Ir al contenido

Legislador negativo

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Esta es una versión antigua de esta página, editada a las 09:51 15 jun 2007 por Filipo (discusión · contribs.). La dirección URL es un enlace permanente a esta versión, que puede ser diferente de la versión actual.
(difs.) ← Revisión anterior · Ver revisión actual (difs.) · Revisión siguiente → (difs.)

Un legislador negativo es un concepto derivado del Derecho constitucional que hace referencia a un órgano que, si bien no tiene poder para promulgar una ley, sí que tiene capacidad para derogarla.

El término se suele aplicar al caso del Tribunal Constitucional o de aquel órgano en un país con capacidad de revisar la actuación del poder legislativo y su adecuación a la Constitución. El motivo es que ese órgano no puede promulgar leyes pero, en el caso de que entienda que una de las promulgadas vulnera lo dispuesto en la Constitución, tiene poder para derogarla total o parcialmente.