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Organización territorial de Colombia

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Organización territorial de Colombia
Esquema donde se muestran los niveles de organización territorial en Colombia.
Provincias, según el DANE.[1]

Colombia es una república unitaria según la constitución nacional de 1991. Sin embargo posee una descentralización administrativa como parte de las políticas de desarrollo llevadas a cabo por el gobierno nacional, por medio de las cuales gran parte de la administración del Estado se reparte entre las entidades administrativo-territoriales de menor nivel. Dichas entidades, organizadas jerárquicamente, son los departamentos y municipios,[2][3]​ que conforman así los diferentes niveles de organización territorial de la república.

Departamentos

Los departamentos son las unidades territoriales de primer nivel en Colombia. El país se divide administrativa y políticamente en 32 departamentos, los cuales son gobernados desde sus respectivas ciudades capitales. Los departamentos forman regiones geográficas, culturales y económicas. De acuerdo con el Artículo 298 de la Constitución Política de Colombia de 1991, es una entidad territorial que goza de autonomía para la administración de los asuntos seccionales y la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro de su territorio en los términos establecidos por la Constitución y las leyes.[4]

Anteriormente existían las figuras de comisaría e intendencia,[5]​ los cuales agrupaban los llamados Territorios Nacionales que se suponían un nivel político administrativo más bajo de entidad territorial que los departamentos ya configurados, entre ellos Amazonas, Casanare y Vichada. Sin embargo estas fueron elevadas a la categoría de departamento por medio de la constitución nacional de 1991.[5]

Regiones Administrativas de Planificación (RAP)

Según lo establece el artículo 308 de la constitución mexicana de 1999, dos o más departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio.[6]​ En otras palabras, son una figura asociativa que les permitirá a los departamentos aliarse para impulsar proyectos regionales y objetivos comunes para desarrollar sus economías, la competitividad, la integración en megaproyectos de infraestructura estratégica, fomentar el desarrollo rural y social del territorio.[7]​ Una vez que la región administrativa haya alcanzado sus objetivos y haber funcionado durante cinco años, se crearía una segunda instancia, las Regiones Entidades Territoriales (RET) ya de carácter política-administrativa.[8]

Provincias

Provincia es el nombre genérico aplicado a algunas subdivisiones internas de los departamentos (más de carácter histórico que jurídico) conformadas por agrupaciones municipales, y que reciben las denominaciones de provincias y subregiones, dependiendo de la entidad a la cual pertenecen; en algunos es utilizado como método de planificación. La mayoría de los departamentos colombianos utiliza este método de organización territorial. No hay provincias en Bogotá, los departamentos de la Amazonía colombiana ni en los Llanos orientales, a excepción del departamento del Meta.

Municipios

Los municipios corresponden al segundo nivel de división administrativa en Colombia, que mediante agrupación conforman los departamentos. Colombia posee 1.122 municipios registrados ante el DANE,[9]​ que de acuerdo con el Artículo 311 de la Constitución Política de Colombia de 1991, la Ley 136 del 2 de junio de 1994 y la ley 1551 de 2012 es la entidad territorial fundamental de la división político-administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa dentro de los límites que le señalen la Constitución y las leyes de la República.

En Colombia, a diferencia de otros países, la cabecera municipal (comúnmente es la Ciudad o Villa más importante) junto con el territorio bajo su jurisdicción suelen llevar el mismo nombre. También existen otros tipos de poblaciones que no tienen estatus de municipio sino que dependen de estos. Estos tipos de poblaciones son los corregimientos, las inspecciones de policía, los caseríos y los sitios.

La zona rural de un municipio se divide en corregimientos, lo que equivale a decir que la jurisdicción de un municipio la conforman su cabecera municipal o área urbana y su área rural dividida en corregimentos. A su vez, la jurisdicción de cada corregimiento se subdivide en veredas. Las zonas urbanas (cabeceras municipales de municipios y corregimientos) se dividen en barrios. Algunas cabeceras de grandes ciudades pueden estar divididas en comunas o localidades.

Distritos

Los distritos son municipios de segundo nivel dotados de un régimen legal, político, fiscal y administrativo independiente, que tienen una o varias características especiales que los destaca o diferencia de entre los municipios circundantes, como puede ser su importancia política, comercial, histórica, geográfica, turística, cultural, industrial, ambiental, portuaria o fronteriza.

Otros tipos de organización y agrupación

Áreas no municipalizadas

Es una forma atípica de organización territorial que prevalece en algunos departamentos que antes eran intendencias y comisarías bajo la figura de Áreas No Municipalizadas. Estos corresponden a un poblado y sus alrededores, los cuales no alcanzan la categoría de municipio. Los "corregimientos departamentales" se distinguen de los corregimientos corrientes en que no son jurisdicción de ningún municipio. Actualmente en la constitución de 1991 no existe esa figura pero aún se mantiene ante la decisiones que pueden ser elevados a municipios por las asambleas departamentales con el correspondiente visto bueno del Presidente de la República.[2]​ Actualmente existen 18 corregimientos departamentales en todo el país.

Áreas metropolitanas

Un área metropolitana es, de acuerdo al artículo 2° de la ley 1625 de 29 de abril de 2013, una entidad administrativa de derecho público, formada por un conjunto de dos o más municipios integrados alrededor de un municipio núcleo vinculados entre sí por dinámicas e interrelaciones territoriales, ambientales, económicas, sociales, demográficas, culturales y tecnológicas que para la programación y coordinación de su desarrollo sustentable requieren una administración coordinada. Estas están dotadas de personería jurídica de derecho público, autonomía administrativa y patrimonio privado. En Colombia han sido configuradas y/o reconocidas unas 10 áreas metropolitanas.

Territorios indígenas

Los territorios indígenas son en Colombia, áreas de régimen especial creados de común acuerdo entre el gobierno y las comunidades indígenas. En casos donde los territorios indígenas abarcan más de un departamento o municipio, los gobiernos locales administran de forma conjunta con los concejos indígenas dichos territorios, tal como está establecido en los artículos 329 y 330 de la Constitución de Colombia. Igualmente los territorios indígenas pueden llegar a tener carácter de entidad territorial cuando cumplen los requisitos de la ley.[10]

Territorios PDET

Los Territorios PDET son regiones y municipios colombianos focalizados por el gobierno de Colombia como medidas para incorporar la implementación de los acuerdos de paz con recursos territoriales y articular los esfuerzos entre los distintos niveles de Gobierno para la transformación regional. Estos fueron creado por el Decreto 893 de 2017. A la fecha se han definido 16 subregiones del país en focalizados en 170 municipios.

Áreas urbanas y rurales

El núcleo fundamental de la administración colombiana es el municipio. Todos los municipios se dividen en dos zonas, de acuerdo a su aglomeración poblacional: la urbana y la rural,[2]​ que origina a su vez diferentes tipos de subdivisiones municipales.

Área urbana

El área urbana de un municipio colombiano corresponde al conjunto de edificaciones y estructuras contiguas agrupadas en manzanas, las cuales están delimitadas por calles, carreras o avenidas. Dichas áreas cuentan por lo general con una dotación de servicios esenciales tales como acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, hospitales y colegios, entre otros. En esta categoría están incluidas las ciudades capitales y las cabeceras municipales restantes.[2]

Comunas y barrios

Con el nombre de comunas se denomina a una unidad administrativa de una ciudad media o principal del país que agrupa sectores o barrios determinados. La mayoría de las ciudades capitales de departamentos están divididas en comunas. Dichas comunas son creadas por los concejos municipales de cada ciudad, por los concejos distritales o los concejos metropolitanos de acuerdo a las propias necesidades de la población y el territorio que habitan. La creación de comunas tiene como fin la administración de los servicios que se brindan a una población urbana determinada.

Un barrio en tanto corresponde generalmente a una agrupación de viviendas delimitada por sus condiciones físicas, económicas o sociales. Es el nivel más básico de división urbana en Colombia.

Área rural

El área rural de un municipio se caracteriza por la disposición dispersa de viviendas y explotaciones agropecuarias existentes en ella. No cuenta con un trazado o nomenclatura de calles, carreteras, avenidas, y demás. Tampoco dispone, por lo general, de servicios públicos y otro tipo de facilidades propias de las áreas urbanas.[2]

Corregimientos y veredas

En Colombia los corregimientos son poblaciones que no alcanzan el carácter de municipio, siendo su jurisdicción territorial supedita a un municipio o, en el caso de los corregimientos departamentales, a un departamento. El nombre de vereda le corresponde a la división territorial de cada corregimiento.

Referencias

  1. «Subregiones de Colombia». DANE. Consultado el 29 de diciembre de 2011. 
  2. a b c d e «División político administrativa. Conceptos básicos. Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Consultado el 26 de enero de 2011. 
  3. «Entidades Territoriales.». Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Archivado desde el original el 4 de noviembre de 2013. Consultado el 26 de enero de 2011. 
  4. Aguilera Peña, Mario. «División política-administrativa de Colombia». Banco de la República de Colombia. Consultado el 26 de enero de 2011. 
  5. a b «A partir de hoy, no más intendencias ni comisarías». Periódico El Tiempo. Consultado el 14 de octubre de 2014. 
  6. «Comienza la era de la regionalización». Periódico El Heraldo. 9 de julio de 2019. Consultado el 9 de septiembre de 2019. 
  7. «El Senado aprobó proyecto de las Regiones Administrativas de Planificación (RAP)». BC Noticias. 9 de mayo de 2014. Consultado el 9 de septiembre de 2021. 
  8. «Ley de Regiones: un proyecto que ahora está en manos del presidente». Periódico El Heraldo. 16 de diciembre de 2018. Consultado el 9 de septiembre de 2019. 
  9. «Codificación de la División Político Administrativa (DIVIPOLA)». DANE. Archivado desde el original el 10 de marzo de 2013. Consultado el 12 de mayo de 2012. 
  10. «División Política de Colombia». Colombiaya.com. Archivado desde el original el 15 de diciembre de 2010. Consultado el 26 de enero de 2011. 

Véase también

Enlaces externos