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Usuario:GiraffeNotebook98/Taller

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Gutiérrez Navas y otros Vs. Honduras
Tribunal Corte Interamericana de Derechos Humanos
Fecha Caso Ingresado el 25 de noviembre del 2021
Sentencia pendiente
Jueces
  • Ricardo Pérez Manrique (presidente)
  • Rodrigo de Bittencourt Mudrovitsch (Vicepresidente)
  • Patricia Pérez Goldberg
  • Verónica Gómez
  • Nancy Hernández López
  • Humberto Sierra Porto
  • Eduardo Ferrer Mac-Gregor
  • Pablo Saavedra Alessandri (secretario)
  • Palabras clave

    El Caso Gutiérrez Navas y otros Vs. Honduras es un caso de pendiente sentencia desarrollándose ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos ingresado el 25 de noviembre del 2021, sobre la responsabilidad del Estado de Honduras por la destitución arbitraria e indebida de los magistrados José Antonio Gutiérrez Navas, Rosalinda Cruz Sequeira, José Francisco Ruiz Gaekel y Gustavo Enrique Bustillo Palma de la Corte Suprema de Justicia efectuada por el Congreso Nacional en el año 2012.

    El caso queda de pendiente sentencia, con los alegatos finales escritos recibidos el 6 de marzo del 2023[1]​.

    Hechos y antecedentes

    Relación de poder entre el poder Judicial y Legislativo de Honduras

    La Constitución hondureña define la relación de poder entre el Congreso Nacional y el Poder Judicial (Corte Suprema de Justicia).

    El artículo 4 de la constitución establece a los tres poderes del Estado y fija su independencia y compatibilidad.

    El artículo 205 de la constitución de Honduras establece las distintas funciones del Congreso Nacional, entre ellas la de elegir a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, aprobar o improbar la conducta del Poder Judicial y nombrar comisiones de investigación.

    El artículo 314 establece el período de 7 años en el que los magistrados cumplirán sus funciones, solo autorizando una finalización temprana de este en los casos de "muerte, incapacidad que le impida el desempeño del cargo, sustitución por causas legales o de renuncia".

    La constitución no fija un proceso específico para destituir a un magistrado de la Corte Suprema, ni establece las causales bajo las cuales el Congreso puede iniciar esta destitución.

    Las decisiones de la sala constitucional

    El 26 de enero del 2009, el Congreso Nacional nombró a los magistrados de la Sala Constitucional, siendo: José Francisco Ruiz Gaekel, José Antonio Gutiérrez Navas, Gustavo Enrique Bustillo Palma y Rosalinda Cruz Sequeira, esto para el período que comprende desde el año 2009 hasta el 2016.

    Desde finales del Golpe de Estado del año 2009 y durante el primer período presidencial de Porfirio Lobo Sosa, la Sala de lo Constitucional declaró la inconstitucionalidad de varias leyes respaldadas por el gobierno y aprobadas por el Congreso Nacional, incluyendo:

    • El Decreto Legislativo 108-11 (conocida como la "Ley del 1%"), por autorizar cobros de impuestos retroactivos y confiscatorios[2]
    • La Ley Marco de la Iglesia Evangélica en Honduras, por infringir los derechos constitucionales relacionados a la libertad de culto y por entrometer al Estado en la libertad de consciencia de los particulares[3]
    • La Ley de Ciudades Modelo, por perjudicar la soberanía, el territorio, la forma de Estado Unitario y la Forma de Gobierno, al establecer dentro del territorio nacional, zonas fuera de la jurisdicción del Estado[4]

    En respuesta a estos fallos, el Presidente Porfirio Lobo Sosa hizo distintas manifestaciones en contra de los magistrados, alegando que estaban "haciendo un grave daño al país"[5]​, mientras partidarios del Presidente Lobo en el congreso, como el Gerente Legislativo Eval Díaz, que acusó a la sala de tomar decisiones politizadas[6]​. Porfirio Lobo llegó a incluso proponer la instalación de un órgano constitucional superior a la Corte Suprema, con facultad para revisar las decisiones emitidas por esta[7]

    Destitución

    El 25 de mayo del 2012, el Congreso Nacional aprobó la Ley de Depuración Policial, la cual tenía un plazo temporal expirando en noviembre del 2012. Poco después de que la vigencia de la ley expirara (en noviembre del mismo año), se interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante la Sala de lo Constitucional, donde los 4 magistrados peticionarios votaron por la inconstitucionalidad de la ley, mientras otro manifestó voto disidente. Como faltaba unanimidad en la decisión, se necesitaba convocar al pleno de la Corte Suprema (es decir, que todos los magistrados de toda la sala se reunieran) para decidir sobre la inconstitucionalidad.

    En el proceso, el Presidente Porfirio Lobo Sosa emitió varias declaraciones señalando a los magistrados, acusándoles de "estar del lado de los delincuentes"[8]​. En respuesta, la Corte Suprema de Justicia emitió un comunicado en diciembre, recordándole al Presidente sobre la facultad que tiene la sala de lo constitucional para interpretar la constitución en el control de las leyes, y la independencia que le corresponde a este poder del Estado[5]​.

    El 20 de noviembre del 2018, el diputado del Partido Nacional, Rodolfo Zelaya, solicitó mediante iniciativa la apertura de una investigación administrativa contra los magistrados que conforman la Corte Suprema, investigación aprobada el 10 de diciembre del 2012[9]​.

    La investigación sería llevada a cabo por una comisión conformada por 4 diputados del Partido Nacional de Honduras, 2 del Partido Liberal de Honduras, 1 de la Unificación Democrática (en aquel entonces aliado con el Partido Nacional) y 1 del Partido Demócrata Cristiano.

    El 11 de diciembre del 2012, la comisión emitió su dictamen, habiendo encontrado que: la sala de lo constitucional incurrió en varias irregularidades al evacuar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley de Depuración Policial. El Congreso aprobó el informe, e inmediatamente se presentó una moción solicitando la destitución de los magistrados denominados como responsables de participar en una conducta "contraria al interés público", siendo: José Antonio Gutiérrez Navas, Rosalinda Cruz Sequeira, José Francisco Ruiz Gaekel y Gustavo Enrique Bustillo[5]​.

    El Congreso Nacional se fundamentó en la facultad que tiene para "improbar la conducta administrativa de los altos funcionarios judiciales" y la de "nombrar comisiones para la investigación de temas de interés nacional", como causal suficiente para destituir a los magistrados. Poco después de la destitución, se formó una Junta Nominadora para la Corte Suprema de Justicia, la cual sometió al Congreso una lista de candidatos para el reemplazo. Para el 18 de diciembre del 2012, el Congreso Nacional reemplazó a los magistrados destituidos con los abogados: Silvia Trinidad Santos, Víctor Manuel Lozano Urbina, German Vicente García García y José Elmer Lizardo Carranza[10]

    1. Corte Interamericana de Derechos Humanos (6 de marzo de 2023). «CASO GUTIÉRREZ NAVAS Y OTROS VS. HONDURAS». 
    2. cronologia/-/meta/redaccion-el-heraldo. «Corte Suprema de Justicia declara inconstitucional el cobro retroactivo del 1% del ISR». www.elheraldo.hn. Consultado el 26 de enero de 2024. 
    3. cronologia/-/meta/redaccion-el-heraldo. «Derogada la Ley Evangélica en Honduras». www.elheraldo.hn. Consultado el 26 de enero de 2024. 
    4. cronologia/-/meta/redaccion-el-heraldo. «Inconstitucional decreto de 'ciudades modelo'». www.elheraldo.hn. Consultado el 26 de enero de 2024. 
    5. a b c CIDH. Informe No. 74/21. Caso 13.638. Fondo. José Antonio Gutiérrez Navas y otros. Honduras. 16 de abril de 2021. https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/corte/2021/hn_13.638_es.pdf
    6. cronologia/-/meta/redaccion-el-heraldo. «Politizan tema de 'ciudades modelo” en Honduras». www.elheraldo.hn. Consultado el 26 de enero de 2024. 
    7. Espinal, Marvin (4 de marzo de 2012). «Presidente Lobo propone un órgano por encima de la Corte Suprema de Justicia». 
    8. cronologia/-/meta/redaccion-web. «Lobo arremete contra la Corte: ¿De qué lado están?, dice». www.laprensa.hn. Consultado el 31 de enero de 2024. 
    9. «El Congreso aprueba moción para investigar administrativamente a magistrados de la Corte Suprema | Proceso Digital». 10 de diciembre de 2012. Consultado el 31 de enero de 2024. 
    10. «DECRETO No. 191-2012». LA GACETA: DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE HONDURAS. 18 de diciembre de 2012. Consultado el 31 de enero de 2024.