Ir al contenido

Diferencia entre revisiones de «Extinción de dominio en Colombia»

De Wikipedia, la enciclopedia libre
+wikificar
(Sin diferencias)

Revisión del 02:56 13 sep 2015

La extinción de dominio en Colombia es un mecanismo jurídico establecido por la Ley 1708 del 20 de enero del 2014, esta establece y permite el embargo de bienes privados que hayan sido utilizados o destinados para actividades ilícitas, para esto se debe llevar un debido proceso donde se analiza el afectado, la actividad ilícita de la cual se le este implicando y el bien mueble o inmueble que entraría en embargo. [1][2]

Antecedentes

Por medio de este recurso y de la mano con las autoridades Colombianas se ha implementado el restablecimiento a los derechos de las victimas, esto se da en el caso de un bien que ha sido usurpado por desplazamiento o algún tipo de amenaza, donde al hacerse efectiva la extinción de dominio se le permitiría al legitimo dueño su restablecimiento o por medio del aprovechamiento de esta o su venta, dar una reparación a las victimas directamente afectadas por las organizaciones criminales. [3]

Causales

Serán dispuestos a una extinción de dominio los bienes que se encuentren ligados a alguna de las siguientes circunstancias:

  • Bienes que sean directa o indirectamente producto de una actividad ilícita.
  • Propiedades que hayan sido utilizadas como medio o instrumento dentro de una actividad ilícita.
  • Las que hayan sido transformadas o renovadas con ganancias de actividades ilícitas.
  • Las que hayan sido utilizadas para esconder bienes, productos o ganancias de actividades ilícitas.

Referencias