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Discusión:Provincia (España)

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Cuanto más contemplo el actual estado de las autonomías que, en realidad, han venido a encubrir el problema latente de las nacionidades históricas, más me percato de que la función de las Diputaciónes provinciales se ha mantenido con fuerza, eficacia y...sobretodo, vigencia !!. Si no tuvieramos el complejo contemporaneo de las identidades territoriales, comprobariamos que la organización del Estado en provincias, con un empuje histórico y de peso que tienen las Diputaciones, tan cerca de la realidad local y del ciudadano, deja en evidencia la burocracia que crea otro organismo supraprovincial, con gobierno y cámara de representantes. Muchos de los proyectos supraprovinciales, se podrían resolver con acuerdos y proyectos interprovinciales, como existen ya en los municipios mancomunados.Lo cual, nos ahorraria en sueldos de toda la administración regional que se intercala. Por lo tanto, ese ideal de Estado, Provincia y Municipio, responde a una gestión de los asuntos públicos de forma escueta y armónica. Las provincias no tienen por que negar los valores y la herencia cultural de sus municipios y ciudades, ya sean linguisticos, culturales, patrimoniales, etc. La realidad provinicial nos es más patente, que la superposición y cúmulo de burócratas, en este caso, regionales. En nuestra mente está vivo el recuerdo de los límites provinciales y comarcales que definen de forma natural y acertada los ambitos de convivencia de los españoles, sean vizcainos, zaragozanos, murcianos, malloquines, etc y que han dejado su impronta territorial de facto. Por otro lado, El Estado en su configuración como una Cámara de Representación unicameral, nos resolvería entuertos. Un Senado para el Estado Español, sea Corona o República, con Senadores de Estado para los asuntos de todo el Estado que nos afectan a todos. Y despues, todas nuestras Diputaciones con sus Consejos Representativos y los Municipios con sus Concejos, que afecta a nuestros servicios de cada dia. Quizas asi se vertebraria mejor la vida del Pais, tanto el grande, como Estado, como el pequeño, el de cada dia, que son nuestra ciudad o municipio. Cuando compruebo toda la burocracia kafkiana que se ha desarrollado a la sombra de las administraciones regionales, sueño con una simplifiación del sistema.





--Juandeoriente (discusión) 08:54 14 ago 2009 (UTC)--Juandeoriente (discusión) 08:54 14 ago 2009 (UTC)--Juandeoriente (discusión) 08:54 14 ago 2009 (UTC)--Juandeoriente (discusión) 08:54 14 ago 2009 (UTC)--Juandeoriente (discusión) 08:54 14 ago 2009 (UTC)--Juandeoriente (discusión) 08:54 14 ago 2009 (UTC)--Juandeoriente (discusión) 08:54 14 ago 2009 (UTC)--Juandeoriente (discusión) 08:54 14 ago 2009 (UTC)--Juandeoriente (discusión) 08:54 14 ago 2009 (UTC)--Juandeoriente (discusión) 08:54 14 ago 2009 (UTC)[responder]

Corrijo el concepto Plaza de Soberanía que ya no existe y pongo Ciudad Autónoma que es el recogido por la Constitución española.

Esta table fue traida desde en.wiki, pero no creo que los espanoles esten de acuerdo con su organizacion. Creo que si estuviese ordenada por comunidad autonoma, y dentro de cada camunidad alfabeticamente por provincias, seria mas adecuado, pero lo dejo a los espanoles presentes.--AstroNomo 23:50 29 ago, 2003 (CEST)

Por una parte, sí, solemos ordenar primero por comunidades autónomas y luego por provincias, pero en casos como el código postal, se ordenan directamente las provincias. Realmente la ordenación en uno u otro sentido no me importa... Sabbut 00:00 30 ago, 2003 (CEST)
Cuando creí la table para en:wiki, pensaba de ordenarla por orden alfabética porque el artículo sobre las cc.aa. ya tenía las provincias ordenadas por cc.aa. - Montrealais del en.wiki

Parece ser que mi macro para pasar de "X (provincia)" a "Provincia de X" ha dado más problemas que otra cosa. Pido disculpas públicas. Anyway, los nombres de las comunidades autónomas son los oficiales y el de Valencia es Comunidad de Valencia (ya veo que lo habéis vuelto a cambiar). Por cierto que el de las Islas Baleares parece ser que es Illes Balears. ¿Alguien puede confirmarlo? --pieter 15:42 19 oct, 2003 (CEST)

Haciendo artículos para el en:wiki, he visto en los dados del instituto español de estadística que utilizan Illes Balears al mismo título que los demás nombres españoles. - Montrealais del en:wiki

Sacado del Ministerio Educación [1].El nombre de la de Valencia es Comunidad Valenciana y el de las Baleares es Comunidad autónoma de Las Illes Balears.--Joseaperez 18:43 19 oct, 2003 (CEST)

Pues vaya "barrecha" ("catalanada", del catalán barreja, mezcla); lo que más me ha "trastornado" es eso de "Las Illes Balears". Pero no seré yo quien edite la entrada, que ya la he liado bastante :D --pieter 19:40 19 oct, 2003 (CEST)
a mi també, pero aixina está--Joseaperez 19:49 19 oct, 2003 (CEST)
igual que cuando dicen que "en A Coruña" pasa tal o cual cosa (debería ser "na Coruña" etc.) Sabbut
Curiosamente, el enlace de "las Illes Balears" lleva a una página sobre la Comunidad de las "Islas Baleares" ;) Sabbut
en el ministerio de administraciones [2]..los enlaces sí que dirigen a "Illes Balears"--Joseaperez 19:53 19 oct, 2003 (CEST)
Yo creo que, si existe, se debe escribir todo en castellano o bien todo en el idioma original. Y son muy pocos (por no decir nadie) quienes dirían "New York", "München" o "Moskva" (de hecho actualmente estamos cambiando en la Wikipedia las referencias a "Tokyo" por las equivalentes a "Tokio" que es la forma de escribir en español la capital nipona). Por ello creo que deberíamos escribir "Orense", "La Coruña", "Lérida" e "Islas Baleares", sin que pueda considerarse falta de respeto hacia la otra lengua. Es más, en catalán se escribe "Conca" por "Cuenca" y creo que nadie debería quejarse: es el nombre de Cuenca en catalán, ¿no? Bueno, sólo es mi impresión... que detrás de las referencias a "Ourense" y "Girona" en los telediarios se esconden motivos puramente políticos y no de corrección lingüística. Sabbut 20:03 19 oct, 2003 (CEST)

-

Absolutamente de acuerdo.Añadiria que nadie escribe "London" por Londres.Ahora ya lo he cambiado, pero me comprometo a pasarlo a Islas Baleares.no usemos el papel de fumar para......"Saludos--Joseaperez 20:10 19 oct, 2003 (CEST)
Sólo los hablantes de lenguas mayoritarias en varios países pueden jactarse de no conocer otros idiomas y no saber usarlos. Me gustaría ver un documento inglés que mencione el estatuto de ciudadanía de Londres (sic) XD XD

--Karlggest (discusión) 11:34 27 may 2008 (UTC)[responder]

Yo también estoy de acuerdo. Esa es la razón por la que eliminé las "versiones locales" de los nombres de provincias y de capitales. Creo que el lugar donde deben estar es en la entrada correspondiente (Galicia, gallego: Galiza, Vitoria, euskera: Gasteiz...) Otra cosa son los nombres oficiales. Lo que me extrañaba justamente es que el nombre oficial de la CA de las Baleares fuera su traducción en català y/o mallorquí.
Todo esto, por supuesto, sin intención herir susceptibilidades de ningún tipo, què jo sóc català, pero esto es la wiki en castellano/español (táchese lo que no proceda ;) --pieter 21:05 19 oct, 2003 (CEST)
Personalmente creo que el nombre con el que se enlace debe ser siempre que exista en castellano puesto que la enciclopedia "es." está en esta lengua, pero poner al lado y entre paréntesi (como estaba antes) el nombre *oficial* que pueda estar en catalán o gallego no creo que esté de más. Tampoco creo que esté de más redireccionar des de estos nombre hacia los castellanos del mismo en modo que en la catalana Teruel apunta hacia Terol. O eso o la guerra de nombres seguirá hasta el fin de los tiempos. Por cierto yo tengo por costumbre decir New York ;) Llull 22:52 19 oct, 2003 (CEST)
De acuerdo con que el nombre principal debería ser el que exista en castellano/español... y que si tiene lengua cooficial se añada el nombre correspondiente en ésta. Todo sea por (a) respetar que esta wikipedia "es:" esté en castellano y (b) no herir susceptibilidades. Así quedará "Bilbao, euskera: Bilbo"... Sabbut 23:17 19 oct, 2003 (CEST)

Para comparar, en en:wiki el artículo es bajo Balearic Islands aunque el nombre legal sea Illes Balears.... de misma manera que decimos Castile-Leon aunque sea Castilla y León ;) Decimos Montreal y Quebec (manera anglófona) sin acento aunque sean Montréal y Québec los únicos nombres legales. (Puesto que los anglófonos no tenemos fuertes opiniones de un lado u otro, nuestros artículos son intitulados Ourense, Girona, A Coruña, utilizando el nombre legal.) Además, escribimos bajo East Timor aunque el gobierno de este país haya señalado que prefiere que sea llamado Timor-Leste internacionalmente. (A contrario todavía, decimos Côte d'Ivoire, porque ese nombre es bastante común en inglés.) - Montrealais del en:wiki


He cambiado el nombre de la "Provincia de Las Palmas de Gran Canaria" por el de la "Provincia de Las Palmas", que creo que es el correcto. Más en Discusión:Provincia de Las Palmas de Gran Canaria --quinquin


Sería conveniente que el usuario al pulsar sobre el nombre de la provincia en el mapa, fuera dirigido hacia la página de la correspondiente provincia.



Se estableció oficialmente como división provincial de España mediante Real Decreto de 30 de noviembre. El decreto de 3 de febrero de 1823 estableció la división definitiva.

¿1823? ¿No será 1923 cuando se dividieron las Canarias en dos provincias? Tampoco fue la exactamente la *definitiva* puesto que durante un tiempo hubo que añadir también las provincias de África. Usuario: MariaGarcia

Ceuta y Melilla

El ultimo cambio a este artículo fue el de un anónimo que aumentó el número de provincias de 50 a 52, me imagino que por contar a Ceuta y a Melilla. ¿Realmente, Ceuta y Melilla se han de contar como provincias o sólo como ciudades autónomas? He buscado un poco por Internet, pero no parece claro, en algunos sitios se habla de 50 provincias y en otros de 52. En caso de que Ceuta y Melilla también se pudiesen clasificar como provincias, entonces habría que añadirlas a la tabla. ManuelGR 19:26 18 sep, 2004 (CEST)

Juraría que no son provincias. La Disposición Transitoria Quinta de la Constitución dice:
«Las ciudades de Ceuta y Melilla podrán constituirse en Comunidades Autónomas si así lo deciden sus respectivos Ayuntamientos, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros y así lo autorizan las Cortes Generales, mediante una Ley orgánica, en los términos previstos en el artículo 144.»
Es decir, que son ciudades y podrán ser en el futuro (1978) Comunidades Autónomas (al final ciudades autónomas)
Si fueran provincias deberían tener Diputaciones (¡y dejo de wikienlazar!), lo que significaría que todos sus habitantes trabajarían en la administración pública. QED ;) Salut, -- pieter 02:11 20 sep, 2004 (CEST)
pieter dijo: Si fueran provincias deberían tener Diputaciones Bueno, no está tan claro. Toda comunidad autónoma uniprovincial no tiene diputación, porque se supone que las competencias de la provincia previa están asumidas por la comunidad. Sin embargo no por ello dejan de ser provincias cuando se considera la división provincial del Estado. Lo mismo ocurre con las provincias canarias, que parece que no tienen Diputación (según discutimos por aquí), en su lugar están los cabildos insulares. Tengo entendido que Ceuta y Melilla antes se administraban como parte de la provincia de Cádiz, pero desde que son ciudades autónomas no deben de pertenecer ya a esa provincia. La cuestión es: ¿se han de categorizar como provincias al igual que otras provincias sin diputación? ManuelGR 22:06 20 sep, 2004 (CEST)
Uf, mis conocimientos legales son muy limitaditos. Lo de las Diputaciones pretendía servir de pie para mi chiste sobre los funcionarios (de acuerdo, no soy Forges), aunque creía que era condición sine qua non.
Bromas aparte, por lo que he investigado, la división provincial "actual" es la de 1833 de Javier de Burgos con pequeños cambios (el más destacado, la división de las Canarias en dos provincias: Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas), pero la situación de Ceuta y Melilla (que supongo que en esa época formarían parte de "nuestras" "posesiones") no está clara.
Así que al final he probado con la versión gold del test Google, es decir, he buscado provincia de Ceuta en páginas "de prestigio". Y, bueno, no es que haya muchos resultados (ni de prestigio ni de los otros), pero algunos como el de las Demarcaciones judiciales, según el Consejo General de los Procuradores de los Tribunales u otras dicen que sí, que Ceuta y Melilla son provincias, con lo que tendré que tragarme mis palabras. ¡Gulp! Salut, --pieter 02:26 21 sep, 2004 (CEST)
Creo que es suficiente, aunque no me quedo satisfecho al 100% pero las voy a añadir, porque parece lo más probable. ManuelGR 20:29 22 sep, 2004 (CEST)

Actualmente son ciudades autónomas, pero ahora que se van a reformar varios estatutos y la constitución parece ser que van a pasar a ser comunidades autónomas, pero nunca provincias. No me pregunteis la diferencia entre ser ciudad y comunidad autónoma. A mí me parece un despropósito el cambio, pero así va a ser --Sanbec 11:58 20 sep, 2004 (CEST)

Si Ceuta y Melilla no se suelen contar como provincias, hay discrepancias en si el número es 50 ó 52, y sabemos que son muy distintas de las (otras) provincias, es mejor indicarlo en la misma frase. Yo he dejado "Por debajo de la división autonómica, está la provincia, de las que hay 50 (52 contando las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla)" pero si aceptamos lo que dice el Consejo de Procuradores, se puede modificar a "Por debajo de la división

autonómica, está la provincia, de las que hay 52 (contando las 2 ciudades autónomas de Ceuta y Melilla)" (Este comentario sin firma era mío :/ del 6 de octubre) --Usuario:Erri4a + mensajes aquí 01:56 13 ene 2006 (CET)

---Estimados compañeros, las provincias españolas son ahora 50, contando Ceuta y Melilla. El recorte de 52 a 50 viene originado por que todas las islas baleares forman ahora una sola provincia y dentro de las canarias solo existen como provincias tenerife y las palmas. Espero que esto os aclare un poco la situacion. saludos

(El comentario sin firma anterior está hecho desde la dirección usuario:80.103.167.19)
Si contaras Ceuta y Melilla como provincias, saldrían 52. --Usuario:Erri4a + mensajes aquí 01:56 13 ene 2006 (CET)
A mi siempre me dijeron que eran 51, pero lo que no se es como las contaban
Ceuta y Melilla no son provincias. Léase el artículo 144, b, de la Constitución, que dispone que las Cortes Generales podrán, por motivos de interés nacional, "autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial."
Efectivamente, los Estatutos de Autonomía de Ceuta y Melilla las constituyen en Ciudades Autónomas porque NO HAN SIDO DERIVADOS DE LA INICIATIVA DE SUS AYUNTAMIENTOS, AUTORIZADA POR LAS CORTES GENERALES, lo que supondría su constitución como Comunidades Autónomas (artículo 144.a, en relación con la Disposición Transitoria Quinta, ambas de la Constitución. En lugar de ello, lo que las Cortes Generales hicieron en el año 1995 fue acordar directamente dichos Estatutos de Autonomía, que fueron promulgados como Ley Orgánica. Ceuta y Melilla no está integradas en la organización provincial, y únicamente dependen, a efectos judiciales, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que extiende su jurisdicción a ambas ciudades y decide los recursos contra las resoluciones de sus órganos judiciales, antes de llegar al Tribunal Supremo. Ésta y el hecho de que las Comunidades Autónomas cuentan con poderes auténticamente legislativos (no como los municipios, cuyas normas no tienen fuerza de Ley) son las principales diferencias cualitativas, además de las de carácter organizativo de las instituciones de unas y otras, son las principales diferencias entre Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas.
--Frankie_On_Line 18:26 15 jul 2006 (CEST)

Islas Baleares

Islas Baleares o Palma de Mallorca

¿Por qué en el mapa aparece Palma de Mallorca en el lugar que creo corresponderia escribir Islas Baleares? Veo que en el resto de provincias aparece el nombre de la provincia y no el de la capital de la provincia. ¿es correcto? Gracias por aclararmelo.

El anterior comentario sin firma estaba hecho desde la dirección usuario:80.58.41.45. El error ya está resuelto. --Usuario:Erri4a + mensajes aquí 01:56 13 ene 2006 (CET)

Para ser coherente con lo que dice Alxesp en el caso de Orense y La Coruña, Palma debería ser Palma de Mallorca, ¿no? --Cesarth73 (discusión) 15:35 12 ene 2009 (UTC)[responder]

Semibloqueo

Rogaría a los anónimos que dejen de vandalizar el artículo cambiando la toponímia. Si esto continúa así habrá que semibloquear el artículo durante un tiempo. --rsg (mensajes) 14:39 3 feb 2006 (CET)

Apoyo el semibloqueo. J (dime argo) 16:05 3 feb 2006 (CET)

Visto lo visto, está semibloqueado el artículo. --rsg (mensajes) 16:25 3 feb 2006 (CET)

¿Hasta cuándo va a estar bloqueada esta página? Estamos a 1 de abril de 2006. Debe corregirse eso de que en España hay 52 provincias: sólo hay 50. Ceuta y Melilla no está integradas en el régimen provincial, de ahí que su estatuto de autonomía derive del artículo 144.b) de la Constitución, aplicable a los "territorios que no estén integrados en la organización provincial". He visto que se está manejando otro argumento: que Ceuta y Melilla tienen representación en el Congreso; pues bien, ello NO es porque sean provincias, sino porque la Constitución directa y excepcionalmente les otorga esa representación: art. 68.2 CE " La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado". Insisto: Ceuta y Melilla no están integradas en el régimen provincial, no pertenecen a ninguna provincia y no constituyen provincias por sí mismas. Gracias.

Hipocresía

En el artículo han puesto: Debido al reciente vandalismo, la edición de esta página por parte de usuarios nuevos o anónimos está temporalmente bloqueada. Puede discutir los cambios o pedir su desprotección en la página de discusión del artículo. Importante: la protección no implica necesariamente el respaldo de la edición actual.

donde debería poner:

Por no respetar mis ideales, la edición de esta página por parte de usuarios nuevos o anónimos está temporalmente bloqueada. No puede hacer nada para evitarlo. Importante: la protección implica necesariamente el respaldo de la edición actual.

Ourense y A Coruña

Dónde pone: La Coruña y Orense: la Ley 2/1998 modificó la denominación oficial de las provincias de La Coruña y Orense por la de A Coruña y Ourense.

Debería poner:

A Coruña y Ourense: la Ley 2/1998 modificó la denominación errónea de las provincias de La Coruña y Orense por la correcta de A Coruña y Ourense.

Si bien en el artículo pone: "La Coruña y Orense: la Ley 2/1998 modificó la denominación oficial de las provincias de La Coruña y Orense por la de A Coruña y Ourense.", en el resto del texto (y de la Wikipedia) se hace uso de las formas no oficiales La Coruña y Orense. Las denominaciones toponímicas gallegas se rigen por lo dispuesto en la Ley de Normalización Lingüística, a la que remite el Estatuto de Autonomía. Habida cuenta de que el Estatuto tiene rango de Ley Orgánica (y por tanto constitucional), el empeño de usar las formas castellanas no tiene pies ni cabeza, jurídicamente hablando.

--Karlggest (discusión) 11:34 27 may 2008 (UTC)[responder]

Esto no es oficial, por lo que las leyes no afectan a la wikipedia. Se cita que la denominación oficial cambia por la forma en la lengua regional, pero ni la que había antes era errónea ni desaparece de la lengua castellana. --Alxesp (discusión) 19:37 14 dic 2008 (UTC)[responder]

Girona y Lleida

Por la ley 2/1992, la denominción oficial es Girona (en lugar de Gerona) y Lleida (en lugar de Lérida). La ley.



Editores. La edición de este artículo está bloquedad. Por favor, corregid.

España tiene 50 provincias. Ceuta y Melilla no deben confundirse con provincias, pues tienen régimen de ciudades autónomas.

Son cincuenta y dos. Ceuta y Melilla inclusive, al menos es lo que se desprende del menú desplegable de aquí. Saludos. Flazzy 16:55 15 jul 2006 (CEST)
Son cincuenta, pues deben excluirse Ceuta y Melilla. Las circunscripciones electorales no son siempre provincias. Las provincias insulares tienen circunscripciones infraprovinciales (islas o grupos de islas), y Ceuta y Melilla son circunscripciones aunque no sean provincia; estos casos se salen de la norma general de que las circunscripciones electorales son las provincias, pero son casos expresamente tratados en la Constitución:
Artículo 68.2. "La circunscripción electoral [para el Congreso] es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. [...]". Mira que no habla de las *provincias* de Ceuta y Melilla.
Artículo 69: "[...]2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica.
3. En las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas, con Cabildo o Consejo Insular, constituirá una circunscripción a efectos de elección de Senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas mayores -Gran Canaria, Mallorca y Tenerife- y uno a cada uno de las siguientes islas o agrupaciones: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.
4. Las poblaciones de Ceuta y Melilla elegirán cada una de ellas dos Senadores."
De nuevo, no se habla de Ceuta y Melilla como provincias.
Disposición adicional 5ª: "Las ciudades de Ceuta y Melilla podrán constituirse en Comunidades Autónomas si así lo deciden sus respectivos Ayuntamientos [...]". Creo que está muy claro, pero valga la mención de que la Constitución no habla de sus respectivas "Diputaciones provinciales" sino ayuntamientos.
Ceuta y Melilla no son provincias.

Denominación de las provincias vascas

La mención a la proposición de ley presentada por el PNV para que Vizcaya y Guipúzcoa se denominen únicamente en euskera (y Álava, Álava-Araba) ha quedado desactualizada, pues el PNV ha retirado esa proposición. En el artículo Vizcaya corregí esta mención pero en la página general sobre provincias de España no he podido. Por cierto, en la entrada de los artículos de Vizcaya y Guipúzcoa sólo se identifica como oficial la denominación vasca, lo cual es erróneo.

....

A 14 de septiembre 2006, se mantiene este problema. Quien pueda corregirlo, que lo haga. El texto correcto está en el artículo de Vizcaya, donde no obstante se mantiene erróneamente que "Bizkaia" es la única denominación oficial de la provincia.

Denominación de las provincias valencianas

En el artículo debe añadirse que las tres provincias valencianas tienen también el nombre bilingüe, en valenciano y castellano: Alacant / Alicante, Castelló / Castellón y València / Valencia

Igualmente, después de la última reforma del Estatuto de Autonomía, el nombre oficial de la Comunidad Autónoma es sólo en valenciano: Comunitat Valenciana.

Creo que debe modificarse el contenido del artículo en este sentido.

También sería interesante que alguien puesto en el tema complete el artículo con una reseña histórica sobre divisiones provinciales anteriores. He visto mapas de antiguas divisiones en que los antiguos reinos (Valencia, Aragón, Galicia) aparecen como una sola provincia, Almeria y Málaga se englobaban en Granada, en Castilla había provincias hoy desaparecidas como La Mancha, Toro, etc.

He encontrado la Ley 25/1999 [3], de 6 de julio, por la que se declaran cooficiales las denominaciones Alacant, Castelló y València para las provincias que integran la Comunidad Valenciana, la cual adopta la denominación bilingüe, según las versiones en valenciano y castellano del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 1982, y he procedido a añadir un párrafo en el artículo, ya que encuentro el cambio correcto y basado en fuentes verificables. Además conozco la cuestión ya que soy valenciano.

Espero que el cambio cumpla con los criterios adecuados de formato. Un saludo.--Masclet 22:04 26 ago 2006 (CEST)


Dice las comunidades uniprovinciales y la foral de Navarra... ¿es que la foral de Navarra no es uniprovincial?

Denominación oficial de las provincias vascas

La denominación de las provincias vascas en vascuence no es oficial. Álava, Vizcaya y Guipúzcoa sólo tienen denominación oficial en castellano, puesto que el Estado no ha hecho uso de su competencia para cambiarles el nombre, como ha hecho en otros casos. Ello sucede del mismo modo que la única denominación oficial para la provincia de Gerona es "Girona", tanto en castellano como en catalán, y así indica la ley 2/1992 que debe escribirse en documentos oficiales redactados en español (si bien permite el uso de Gerona a efectos no oficiales). En consecuencia, las tres provincias vascas tienen denominación oficial única en castellano.

Lo que sucede es que el estatuto de autonomía crea la figura del territorio histórico, que coincide territorialmente con la provincia. A este territorio hitórico se le da la denominación oficial única de "Gipuzkoa" y "Bizkaia" y la bilingüe de "Araba/Álava". Pero estas denominaciones son para estos tres territorios en su denominación de territorio histórico, no en su faceta provincial. De este modo, es incorrecto hablar de "Subsdelegación del Gobierno en Gipuzkoa", porque "Gipuzkoa" no es el nombre de ninguna provincia. Sí lo es hablar de "Subdekegación del Gobierno en Girona".

Lo mismo sucede con Navarra: nunca se le ha cambiado el nombre como provincia y, por lo tanto, no tiene denominaciòn en vascuence. Sin embargo, al ser una comunidad uniprovincial, todas las competencias han quedado absorbidas por la Comunidad Foral de Navarra (o Nafarroa Foru Komunitatea), que sí tiene denominación oficial en vascuence.

Por lo tanto, debiera eliminarse la referencia a que las tres provincias vascas tienen nombre oficial en vascuence, porque no es cierto. 23:48 25 oct 2009 (UTC)