Impuesto al valor agregado
El impuesto al valor agregado en la mayoría de los países de Hispanoamérica o impuesto sobre el valor añadido en España. Es aplicado en muchos países, y generalizado en la Unión Europea. Generalmente se lo conoce también por las siglas IVA.
En otros países se lo denomina: imposta sul valore aggiunto (IVA) en Italia, Mehrwertsteuer (MwSt) o Umsatzsteuer (USt) (Alemania, Austria y Suiza), Value Added Tax (VAT) en el Reino Unido, Omzetbelasting o BTW (Belasting over de Toegevoegde Waarde) en los Países Bajos, taxe sur la valeur ajoutée (TVA) en Francia, Goods and Services Tax (GST) en Canadá, Australia, Nueva Zelanda y Singapur.
Definición
El IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo. Un impuesto indirecto es el que no es percibido por el fisco directamente de la persona que soporta la carga del tributo. Se aplica en las transferencias a título oneroso de bienes y prestaciones de servicios, y quien soporta el impuesto (la carga fiscal) son los usuarios finales o consumidores. Cada actor en la cadena de añadido de valor paga a su antecesor en la cadena el IVA correspondiente al precio facturado por este, y a su vez percibe de su sucesor en la cadena el monto correspondiente al impuesto asociado al precio que facturó. Cada actor (excepto el consumidor final) es responsable ante la autoridad tributaria por liquidar y pagar la diferencia entre el IVA pagado (crédito fiscal) y el IVA cobrado (débito fiscal).
Forma de obtenerlo
La forma de obtenerlo depende del valor del iva, tomando como ejemplo el de México, se multiplica por 15 ( ya que el IVA de México es 15%)y se divide entre 100.
y si tienes el precio con iva pero quieres saber cuanto era el precio original se usa la regla de 3:
50---115%
x----100%
se multiplica 100 por 50 y se divide entre 115, el resultado es el precio orginal sin IVA
Ejemplo
El siguiente ejemplo muestra la mecánica simplificada, con un IVA generalizado de 10%.
- La empresa A produce, a partir de recursos naturales, el bien X1, al que fija un precio de 100 ¤ por unidad.
- A vende X1 a B, con un precio de 100 ¤, y añade 10 ¤ en concepto de IVA. Por lo tanto, B paga a A 110 ¤. Resultado fiscal: A es deudor del fisco por 10 ¤
- B transforma industrialmente cada unidad de X1 en una unidad de X2, bien al que fija un precio de 150 ¤.
- B vende X2 al distribuidor C, adicionando IVA por 15 ¤. Por lo tanto, C paga a B 165 ¤. Resultado fiscal: B es deudor del fisco por 5 ¤ = (15 - 10)
- C distribuye X2 en el comercio minorista, fijando un precio de 200 ¤.
- C vende X2 a la tienda D, adicionando IVA por 20 ¤. Entonces, D paga a C 220 ¤. Resultado fiscal: C es deudor del fisco por 5 ¤ = (20 - 15)
- D vende X2 al público, fijando un precio neto de 240 ¤.
- El consumidor final F compra X2 en la tienda D. F paga por el producto 264 ¤. Resultado fiscal: D es deudor del fisco por 4 ¤ = (24 - 20)
Como se ve en el ejemplo, todo el monto acumulado del impuesto (10+5+5+4=24 ¤) es soportado por el consumidor final (F), pero ha sido percibido en varias etapas intermedias: percepción(A+B+C+D) = impuesto pagado por el consumidor final.
Alícuotas
El siguiente cuadro muestra las tasas vigentes en algunos países, incluyendo, en su caso, las tasas diferenciales. Estas últimas suelen implicar reducciones de la alícuota para determinados bienes y servicios (en general, bienes de consumo básicos) o ciertas categorías de personas; o aumentos en la alícuota (en general, para bienes suntuarios).
Países de la UE
País | Tasa | ||
---|---|---|---|
Normal | Reducida | ||
Alemania | 19,0 % | 7,0 % | |
Austria | 20,0 % | 12,0 o 10,0 % | |
Bélgica | 21,0 % | 12,0 o 6,0 % | |
Bulgaria | 20,1 % | ||
Chipre | 15,0 % | 5,0 % | |
República Checa | 19,0 % | 9,0 % | |
Dinamarca | 25,0 % | ||
Eslovaquia | 19,0 % | ||
Eslovenia | 20,0 % | 8,6 | |
España | 16,0 % | 7,0 , 4,0 y 0 % | |
Estonia | 18,0 % | 5,0 % | |
Finlandia | 22,0 % | 17,0 u 8,0 % | |
Francia | 19,6 % | 5,5 o 2,1 % | |
Grecia | 19,0 % | 8,0 o 4,0 % | |
Hungría | 20,0 % | 5,0 % | |
Irlanda | 21,0 % | 13,5 o 4,4 % | |
Italia | 20,0 % | 10,0 - 6,0 o 4,0 % | |
Letonia | 18,0 % | 9,0 o 5,0 % | |
Lituania | 18,0 % | 9,0 o 5,0 % | |
Luxemburgo | 15,0 % | 12,0 - 9,0 - 6,0 o 3,0 % | |
Malta | 18,0 % | 5,0 % | |
Países Bajos | 19,0 % | 6,0 % | |
Portugal | 20,0 % | 12,0 o 5,0 % | |
Polonia | 22,0 % | 7,0 o 3,0 % | |
Reino Unido (1) | 15,0 % | 5,0 % | |
Rumania | 19,0 % | 9,0 % | |
Suecia | 25,0 % | 12,0 o 6,0 % |
(1) Reino Unido redujo temporalmente su tasa normal de IVA del 17,5% al 15,0% entre el 1 de diciembre de 2008 y el 1 de enero de 2010[1]
Otros países
País | Tasa | ||
---|---|---|---|
Normal | Reducida | ||
Argentina | 21,0 % | 10,5 % | |
Australia | 10,0 % | ||
Canadá (2) | 5,0% | ||
Chile | 19,0% | ||
China | 17,0% | 6,0 o 3,0 % | |
Colombia | 16,0% | ||
Costa Rica | 13,0% | ||
Croacia | 22,0 % | ||
Ecuador | 12,0 % | ||
El Salvador | 13,0 % | ||
Israel | 15,5 % | ||
Líbano | 10,0 % | ||
Macedonia | 18,0% | 5,0% | |
República Dominicana | 16,0% | ||
México | 15,0% | 10,0%, 0,0% y exento | |
Nueva Zelandia | 12,5 % | ||
Guatemala | 12,0 % | ||
Noruega | 25,0 % | 12,0 o 6,0 % | |
Paraguay | 10,0 % | 5 % | |
Perú | 19,0 % | ||
Rusia | 13,0 % | ||
Singapur | 5,0 % | ||
Sudáfrica | 14,0 % | 7,0 o 4,0 % | |
Suiza | 7,6 % | 3,6 o 2,4 % | |
Uruguay | 22,0 % | 10,0 % | |
Venezuela | 9 % | 8 % |
Notas:
(2) El porcentaje indicado corresponde sólo al impuesto federal, se añade una cantidad equivalente a título de impuesto provincial, ver Taxe sur les produits et services (en francés).
Véase también
Referencias
- ↑ Reino Unido reduce el IVA al 15% dentro de un paquete de estímulo de 24.000 millones, artículo de El País, 25 de noviembre de 2008.
Enlaces externos
- El IVA en los servicios prestados por via electronica en la Union Europea
- Ejemplos de productos y servicios que se encuadran en cada tipo impositivo en España
- Un resumen, en el sitio de la autoridad impositiva de Chile
- Información sobre el IVA en la Agencia Tributaria de España
- El IVA en España
- Una resumen, en el sitio de la autoridad impositiva de Mexico
- Un compendio de preguntas frecuentes de la autoridad tributaria de Uruguay
- El IVA en Venezuela, resumen de tópicos en el sitio web de la autoridad impositiva Venezuela
- El impuesto al consumo: una crítica, por Murray Rothbard. Biblioteca virtual de la Fundación Hayek.
- Artículo de El país. Tiene comentarios en la discursión de éste artículo.
- La Eurocámara apoya tipos reducidos del IVA para la asistencia doméstica y la restauración artículo de la web del Parlamento Europeo (16/02/09)