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Mandamientos de la Iglesia católica

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Entre los preceptos de la Iglesia católica se incluye la guarda de ayuno y abstinencia en Viernes Santo, día en que se oficia la celebración de la Pasión del Señor.

Los Mandamientos de la Santa Madre Iglesia son las principales obligaciones de un católico respecto de su vida de sacramentos y la estructura eclesial. En un sentido amplio, se puede entender por tales a todas las leyes eclesiásticas; pero en un sentido más estricto y teológico se consideran mandamientos de la Iglesia «aquellos preceptos eclesiásticos que obligan a todos los fieles cristianos y que fueron dictados para mejor guardar los divinos».

  1. Oír misa entera todos los domingos y fiestas de guardar.
    Los días santos de la custodia o precepto que pueden no sean en el domingo son diez:[1][Nota 1]
    1 de enero - Solemnidad de Santa María, Madre de Dios;
    6 de enero - Epifanía del Señor;
    19 de marzo - Solemnidad de San José;
    Ascensión de Jesús (fecha variable - jueves de la sexta semana de Pascua);
    Corpus Christi (primer jueves después el domingo de la Santísima Trinidad);
    29 de junio - Solemnidad de los Apóstoles San Pedro y San Pablo;
    15 de agosto - Solemnidad de la Asunción de la Virgen María;
    1 de noviembre - Solemnidad de todos los santos;
    8 de diciembre - Solemnidad de la Inmaculada Concepción de la Virgen María;
    25 de diciembre - Navidad.

Normalmente cuando se omite el precepto de la Epifanía, esta festividad se traslada al Domingo posterior a la Solemnidad de Santa María, Madre de Dios. Cuando se omite el precepto de la Ascensión del Señor o del Corpus Christi, dichas celebraciones se trasladan al Domingo siguiente.

  1. Confesar los pecados mortales al menos una vez cada año, y en peligro de muerte, y si se ha de comulgar.
  2. Comulgar al menos por Pascua de Resurrección.
  3. Ayunar y abstenerse de comer carne cuando lo manda la Iglesia.
    Días de ayuno: Miércoles de Ceniza y Viernes Santo.[2]
    Días de abstinencia de carne o cualquier otro alimento determinado por la Conferencia Episcopal: todos los viernes, sobre todo Cuaresma, a menos que una solemnidad es un viernes.[2]
  4. Ayudar a la Iglesia en sus necesidades.

Preceptos en diferentes países

Alemania

Argentina

Australia

Austria

Bélgica

Bolivia

Brasil

Canadá

Chile

China

China Continental, Hong Kong y Taiwán

Macao

Chipre

Colombia

Costa Rica

Croacia

Cuba

Ecuador

El Salvador

Eslovaquia

Eslovenia

Escocia

España

Estados Unidos

Filipinas

Francia

Grecia

Guatemala

Guinea Ecuatorial

Haití

Holanda

Honduras

Hungría

Inglaterra y Gales

Irlanda

Incluye toda la isla de Irlanda, tanto la República de Irlanda como Irlanda del Norte

Islandia

Italia

En la Diócesis de Roma también se observa como Día de precepto San Pedro y San Pablo, pero no en el resto de Italia

Japón

Jordania

Líbano

Liechtenstein

Malta

México

Nicaragua

Palestina

Incluye toda la Palestina histórica

Panamá

Paraguay

Perú

Polonia

Portugal

República Dominicana

Santa Sede

Suecia

Sudáfrica

Suiza

Turquía

Uruguay

Venezuela

Véase también

Notas

  1. Sin embargo, no todos los países y Diócesis celebran y guardan estos diez días de precepto, porque, "con la previa aprobación de la Sede Apostólica, […] la Conferencia Episcopal puede suprimir algunas de las fiestas santas de precepto o transferirlas a un domingo".[1]​ Además de estos diez días, hay otras festividades y ceremonias (por ejemplo, Pascua, Pentecostés, etc.) que son los días de precepto, pero caen siempre en domingo, que ya es el día semanal de precepto obligatorio

Referencias