Ir al contenido

Agencia estatal (España)

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Esta es una versión antigua de esta página, editada a las 23:17 30 dic 2021 por TheRichic (discusión · contribs.). La dirección URL es un enlace permanente a esta versión, que puede ser diferente de la versión actual.

La agencia estatal es un tipo de organismo público de la Administración Pública de España dotado de personalidad jurídico-pública propia. Fueron creadas por el Gobierno con la Ley 28/2006 para el cumplimiento de los programas correspondientes a las políticas públicas que desarrolle la Administración General del Estado,[1][2]​ y legalmente suprimidas por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, en vigor desde el 2 de octubre de 2016. Sin embargo, en la práctica, las agencias estatales nunca desaparecieron y fueron legalmente habilitadas de nuevo por la ley de presupuestos generales del Estado para el año 2021.[3]

Las Agencias gozan de potestad administrativa y patrimonio propio, siguiendo los principios de autonomía de gestión, autonomía funcional, responsabilidad por su gestión, y control de resultados[4]​sin perjuicio de su dependencia respecto a un Departamento Ministerial, que ejerce su dirección estratégica y evaluación de su actividad.[5]​ Permite incorporar a la Administración General del Estado una fórmula organizativa dotada de mayor autonomía y de flexibilidad en la gestión.

La creación de Agencias Estatales requiere autorización por Ley y se produce con la aprobación de su Estatuto por Real Decreto acordado en Consejo de Ministros y adoptado a propuesta conjunta de los Ministerios de Administraciones Públicas y Economía y Hacienda.

Las resoluciones del Consejo Rector y del Director de la Agencia ponen fin la vía administrativa.

Ejemplos

Véase también

Referencias

Notas