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Agencia estatal (España)

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La Agencia Estatal es un tipo de Organismo público de la Administración Pública de España,[1]​dotado de personalidad jurídico-pública propia y creado por el Gobierno para el cumplimiento de los programas correspondientes a las políticas públicas que desarrolle la Administración General del Estado. Las Agencias gozan de potestad administrativa y patrimonio propio, siguiendo los principios de autonomía de gestión, autonomía funcional, responsabilidad por su gestión, y control de resultados[2]​sin perjuicio de su dependencia respecto a un Departamento Ministerial, que ejerce su dirección estratégica y evaluación de su actividad.[3]​ Permite incorporar a la Administración General del Estado una fórmula organizativa dotada de mayor autonomía y de flexibilidad en la gestión.

Ejemplos

Referencias

  • LAE: Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos.
  • LOFAGE: Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
  1. Art. 43.1 LOFAGE
  2. Art. 2.1 LAE
  3. Art. 43.2 LOFAGE