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Diferencia entre revisiones de «Discusión:Asentamiento israelí/Archivo 1»

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: Por favor, ahórranos tus ''percepciones'' y tus ''evidencias'': el artículo dice inequívocamente que esos territorios están "integrados" (de ahí que los veas formar parte de la división administrativa de Israel), pero no "anexionados", algo que la ley israelí evita en este caso ya que tiene un significado jurídico particular. Esa distinción es necesaria en un artículo enciclopédico. Nos permite, por ejemplo, distinguir el estatus del Golán del de Jerusalén Este, también conquistada en 1967, pero que en ese último caso sí está anexionada jurídicamente al Estado de Israel. [[Usuario:Yonderboy|Yonderboy]] (''[[Usuario Discusión:Yonderboy|discusión]]'') 19:32 4 jun 2007 (CEST)
: Por favor, ahórranos tus ''percepciones'' y tus ''evidencias'': el artículo dice inequívocamente que esos territorios están "integrados" (de ahí que los veas formar parte de la división administrativa de Israel), pero no "anexionados", algo que la ley israelí evita en este caso ya que tiene un significado jurídico particular. Esa distinción es necesaria en un artículo enciclopédico. Nos permite, por ejemplo, distinguir el estatus del Golán del de Jerusalén Este, también conquistada en 1967, pero que en ese último caso sí está anexionada jurídicamente al Estado de Israel. [[Usuario:Yonderboy|Yonderboy]] (''[[Usuario Discusión:Yonderboy|discusión]]'') 19:32 4 jun 2007 (CEST)


Avalas lo que yo digo: una distinción entre anexión ''de facto'' y ''de iure''. --[[Usuario:Mikemoore|Mikemoore]] 00:14 5 jun 2007 (CEST)
Avalas lo que yo digo: una distinción entre anexión ''de facto'' ([[Altos del Golán]]) y ''de iure'' ([[Jerusalén]]). --[[Usuario:Mikemoore|Mikemoore]] 00:14 5 jun 2007 (CEST)


: No avalo nada: me limito a corroborar la redacción actual, que es perfectamente correcta. El resto son devaneos por tu parte. [[Usuario:Yonderboy|Yonderboy]] (''[[Usuario Discusión:Yonderboy|discusión]]'') 02:12 5 jun 2007 (CEST)
: No avalo nada: me limito a corroborar la redacción actual, que es perfectamente correcta. El resto son devaneos por tu parte. [[Usuario:Yonderboy|Yonderboy]] (''[[Usuario Discusión:Yonderboy|discusión]]'') 02:12 5 jun 2007 (CEST)


El texto sigue estrictamente la versión israelí, que siempre ha negado la anexión ''de iure''. Pero lo neutral es decir que ha habido una anexión ''de facto'': eso es precisamente la integración en la estructura administrativa israelí.--[[Usuario:Mikemoore|Mikemoore]] 07:36 5 jun 2007 (CEST)
El texto sigue únicamente la versión israelí, que siempre ha negado la anexión ''de iure''. Pero lo neutral es decir que ha habido una anexión ''de facto'': eso es precisamente la integración en la estructura administrativa israelí.--[[Usuario:Mikemoore|Mikemoore]] 07:36 5 jun 2007 (CEST)


: La integración administrativa es integración administrativa, una medida administrativa, no de ''facto'', que se menciona en el artículo. Si eso es o no ''anexión de facto'' no nos corresponde a nosotros afirmarlo o inferirlo. Como siempre, hay que aportar fuentes que avalen las opiniones o juicios. [[Usuario:Yonderboy|Yonderboy]] (''[[Usuario Discusión:Yonderboy|discusión]]'') 11:04 5 jun 2007 (CEST)
: La integración administrativa es integración administrativa, una medida administrativa, no de ''facto'', que se menciona en el artículo. Si eso es o no ''anexión de facto'' no nos corresponde a nosotros afirmarlo o inferirlo. Como siempre, hay que aportar fuentes que avalen las opiniones o juicios. [[Usuario:Yonderboy|Yonderboy]] (''[[Usuario Discusión:Yonderboy|discusión]]'') 11:04 5 jun 2007 (CEST)

No se puede seguir al pie de la letra sólo las afirmaciones israelíes, sobre todo cuando son muy discutibles. ¿Alguien haría lo mismo en el caso de [[Irán]] o de [[Hugo Chávez]]? No se puede dar por buena porque sí cualquier afirmación. No se puede ser, acríticamente, el altavoz de nadie. En este caso concreto habría, creo yo, que decir simplemente que la integración en la estructura administrativa israelí equivale a una anexión ''de facto'', y que los israelíes niegan cualquier mención al término anexión, ya sea ''de facto'' o ''de iure''. Eso es más o menos lo que se dice en el artículo sobre los [[Altos del Golán]]. --[[Usuario:Mikemoore|Mikemoore]] 10:30 10 jun 2007 (CEST)

Revisión del 08:30 10 jun 2007

Plantilla:Wikiproyecto Israel

Altos del Golán

Por favor, no juguemos con las palabras. Los Altos del Golán no han sido anexionados de iure por Israel, pero es evidente que sí de facto. No hay más que ver el mapa del Distrito Norte de Israel.--Mikemoore 01:18 4 jun 2007 (CEST)

Por favor, ahórranos tus percepciones y tus evidencias: el artículo dice inequívocamente que esos territorios están "integrados" (de ahí que los veas formar parte de la división administrativa de Israel), pero no "anexionados", algo que la ley israelí evita en este caso ya que tiene un significado jurídico particular. Esa distinción es necesaria en un artículo enciclopédico. Nos permite, por ejemplo, distinguir el estatus del Golán del de Jerusalén Este, también conquistada en 1967, pero que en ese último caso sí está anexionada jurídicamente al Estado de Israel. Yonderboy (discusión) 19:32 4 jun 2007 (CEST)

Avalas lo que yo digo: una distinción entre anexión de facto (Altos del Golán) y de iure (Jerusalén). --Mikemoore 00:14 5 jun 2007 (CEST)

No avalo nada: me limito a corroborar la redacción actual, que es perfectamente correcta. El resto son devaneos por tu parte. Yonderboy (discusión) 02:12 5 jun 2007 (CEST)

El texto sigue únicamente la versión israelí, que siempre ha negado la anexión de iure. Pero lo neutral es decir que ha habido una anexión de facto: eso es precisamente la integración en la estructura administrativa israelí.--Mikemoore 07:36 5 jun 2007 (CEST)

La integración administrativa es integración administrativa, una medida administrativa, no de facto, que se menciona en el artículo. Si eso es o no anexión de facto no nos corresponde a nosotros afirmarlo o inferirlo. Como siempre, hay que aportar fuentes que avalen las opiniones o juicios. Yonderboy (discusión) 11:04 5 jun 2007 (CEST)

No se puede seguir al pie de la letra sólo las afirmaciones israelíes, sobre todo cuando son muy discutibles. ¿Alguien haría lo mismo en el caso de Irán o de Hugo Chávez? No se puede dar por buena porque sí cualquier afirmación. No se puede ser, acríticamente, el altavoz de nadie. En este caso concreto habría, creo yo, que decir simplemente que la integración en la estructura administrativa israelí equivale a una anexión de facto, y que los israelíes niegan cualquier mención al término anexión, ya sea de facto o de iure. Eso es más o menos lo que se dice en el artículo sobre los Altos del Golán. --Mikemoore 10:30 10 jun 2007 (CEST)