No punible en casos de riesgo para la madre, violación, defectos en el feto o factores socioeconómicos.      No punible en casos de riesgo para la madre, violación o defectos en el feto.      No punible en casos de riesgo para la madre o violación.      No punible en casos de riesgo para la madre.      Punible sin excepciones.      Varía por región.      No hay información. Nota: En la mayoría de los países y supuestos citados, la intervención ha de efectuarse antes de plazos establecidos.

El aborto, entendido como la interrupción intencional del embarazo, es, dependiendo del ordenamiento jurídico vigente, una conducta punible o no punible, atendiendo a las circunstancias específicas.

De esta manera, dependiendo del país que lo contemple, es considerado un delito penalizado en cualquier circunstancia, o un derecho de la gestante. En otros países, aún siendo también un delito se mantiene despenalizado en ciertos casos siempre que medie el consentimiento materno.

En la actualidad, la legislación en la mayor parte del mundo contempla la despenalización del aborto, siguiendo la recomendación de la Organización de las Naciones Unidas,[69]​ para supuestos intermedios, siempre tomando la voluntad de la embarazada como requisito sine qua non para una posible no punición.

Los ordenamientos jurídicos que despenalizan el aborto en alguno o todos los supuestos, lo hacen desde las siguientes perspectivas:

  • El sistema anglosajón de 'Common Law', sin 'Códigos', desarrolla los derechos fundamentales de la mujer desde la perspectiva de su derecho a la intimidad y en relación con la idea de ‘viabilidad’.
  • El modelo europeo-continental, a su vez, vincula el aborto con el derecho general a la libertad de la mujer, ya sea que se le especifique como libertad reproductiva (véase derechos reproductivos) o como derecho a la autonomía.
  • En el sistema islámico. En la mayoría de países islámicos, el aborto solo se consiente por razones médicas en las que la madre corre grave peligro, a partir del momento en que el feto tiene un corazón que late (día 15, aproximadamente cuando la mujer nota la falta del periodo), lo consideran un pecado.
  • El sistema internacional de protección de los derechos humanos ―así las organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales como por ejemplo Amnistía Internacional, como los organismos de protección de DD.HH. de carácter universal, como la Comisión y Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas o la Organización Mundial de la Salud― relaciona el problema de la despenalización del aborto con el derecho que tienen las mujeres a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes; es decir, con la prohibición general de la tortura.

La normativa sobre el aborto es un tema sumamente polémico, puesto que, tanto los promotores de una posición como sus detractores, argumentan defender un derecho humano. Los defensores del aborto esgrimen el derecho a la libertad, autonomía o intimidad de la gestante, y sus detractores el derecho a la vida que le conceden al nasciturus.

El aborto en el mundo

Según un informe de 2011 realizado por las Naciones Unidas, los países que penalizan el aborto en todas sus formas sin excepción alguna son: Chile, El Salvador, Malta, Nicaragua, República Dominicana y el Estado de la Ciudad del Vaticano.[70]​ En estos países, se considera más importante el derecho del nonato a la vida ―que debe ser protegido por el Estado―, y se rechaza que abortar sea un derecho de la mujer a tomar decisiones sobre su cuerpo y la nueva vida que alberga en el mismo.

Aproximadamente el 25 % de la población mundial vive en 54 países que prohíben completamente el aborto o lo permiten solo para salvar la vida de la mujer. El 62 % de la población mundial vive en 55 países donde el aborto inducido está permitido, ya sea sin restricciones en cuanto a su causa; ya sea por motivos terapéuticos, quirúrgicos, eugenésicos, sentimentales, y hasta por razones socioeconómicas. Adicionalmente, algunas legislaciones establecen requisitos previos, tales como períodos de espera, la provisión de información, la opinión de varios médicos, o la notificación al cónyuge o a los padres de la embarazada o lo admiten sin restricciones, como Canadá.

Aspectos religiosos

Cristianismo

En el Antiguo Testamento no se menciona el aborto voluntario.[71]​ Solo aparece penalizado el aborto derivado de un golpe inferido a la mujer (Éxodo 21:22-23),[71]​ en el marco de una ley que se refiere a la prohibición del homicidio. La exigencia de que pague una multa aquel hombre que causare la muerte de un nonato por negligencia indica que se consideraba este acto como dañoso al hombre y a la mujer, más que al feto.[72]​ En este punto, la ley hitita era similar.[71]​ En cambio, las leyes asirias penalizaban incluso el aborto autoinducido, quizás porque el Estado necesitaba guerreros con fines militares.[71]​ Bajo la influencia griega tardía, la versión de la Septuaginta del Libro del Éxodo 21: 22-23 hizo una distinción entre un feto no formado y uno formado, siendo este último tratado como una persona independiente.[71]​ Esta distinción entre un estado temprano y tardío del feto era bastante común en el mundo antiguo, y fue defendida por Aristóteles al distinguir entre almas y subalmas humanas. Así, el tiempo de la entrada de un alma humana era comentado por Aristóteles a los 40 días después de la concepción para un varón y 90 para una hembra. Muchos teólogos católicos aceptarán luego esa herencia aristotélica de diferente manera; entre ellos Tertuliano, Orígenes, Agustín de Hipona y Tomás de Aquino.

Por su parte, la teoría de que el alma humana no entra en el cuerpo hasta el nacimiento fue defendida por Platón y fue determinante para el Derecho romano. Solo raramente el aborto fue tratado como un homicidio, incluso cuando esto era punible. En el lado opuesto tenemos sobre todo a los pitagóricos, quienes pusieron énfasis en el culto a una noción de medicina-religión para proscribir el aborto, algo con lo que alineará Hipócrates.

En el cristianismo primitivo se encuentra un culto privado de Asia Menor, quizás pitagórico, que se oponía al aborto.[cita requerida] También algunos pensadores griegos y romanos se oponián al aborto por otras razones que la de la humanización sino por suponer una interferencia en el derecho del padre respecto al niño.[73]

Catolicismo

La Iglesia católica se opone al aborto desde los primeros siglos del cristianismo hasta nuestros días. Considera al ser humano existente desde el momento de la concepción, y para ello considera básicamente el argumento de la inmortalidad del alma, que sería insuflada al momento de la concepción. Así se afirma, por ejemplo, en la encíclica Humanae vitae del papa Pablo VI.[74]

  • Las amenazas a la vida se producen en la relación entre padres e hijos, como sucede con el aborto.
  • Además, el panorama actual resulta aún más desconcertante debido a las propuestas, hechas en varios lugares, de legitimar, en la misma línea del derecho al aborto, incluso el infanticidio, retornando así a una época de barbarie que se creía superada para siempre.
  • «Mi embrión tus ojos lo veían» (Salmo 139 138, 16): el delito abominable del aborto
  • Entre todos los delitos que el hombre puede cometer contra la vida, el aborto procurado presenta características que lo hacen particularmente grave e ignominioso. El Concilio Vaticano II lo define, junto con el infanticidio, como «crímenes nefandos».
Pablo VI, Evangelium vítae[75]

Históricamente, se han dado discusiones teológicas sobre el momento de la infusión del alma espiritual (véase, por ejemplo, el artículo traducianismo). Sin embargo, tanto los Padres de la Iglesia como los doctores de la Iglesia fueron unánimes en la reprobación del aborto inducido:

A lo largo de toda la historia, los Padres de la Iglesia, sus Pastores, sus Doctores, han enseñado la misma doctrina, sin que las diversas opiniones acerca del momento de la infusión del alma espiritual hayan suscitado duda sobre la ilegitimidad del aborto. Es verdad que, cuando en la Edad Media era general la opinión de que el alma espiritual no estaba presente sino después de las primeras semanas, se hizo distinción en cuanto a la especie del pecado y la gravedad de las sanciones penales; autores dignos de consideración admitieron, para este primer período, soluciones casuísticas más amplias, que rechazaban para los períodos siguientes. Pero nunca se negó entonces que el aborto provocado, incluso en los primeros días, fuera objetivamente una falta grave. Esta condena fue de hecho unánime.[76]

En el siglo XII, Pedro Lombardo comentó acerca de la referencia al aborto que existe en la Biblia: la que aparece en el Libro del Éxodo (21.22), en donde se distinguen dos tipos de aborto: uno que suprime a un ser humano ya formado y con alma humana ―y en cuyo caso es homicidio― y otro en el que se elimina a un ser "informe" y sin alma propiamente humana, por lo que se debía pagar una multa.[cita requerida]

Más tarde, santo Tomás de Aquino[77]​ se adhiere a esa tesis aristotélica afirmando por tanto una diferencia en el pecado. Así, en sus Comentarios a las sentencias de Pedro Lombardo (III) se suma a la tesis aristotélica de que el alma entra a los 40 días en el caso de varones y 90 en el de hembras.[78]​ Santo Tomás asume además un punto de vista un tanto moderno al dejar a la embriología una mayor precisión del tiempo para corregir estos aspectos con más exactitud.[79]

  • Al principio, el embrión tiene un alma solo sensitiva que es sustituida por otra más perfecta, a la vez sensitiva e intelectiva, como trataremos exhaustivamente más adelante (Summa theológica I, q. 76).
  • En la generación del hombre lo primero es lo vivo, luego lo animal y por último el hombre (Summa theológica II-II, q. 64).
  • Debemos observar una diferencia entre el proceso de generación en el hombre y los animales del aire o el agua. La generación del aire es simple ya que solo dos formas substanciales aparecen; una que es desplazada y otra que es inducida. Y todo esto tiene lugar en un instante y a la vez, de manera que la forma del agua permanece durante todo el periodo precediendo a la inducción de la forma del aire. Por otro lado, en la generación de un animal aparecen diversas formas substanciales: primero el semen, luego la sangre y así hasta que encontramos la forma de un animal o un hombre. (Sobre el poder de Dios, q. 3, a. 9, ad 9. Cf. Summa contra gentiles, II, Ch. 89, 11; Summa theológicae, Ia, q. 119, a. 2).
  • Como es alma está unida al cuerpo como su forma, está unida al cuerpo como su acción propia. El alma es "la acción de un cuerpo orgánico" (Aristóteles, II De Anima, 412b, 5-6). Por lo tanto el alma no existe en el semen en cuanto acto (como opuesto a en potencia o virtualidad) antes de la organización del cuerpo. (Summa contra gentiles, II, ch. 89).

En la teología neoescolástica tomista del siglo XX se considera que santo Tomás no contaba en su momento con los datos científicos que tenemos ahora, y que incluyen dinámicas propias así como el conocimiento del ADN. Este argumento es un punto de apoyo para que en el siglo XX la Iglesia católica defienda la posición de que en el momento de la fecundación aparece un nuevo ser, con dinámica propia e información genética completa aunque su estado sea de dependencia con respecto a la madre.

Las tesis de santo Tomás explican cuando el alma es insuflada por Dios en el ser humano. Y si bien esto resulta incompatible con los argumentos que equiparan aborto a homicidio o asesinato, los defensores de este otro punto de vista señalan a menudo que no se puede atribuir a santo Tomás una postura favorable al aborto por citas como la siguiente:

Servimos a un propósito más grande y significante, la manifestación de la bondad de Dios, y en ese gran contexto somos simplemente medios para el fin de Dios. [...] Dios quiere su propia bondad como un fin, y quiere que todas las cosas sean un medio para ese fin.
Tomás de Aquino, Summa contra gentiles I. 86. 718

Por lo tanto, a pesar de la postura oficial de la Iglesia católica, se debe señalar ese debate en la teología católica en lo que se refiere al momento en que se puede considerar al alma humana, a un "ser humano", a los tiempos de desarrollo del mismo así como al tipo de pecado relacionado, o si es que este existe. Las distintas corrientes de opinión pueden quedar resumidas en:

  • Los partidarios de la animación inmediata (desde el momento de la concepción). Dentro de esta posición, destacaron los que consideraban el origen del alma humana por una preexistencia anterior a su unión con el cuerpo (platonismo cristiano) o por una derivación del alma de los padres (traducianismo).
  • Los partidarios de la animación mediata o retardada (después de un cierto tiempo). Entre los que defendían esta postura, estaban parte de los que aceptaban que las almas son creadas por Dios, creación que podía tener lugar unos días después de la fecundación (según Aristóteles, por ejemplo).

La tesis de la «animación mediata» sostenida por santo Tomás de Aquino fue la que se impuso y la que pasó a ser oficial. Como se ha comentado, santo Tomás sostenía que no era hasta los 40 días cuando Dios insuflaba el alma en los hombres y 90 días en el caso de las mujeres.[78]​ En consecuencia, la tesis de la humanización retardada fue la opinión mantenida de forma general durante la Edad Media, determinando que el alma era insuflada por Dios a los 40 días en hombres, y a los 90 en mujeres.

Una razón de peso por la que los teológos católicos partidarios de la animación inmediata han mantenido que el alma se insufla en el momento de la concepción reside en que la nueva alma no deriva de la de sus padres, y por lo tanto supone un hecho divino. Bajo esta línea se puede citar por ejemplo la Didaché, el escrito más antiguo de los Padres apostólicos, que equipara en importancia al aborto con dar muerte a un niño ya nacido,[80]​ o a Tertuliano.[81]

Este punto es sin duda el que causa más problemas de conciliación con el saber científico. Algunos autores señalan que los teólogos de esta tendencia se alinean en realidad con filósofos modernos, como Immanuel Kant o Gottfried Leibniz, ya que la idea de que el alma existe en el mismo momento de la concepción surge con más fuerza principalmente en el siglo XIX.[82]

Si en los siglos anteriores era preeminente la visión de santo Tomás, en el siglo XX la postura oficial de los papas es en contra de cualquier tipo de interrupción del embarazo. El papa Juan Pablo II escribió en este sentido de manera inequívoca en diversas encíclicas[83]​ y una línea similar es mantenida por Benedicto XVI. Estas encíclicas son discutidas por los defensores de perspectivas distintas, tanto dentro la comunidad católica[84]​ como fuera de ella en ámbitos intelectuales[85]​ o teológicos.[86]

La teóloga Teresa Forcades señaló la importancia de no interferir en la decisión de la madre y en el vínculo especial y distintivo de dependencia entre ambos que ha sido diseñado por Dios y en donde se incluye la decisión de la maternidad.

Dios pone la vida del feto mientras no es viable en las manos de su madre (en las entrañas de su madre) y ha vinculado la vida biológica de este a la vida espiritual de ella. Nosotros haremos bien de respetar esta vinculación primaria. Mientras el feto no puede sobrevivir independientemente de la madre, le corresponde a ella la responsabilidad moral de decidir sobre su futuro, que es también el de ella, ya que la madre no gesta el hijo solo biológicamente, sino también espiritualmente, con su amor, con su deseo de que éste viva, con la alegría de llevarlo al mundo. Respetar la decisión de la madre es respetar la integridad de su conciencia moral, incluso aceptando que objetivamente se pueda equivocar.[87]
Teresa Forcades
En el magisterio

En el primer Concilio de Maguncia ―un concilio local del año 847― se confirman penas canónicas propuestas por reuniones anteriores: a la mujer que haya abortado se le han de prescribir 10 años de penitencia. El papa Esteban V afirma, en su carta Consuluisti de infantibus, que cometer un aborto es un homicidio, ya que la concepción requiere de la acción de Dios.[88]

El 4 de marzo de 1679, un decreto del Santo Oficio condenó dos proposiciones relativas al aborto:

Es lícito procurar el aborto antes de la animación del feto, por temor de que la muchacha, sorprendida grávida, sea muerta o infamada.
Denzinger, Enchiridion symbolorum, 2134
Parece probable que todo feto carece de alma racional mientras está en el útero, y que solo empieza a tenerla cuando se le pare; y consiguientemente habrá que decir que en ningún aborto se comete homicidio.
Denzinger, Enchiridion symbolorum, 2135[89]

El Código de Derecho Canónico de 1917 establecía para el aborto la pena de excomunión.[90]

Aparte de esta alusión, el magisterio de la Iglesia no vuelve a pronunciarse sobre el tema hasta el siglo XX[cita requerida], aunque desde 1930 lo haya hecho de manera continua y cada vez más amplia. Pío XI,[91]Pío XII, en varios discursos, como el que impartió a la Sociedad de Médicos Italianos de San Lucas (el 12 de noviembre de 1944), o Juan XXIII,[92]​ han condenado el aborto como homicidio. En el Concilio Vaticano II se encuentra una de las condenas más citadas en el magisterio posterior, concretamente, en la constitución pastoral Gaudium et spes.[93]

El papa Juan Pablo II recuerda, en la encíclica Evangelium Vitae, que quienes a sabiendas de la pena incurren o colaboran en un aborto (padres y cómplices sin cuyo apoyo el aborto no se hubiera realizado) incurren en excomunión inmediata (llamada latae sententiae en el Código de Derecho Canónico).[94]

Judaísmo

La tradición judía es proclive a la santidad del feto, y no permite el aborto a solicitud. Sin embargo, permite el aborto bajo determinadas circunstancias, porque no considera al feto como persona autónoma. La Mishná (Ohalot 7:6) indica explícitamente la admisibilidad del aborto si la continuidad del embarazo pudiera poner en peligro la vida de la madre:

"Si una mujer sufre duras labores de parto, el niño (feto) debe ser cortado en su matriz y ser sacarlo poco a poco en piezas, pues la vida de ella tiene prioridad sobre la de aquel. Pero si la mayor parte ya ha salido en nacimiento, no debe ser tocado, pues la [demanda de una] vida no puede ir por encima [de otra] vida".

El judaísmo ortodoxo no admite otra causa que el peligro para la vida materna, en tanto el judaísmo conservador considera también la posibilidad de graves daños a la salud física o mental, o cuando el feto es inviable o padece graves defectos, según opinión médica experta.

Islamismo

El derecho islámico (sharia) parte de consideraciones similares a las del derecho canónico cristiano. Aunque ni el Corán ni la Sunna tratan el tema, se atribuye importancia al conocimiento médico que aporta el jurista versado en medicina, como Averroes, o el médico conocedor de la ley islámica, como Avicena. Según estos, el feto adquiere la condición legal de persona cuando recibe de Dios su alma personal, momento para cuya identificación se confía también en la ciencia del médico y no solo en la revelación. De acuerdo con la tradición oral, el momento de la infusión del alma es a los 120 días o cuatro meses.[95]

La mayoría de juristas modernos consideran aceptar la no viabilidad del feto en sus primeros 120 días.[96]​ En el islamismo se asume que la complejidad de la vida fetal aumenta con el tiempo, manteniendo así una perspectiva gradualista que tiene su fundamento en la teología islámica. En ella se afirma que el espíritu (rub) entra en el feto alrededor de los 120 días (4 meses) después de la concepción. Aquellos que toman una posición más estricta argumentan que una vez el esperma entra en el vientre, está destinado a producir vida, y así para ellos el aborto está proscrito. No obstante, dentro de esos 120 días la mayoría de juristas consideran el aborto como moralmente menos grave y por tanto no sancionable.

Del mismo modo, se observa de manera general que la madre pueda abortar si su vida corre riesgo independientemente del tiempo de gestación, por lo que la vida de la madre prevalece sobre los derechos del no nacido. Existe cierto debate en el caso de malformación y hasta que punto esto es motivo para alargar los 120 días. Aunque en la fatwa egipcia esto no se contempla.[96]​ Se debe notar por tanto que existe debate respecto a acortar alargar el periodo y sus supuestos, y en donde la ciencia a veces desempeña un papel destacado.

Hay dos escuelas jurídicas que valoran de maneras opuestas el aborto. La escuela Hanafi permite el aborto libremente en los cuatro meses iniciales, incluso cuando la iniciativa de la mujer no cuenta con el permiso del marido. La escuela Maliki prohíbe en su mayoría el aborto de manera absoluta, argumentando que, aunque el feto no sea propiamente humano, no se debe interferir con su destino natural de adquirir su alma, una vez que el semen se ha instalado. Algunos miembros de la escuela Maliki encuentran permisible el aborto hasta los 40 días. La escuela hanbalí suele rebajar el plazo a los 40 días, prohibiéndolo terminantemente después.[97]​ Las otras escuelas legales islámicas, tanto suníes como chiíes, mantienen, en conjunto, posiciones semejantes a las de la escuela Hanafi. De las cinco categorías en que se clasifican jurídicamente los actos ―obligatorios, recomendados, opcionales, culpables o desalentados y prohibidos―, el aborto ha sido situado generalmente entre los opcionales o tolerables, especificándose los casos en los que el aborto debe considerarse criminal y punible. En general, son razones de salud las que se considera que justifican el aborto.[95]

De manera general, el islamismo anima a la reproducción y desalienta el aborto, que no recibe fácilmente la aprobación social, pero tampoco es considerado necesariamente un crimen. Es visto más bien como un recurso que debe usarse solo en último lugar. Es requisito indispensable la expresión de la voluntad de la madre de llevarlo a cabo.

Budismo

El budismo no contempla la existencia de un alma insuflada o creada por una divinidad, por lo que su doctrina no establece un tiempo concreto que aconseje o no el aborto. No obstante, la doctrina budista sí que observa una evolución del desarrollo embrionario y sus capacidades, por lo que observa una graduación[98]​ en la gravedad moral en el acto de abortar en función de la evolución de la consciencia en el no nacido. De manera general el budismo no condena con excesiva gravedad el aborto aunque señala las posibles graves consecuencias para la estabilidad emocional de la madre. En la práctica algunas comunidades budistas como la japonesa celebran ceremonias rituales (Mizuko kuyo) de reparación emocional para aquellas mujeres que han experimentado un aborto y así lo solicitan.

En una obligada investigación de las causas de las acciones que demanda el budismo a sus seguidores, en general se observa el contexto de la situación que puede empujar a una mujer a esta decisión. De manera que el aborto, aun siendo considerado una situación muy poco afortunada o que puede ser producto del aferramiento al deseo sensual, no llega a tener la misma consideración de gravedad que otras acciones. Por ejemplo, el budismo menciona numerosos ejemplos sobre la gravedad de acabar con la vida de un animal adulto como un perro, un elefante o un caballo. Pero no respecto a un aborto de cinco o seis semanas. No aparece pues una norma general en el budismo que enseñe una prohibición o aprobación en cualquier situación, sino que se tiende a observar cada caso y sus circunstancias.

Los países en donde la religión budista es mayoritaria (como Tailandia, Camboya o Japón) se aplican leyes de plazos y supuestos que permiten el aborto.[99]​ De entre todos ellos, el caso de mayor permisividad y despenalización es el japonés.

Hinduismo

Las creencias del mundo hinduista son variadas pero derivan casi todas ellas de sus antiguos textos sagrados, desde las doctrinales Upanishad hasta las leyendas de los Puranas. El hinduismo considera el aborto desde sus textos de una manera quizás más radical que otras religiones, al considerar que el alma humana está presente desde la misma concepción sin un debate de peso. La noción religiosa de no violencia hacia cualquier manifestación de la vida fue además subrayada en la era moderna por Mahatma Gandhi, el padre de la moderna nación india. Al lado de esto, varias escrituras religiosas como la Suetásuatara-upanishad afirman que las almas que deben reencarnar caen desde las nubes con la lluvia, entran en las legumbres, que cuando son consumidas por un varón se convierten en semen y pueden ser inyectadas en un vientre materno. El aborto se considera un mal karma, y la persona que lo cometa, al morir, deberá ser inyectada en una mujer que esté pensando en abortar.[100]

Bajo un esquema teológico complejo que contempla la reencarnación de las almas, tanto el cigoto, embrión o feto poseen alma ―esté ya desarrollada o no― y deben ser protegidos. Socialmente esta visión moral sigue siendo predominante y los diferentes cultos hinduistas y sus líderes[101]​ mantienen en mayoría esta visión, si bien al mismo tiempo consienten resignadamente cierta conciliación con los programas de planificación familiar así como con el aborto, sobre todo por la problemática social y de población existente.

Algunos textos hinduistas provenientes de la medicina tradicional (áiur-veda), como el Charaka-samjita, recomiendan dar preferencia a la vida de la madre que no a la del feto. Esto ha servido de punto de apoyo para que el gobierno indio permita a través de la ley MTP (Medical Termination of Pregnancy Act: ley de terminación médica del embarazo), de 1971, legislar el aborto en casos de violación, incesto o amenaza a la salud mental del madre. Es a través de este último supuesto que se realizan la mayoría de interrupciones del embarazo en India, que actualmente son muy numerosas.

La moralidad del aborto en la sociedad hindú es compleja. Los textos religiosos como los Vedas y los Puranas lo prohíben con claridad, aunque la filosofía hindú permite que sean sobreseídos de manera práctica; especialmente mediante el Ayurveda o medicina tradicional. El sistema de castas, la selección de sexo por motivos socioeconómicos, sobrepoblación y otros graves problemas, fuerzan una coexistencia que es vista de manera resignada pero no satisfactoria por la sociedad india.

Aspectos bioéticos

Desde un punto de vista bioético existe una clara división de opiniones:

  • Quienes sostienen posiciones antiabortistas basadas en argumentos que califican de científicos -sostienen que la vida humana existen desde la fecundación-[102]
  • Quienes sostienen posiciones proabortistas rechazando que el embrión sea una individuo o persona desde la fecundación, existiendo dentro de este grupo diversas posturas respecto al momento en el que puede considerarse que comienza a existir un ser humano.[103]
  • Quienes consideran que la posición sobre el aborto, ya sea proabortista o antiabortista, pertenece al ámbito de las creencias personales, ideológicas o religiosas ya queel momento en que un ser puede considerarse humano no puede establecerse mediante criterios científicos[104]

Por un lado, están quienes defienden que el embrión es una vida humana desde el momento de la fecundación, independientemente del grado de desarrollo y de la viabilidad del feto fuera del útero.[102]​ Estos sostienen:

Los cuerpos de la mujer y del embrión son distintos, pues el ADN del feto es diferente al de la madre, por lo que se considera un ser distinto, tal y como define la Genética ―al apuntar que la fecundación es el momento en que se constituye la identidad genética singular―; la biología celular ―que explica que los seres pluricelulares se constituyen a partir de una única célula inicial, el cigoto, en cuyo núcleo se encuentra la información genética (huella genética) que se conserva en todas las células y que es la que determina la diferenciación celular―, y la Embriología ―que describe el desarrollo embrionario y revela cómo se desenvuelve sin solución de continuidad―».[102]

Así, derivan en que independientemente de cuál sea el desarrollo del embrión, este debe ser protegido.

Por otro lado, están los que rechazan que el embrión sea una individuo o persona desde la fecundación, existiendo dentro de este grupo diversas posturas respecto al momento en el que puede considerarse que comienza a existir un ser humano. Por ejemplo, algunos científicos opinan que «el embrión de 12 semanas no es un individuo biológico, ni mucho menos una persona: carece de vida independiente, ya que es totalmente inviable fuera del útero. El desarrollo del cerebro está apenas en sus etapas iniciales, y no se han establecido las conexiones nerviosas que caracterizan al ser humano. El embrión, por tanto, no experimenta dolor ni ninguna otra percepción sensorial».[103]

Existe también la postura, dentro del colectivo científico, que niega el debate legal-filosófico, desde el punto de vista científico, y rechazan la «utilización ideológica y partidista de la ciencia [...] presentando como argumentos científicos lo que pertenece al ámbito de las creencias personales, ideológicas o religiosas», puesto que para ellos «el momento en que un ser puede considerarse humano no puede establecerse mediante criterios científicos, ya que el conocimiento científico puede clarificar características funcionales determinadas, pero no puede afirmar o negar si esas características confieren al embrión la condición de ser humano, tal y como se aplica a los individuos desarrollados de la especie humana».[104]

Según G. F. W. Hegel, en su: 'Fenomenología del espíritu' (trad. de W Roces, con colaboración de R Guerra, FCE, México, ISBN 978-968-16-0584-1, 2012, pag 17): -Si es cierto que el embrión es en si un ser humano, no lo es, si embargo, para sí; para sí el ser humano sólo lo es en cuanto razón cultivada que se ha hecho a sí misma lo que es en sí.

Recientemente se ha incorporado al debate bioético el concepto de "preembrión" con intención de diferenciar los primeros 14 días de desarrollo del nasciturus (‘el que ha de nacer’) del resto (es decir, durante la primera etapa de desarrollo prenatal). Aceptar el concepto de preembrión, suponiendo que este no es un individuo biológico distinto a la madre, llevaría a una recalificación bioética de las intervenciones durante los primeros 14 días, ya sea por su eliminación en el microaborto o por su manipulación durante la investigación sobre sus células pluripotenciales o células madre (stem cells) en laboratorios de ingeniería genética.

Por otro lado, están quienes consideran que «el término “preembrión” carece de fundamento científico y pretende justificar diferentes investigaciones en el embrión, sin que existan trabas éticas y legales».[105]​ El concepto de "preembrión" tiene su origen en las investigaciones llevadas a cabo con cerdos por el embriólogo Washington en 1927, quien estudió el fenómeno de la gemelación observando la placenta de cerdos hembra procedentes de mataderos. Después de mucho trabajo, no logró distinguir el proceso antes de los 20 días, y para no dejar la investigación detenida, propuso una hipótesis de trabajo y dibujó un esquema, que ha sido reelaborados varias veces, para completarlo de acuerdo con la imagen que nos dan los nuevos descubrimientos, pero que no ha sido contrastado empíricamente desde entonces. Los análisis de ADN[106]​ supondrían una prueba en su contra, puesto que el ADN del supuesto preembrión, el del embrión, y el del mismo individuo una vez adulto, son el mismo.

Aspectos sociales

El aborto inducido ha sido y es diversamente considerado en distintas sociedades: para algunos es un procedimiento más para la limitación de la progenie; para otros, es un atentado contra la vida de un ser humano no nacido.

El argumento esgrimido por los que rechazan el aborto ―autodenominados Provida―, es “que el embrión o feto, es un ser humano con derechos humanos, incluido el de nacer, crecer y tener una familia”. Mientras los que defienden la libre elección de la mujer ―y autodenominados Proelección― esgrimen el argumento de que “Toda mujer tiene derecho a la privacidad, a la salud y a la integridad física, por tanto debe escoger si tiene o no un aborto, más aún en situaciones extremas, como embarazo luego de una violación, malformación diagnosticada del feto o embrión o cuando peligra su vida”

Se estima que cada año 46 millones de mujeres recurren al aborto inducido para dar por terminado un embarazo no deseado. El tratamiento legislativo varía enormemente de un país a otro, pero actualmente el 62 % de la población mundial vive en 55 países donde el aborto inducido está permitido, mientras que el 25 % de la población mundial vive en países que lo prohíben y penalizan. La OMS estima que cada año ocurren 20 millones de abortos inducidos.

Mortandad debida al aborto en condiciones insalubres

La Organización Mundial de la Salud (OMS), señala que los abortos en condiciones sanitarias inadecuadas son una causa mayor de mortalidad femenina, con un total aproximado de 68.000 muertes al año en el mundo, lo que representa alrededor del 13 % de las 527.000 muertes maternas, es decir, por razones obstétricas.[107]​ Estudios publicados el año 2010 hablan de un número de muertes maternas alrededor de 343.000.[108]​ El porcentaje es muy desigual según las regiones, alcanzando hasta el 30 % de las muertes maternas en algunos países.[109]​ El riesgo es estadísticamente mayor donde el aborto en condiciones clínicas seguras no es accesible, ya sea por razones legales, sociales, económicas o de otro tipo.[110][111]​ Los abortos clandestinos, por tanto, generan un problema de salud pública, por el índice de muertes y por las consecuencias que tienen en la vida de las mujeres.

El aborto clandestino es inseguro porque no se da en condiciones que puedan garantizar una intervención óptima. Se recurre a personal no especializado. Se pone en riesgo la vida de la mujer. Las hemorragias y otras complicaciones del aborto incompleto son una de las causas de la mortalidad materna.[cita requerida]

En América Latina y el Caribe, 5000 mujeres mueren cada año debido a complicaciones relacionadas con abortos inseguros (más de la quinta parte del total de muertes maternas). Esta cifra corresponde al 21 % de las muertes maternas a nivel mundial.[cita requerida]

En 1996, la OPS (Organización Panamericana de la Salud) indicó que el aborto es la causa primordial de mortalidad materna en Chile, Guatemala, Panamá, Paraguay y Perú, la segunda causa de muerte en Costa Rica y la tercera causa de muerte en Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, El Salvador, Honduras, México y Nicaragua.[cita requerida]

De todas las mujeres que se someten a un aborto en condiciones de riesgo, un número aproximado de entre el 10 y el 50 % necesitan atención médica para el tratamiento de las complicaciones. Abortos incompletos, hemorragias y complicaciones infecciosas son algunos de los riesgos que corren las mujeres al no recibir un tratamiento médico adecuado con las condiciones necesarias para garantizar la vida y la salud.[cita requerida]

La OMS estima que el 13 % de las aproximadamente 600.000 muertes relacionadas con embarazos a nivel mundial son el resultado de la realización de abortos en condiciones de salubridad inseguras. La mortalidad por aborto inducido es de 0,2 a 1,2 por cada 100.000 abortos en países donde el aborto está permitido. En países donde el aborto está penalizado se encuentran 330 muertes por cada 100.000 abortos.[cita requerida]

Los abortos realizados en condiciones de riesgo ponen en peligro la vida de muchas mujeres, lo cual representa un problema de salud pública grave. La mayoría de estas muertes, los problemas de salud y las lesiones podrían prevenirse mediante un mayor y mejor acceso a servicios adecuados de atención en salud, incluyendo métodos seguros y efectivos de planificación familiar y atención obstétrica de urgencia.
IV Conferencia Mundial de la Mujer, 1995.[112]

Estos datos han servido de argumento a favor de la despenalización del aborto, es decir, a favor de que el aborto deje de ser considerado un delito y se legisle con consideraciones específicas para casos específicos.

Aborto selectivo de fetos femeninos en la actualidad

En la actualidad, en los países con mayores poblaciones del mundo (China[113]​ e India, donde está legalizado el aborto), la coincidencia de tres situaciones, a saber, los avances médicos que permiten determinar el sexo del futuro hijo, la situación de legalización del aborto y una 'preferencia cultural' por los hombres han hecho que el número de mujeres disminuya y que haya un mayor número de abortos de embriones y fetos femeninos. Particularmente en la India, los investigadores calculan que, de 1985 a 2005, 10 millones de posibles futuras mujeres han sido abortadas de manera selectiva.[114][115]

El censo del 2001 en la India reveló que “faltaban” cincuenta millones de mujeres, yendo en contravía a la tendencia mundial, en la que el número de mujeres supera ligeramente al de los hombres. Por otra parte, la aplicación de la política de un solo niño en China en 1979 incrementó la población masculina, pues los padres intentaban engañar y evitar la ley mediante el aborto preferencial o el abandono de las hijas no deseadas.[113][116]

En consecuencia, en la India está prohibido realizar ecografías o ultrasonidos para determinar el sexo del feto, pues, dado que el aborto es legal, muchas mujeres se ven obligadas a abortar si el feto es una niña porque, supuestamente,[117]​ “una hija no podrá cuidar de sus padres cuando envejezcan, porque será la causa del empobrecimiento de la familia al tener que pagar una dote en su boda, porque será considerada un huésped en su propia casa hasta el día en que la abandone para casarse, porque el prestigio de la madre y su posición en la familia solo se verán consolidados si el que nace es un varón, o porque se cree que solo los varones pueden realizar los ritos funerarios por sus padres”. El aborto e infanticidio selectivo hacia futuras mujeres podría tener una influencia en la relación hombres-mujeres, que se elevó de 117:100, según datos del 2002.[116]

Christophe Z. Guilmoto, demógrafo francés, ha dirigido un estudio en el que concluye que en Vietnam, como en buena parte del continente asiático, la tasa de niñas que nacen se ha reducido significativamente respecto de la de las niños, por obra de los abortos selectivos.[118]​ Según el mismo autor, el índice de masculinidad, sin embargo, también ha experimentado ascensos notables en países donde no existe el control de la natalidad como política de Estado. Es el caso de India (con una media de 113 y de 125 en el Panyab), Taiwán, Singapur, Pakistán o Bangladés. También en el sur del Cáucaso, en Armenia, en Georgia, en Azerbaiyán. De modo más débil, la tendencia también es visible en Albania y en Montenegro.[119]

En marzo de 2010, The Economist calificó, en su portada, a esta situación de generocidio.[120]

Aborto y derechos humanos

Desde el punto de vista de los derechos humanos, existen varios enfoques ético-filosóficos opuestos:

  • el que defiende el derecho a interrumpir el proceso vital del cigoto, del embrión o del feto en cualquier punto de ese proceso, es decir del futuro bebé. Desde este punto de vista, se otorga a la mujer embarazada del derecho a su propio hijo/s y por tanto a la elección de la maternidad, el cual prima sobre cualquier otro que se quiera otorgar a la gestación.
  • el que defiende el derecho a interrumpir el proceso vital solo hasta cierto desarrollo del mismo. Este punto de vista se apoya en una visión de "desarrollo por fases" del sujeto gestado. En este punto de vista no se observan derechos para el cigoto o el embrión, pero sí para el feto a partir de determinado punto de desarrollo que puede ser variable. Además, el derecho a la interrupción del embarazo de la embarazada se puede ampliar dependiendo de circunstancias adicionales, como la malformación del feto, violación o peligro para la vida de la madre.
  • El que defiende la no interrupción del proceso del cigoto, del embrión o del feto, sin importar su punto de desarrollo. Este punto de vista se basa en la consideración de que el sujeto del desarrollo es una "vida humana" merecedora de respeto. Bajo este punto de vista, la mujer embarazada no tiene derecho a terminar con la gestación interrumpiendo el proceso de embarazo en cualquier fase de desarrollo.

Los partidarios de la despenalización total sostienen una interpretación de los derechos humanos en donde prohibirlo atentaría contra los derechos fundamentales de las mujeres y contra los principios de justicia social. Además, se argumenta que la prohibición ocasiona que las mujeres puedan morir víctimas de un aborto clandestino mal realizado, en especial las que tienen menores recursos económicos o pertenecen a los sectores socioeconómicos más vulnerables.

Los opositores al aborto sostienen una interpretación de los derechos humanos en donde legalizarlo atentaría contra el derecho a la vida del nasciturus, que debería de primar sobre el derecho de elección de la madre. Por tanto, legalizar el aborto atentaría contra el derecho fundamental de todo ser humano al que se afirma como existente desde la misma fecundación del óvulo, y así contra los principios de justicia social. En esta interpretación se antepone al derecho de elección de la madre el derecho a la vida de un ser humano ya existente y que no tiene posibilidades de defensa. Para ellos, que consideran al embrión como vida humana,[102]​ el aborto es la principal causa de muerte en el mundo.[121][122][123][124]

Los partidarios de una graduación en la despenalización intentan conseguir diversos grados de conciliación entre el derecho de la madre y el derecho fundamental a la vida. Normalmente buscan apoyo en argumentos científicos sobre el desarrollo humano para desde los mismos evidenciar límites legales en la interrupción del proceso del embarazo según el número de semanas transcurridas desde la concepción.

En el último tiempo, algunos organismos de protección de derechos humanos han abogado por la despenalización del aborto al considerar que su prohibición viola los derechos humanos de las mujeres. Entre otros, se encuentran la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Corte Europea de Derechos Humanos, Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas (CDHNU), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y Amnistía Internacional (AI).

El sistema anglosajón, el sistema europeo-continental y el sistema internacional de protección de los derechos humanos, consideran que se violan los derechos fundamentales de las mujeres cuando se prohíbe de forma absoluta el aborto. El primer sistema desarrolla los derechos fundamentales de la mujer desde la perspectiva de su derecho a la intimidad y en relación con la idea de ‘viabilidad’. El modelo continental, a su vez, vincula el aborto con el derecho general a la libertad de la mujer, sea que se le especifique como libertad reproductiva o como un derecho a la autodeterminación. Finalmente, importantes ONGs internacionales, como Amnistía Internacional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Comité de Derecho Humanos de las Naciones Unidas y la Organización Mundial de la Salud, relacionan el problema del aborto con la violación del derecho de las mujeres a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes, es decir, con la prohibición general de la tortura.

Entre las instituciones que se oponen al aborto inducido por considerar que atenta contra el derecho a la vida del no nacido, se destaca la Iglesia Católica.

Posturas de diversos organismos

Amnistía Internacional respalda la despenalización del aborto para garantizar que las mujeres tengan acceso a servicios de salud cuando surgen complicaciones derivadas del aborto, y para defender el derecho de las mujeres al aborto ―dentro de los límites razonables que impone la gestación― cuando su vida o su salud corran peligro.[cita requerida]

Su postura ha sido cuestionada tanto por personas como por organizaciones tales como la Iglesia Católica, los cuales sostienen que, si Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte, no es congruente que acepte su aplicación a lo que entienden como un menor de edad inocente.

El problema, aquí, es el debate que se ha generado en cuanto a la definición de "menor de edad" y a la definición precisa del inicio de la vida y las definiciones de "individuo" y "persona" (véase el apartado Aspectos biológicos y médicos y Aspectos religiosos).

Posturas políticas y religiosas

No se puede hablar de una correlación entre tendencia política o religiosa y posición frente al aborto, pues hay partidarios y contrarios al aborto en todas las tendencias; tómese por ejemplo de lo dicho, la existencia de católicos a favor de la despenalización como la Red Latinoamericana de Católicas por el Derecho a Decidir,[125][126][127]​ grupos feministas y ateos provida, como Feminists for Life (Feministas por la Vida),[128]​ Mujeres contra el Aborto[129]​ y Atheists for Life (Ateos por la Vida),[130]​ o el movimiento Parlamentarios y Gobernantes por la Vida,[131]​ que integra a personas de diversas tendencias políticas, religiosas y culturales.

Aborto y literatura

El aborto inducido es el tema central de varias novelas, como El acontecimiento de Annie Ernaux[132]​ o Daniela Astor y la caja negra de Marta Sanz.[133]

Véase también

Aborto por países

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  132. José María Plaza, «Estremecedor relato de un aborto», El Mundo, 19 de junio de 2001
  133. Emma Rodríguez, «Marta Sanz, una mirada valiente sobre el aborto», Nueva Tribuna, 27 de diciembre de 2013.

Bibliografía

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  • Dworkin, Ronald. El dominio de la vida: una discusión acerca del aborto, la eutanasia y la libertad individual. 1994, Ariel. Madrid.
  • Cardeñosa Serrano, Rubén de (09/2004). No siempre lo legal es justo: Ley de despenalización "parcial" del aborto. Comercial Editora de Publicaciones, C.B. ISBN 84-7050-797-4; 978-84-7050-797-7. 
  • Ferrater Mora, José y Cohn, Priscilla (1988). Ética aplicada. Alianza Editorial, S.A. ISBN 84-7838-421-9. 
  • Singer, Peter (1995). Compendio de ética. Alianza Editorial, S.A. 
  • Tettamanzi, Dionigi (2002). Dizionario di bioetica. Casale Monferrato: Ediciones Piemme. ISBN 88-384-6521-5. 
  • Ponencia de Ignacio Carrasco de Paula sobre el embrión en la teología y en la doctrina de la Iglesia.
  • No más silencio (página sobre el síndrome post-aborto)

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