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Policía Nacional Civil de Guatemala

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Polícia Nacional Civil de Guatemala

Fuerzas Especiales Policíacas (FEP), de la PNC de Guatemala, luego de un allanamiento en una cárcel
Activa 1997
País Guatemala Guatemala
Rama/s Ministerio de Gobernación.
Tipo Fuerzas del Orden Público
Función Seguridad Nacional
Especialización Civil
Tamaño Más de 20,000 efictivos activos
Acuartelamiento Dirección General de la Policía Nacional Civil
Equipamiento Arma, grilletes, charreteras, botas, gorra, chaleco anti-balas.
Alto mando
Comandante 2.º Ing. Álvaro Colom, Presidente de la República de Guatemala
Insignias
Símbolo de
identificación
Escudo de la PNC
Cultura e historia
Colores Negro (Oficial), Gris y Negro (Segundo)
Mascota Quetzal
Aniversarios 17 de julio

La Policía Nacional Civil es la fuerza armada de seguridad de Guatemala, que esta a cargo de resguardar el orden público, así como de la seguridad civil de la población. Junto al Ejército de Guatemala resguardan la seguridad del territorio nacional. Fue fundada en 1997.

Objeto

Según el Art. 1 del Dto. 11-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de la PNC dice:

La seguridad pública es un servicio esencial de competencia exclusiva del Estado y para ese fin se crea la Policía Nacional Civil.

Definición Jurídica

La Policía Nacional Civil es una institución profesional armada, ajena a toda actividad política. Su organización es de naturaleza jerárquica y su funcionamiento se rige por la mas estricta disciplina. La Policía Nacional Civil ejerce sus funciones durante la veinticuatro horas del día en todo el territorio de la república. Para efectos de su operatividad estará dividida en distritos y su numero y demarcación serán fijados por su Dirección General. Esta integrada por los miembros de la carrera policial y de la carrera administrativa.

En el reclutamiento selección, capacitación, y despliegue de su personal debe tenerse presente el carácter multietnico y pluricultural de Guatemala. (Art. 2 de la Ley de la PNC).

Mando Supremo

El mando supremo de la policía nacional civil será ejercido por el Presidente de la República, a través del Ministro de Gobernación.

El funcionamiento de la Policía Nacional Civil estará a cargo de su Director General, bajo la inmediata y exclusiva autoridad del Ministro de Gobernación. (Art. 3 de la Ley de al PNC).

En lo referente a cada departamento y con sujeción a las directrices del Ministerio de Gobernación, el Gobernador supervisará la actuación de la Policía Nacional Civil, sin perjuicio de la dependencia orgánica, funcional y operativa de las fuerzas de la Policía Nacional Civil del Departamento ante los mandos de está. (Art. 4 de la Ley de la PNC).

Historia

Su historia inicia a partir de la firma de los Acuerdos De Paz suscritos en 1996, la Policía Nacional y la Guardia de Hacienda cesaron en operaciones y surge la Policía Nacional Civil. El despliegue territorial de la PNC, que comenzó a mediados de 1997, logró cubrir los 22 departamentos del país en agosto de 1999. Hasta el momento se han desplegado 6 Jefaturas de Distrito, 27 Comisarías, 127 Estaciones y 343 Subestaciones, y además cuenta con 8 unidades móviles (serenazgos) que se desplazan en puntos críticos de la ciudad capital. Nacen varios cuerpos especiales de la policía encargados de distintos rubros de la seguridad.

El Gobierno decidió integrar la nueva fuerza policial formando personal nuevo y reeducando parte de los miembros de la Policía Nacional y de la Guardia de Hacienda. La formación policial fue asumida por la Unión Europea (UE) y desarrollada por el “Programa de Apoyo a la Política Nacional de Seguridad” a través de la Guardia Civil Española (GCE) en 1997. En materia de investigación criminal, la Academia recibió apoyo de ICITAP (International Criminal Investigative Training Assistance Program), y la instrucción y formación en derechos humanos estuvieron a cargo del programa de fortalecimiento de la PNC de MINUGUA.

Recientemente en 2006 se crea una fuerza policial llamada GPC (Guardia De Protección Civil), cuya función es la de proteger a la ciudadanía y velar por el orden público en las zonas de alto riesgo criminal. Funge como apoyo a la Policía Nacional Civil en esas tareas.

Funciones

Según el Art. 10 de la Ley de la PNC, son funciones de la Polícia Nacional Civil, las siguientes:

a) Por iniciativa propia por denuncia o por orden del Ministerio Público:

1) Investigar los hechos punibles perseguibles de oficio e impedir que estos sean llevados a consecuencias ulteriores;

2) Reunir los elementos de investigación útiles para dar base a la acusación en proceso penal;

b) Auxiliar y proteger a las personas y velar por la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa.

c) Mantener y restablecer, en su caso el orden y la seguridad publica.

d) Prevenir la comisión de hechos delictivos, e impedir que estos sean llevados a consecuencias ulteriores.

e) Aprehender a las personas por orden judicial o en los casos de flagrante delito y ponerlas a disposición de las autoridades competentes dentro del plazo legal.

f) Captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para la seguridad pública, estudiar, planificar y ejecutar métodos y técnicas de prevención y combate de la delincuencia y requerir directamente a los señores jueces, en casos de extrema urgencia, la realización de actos jurisdiccionales determinados con noticia inmediata al Ministerio Público.

g) Colaborar con los servicios de protección civil en los casos de grave riesgo, catástrofes y calamidad publica en los términos establecidos en la ley.

h) Vigilar e inspeccionar el cumplimiento de la leyes y disposiciones generales, ejecutando las órdenes que reciba de las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias.

i) Prevenir, investigar y perseguir los delitos tipificados en las leyes vigentes del país.

j) Colaborar y prestar auxilio a las fuerzas de seguridad civil de otros países, conforme a lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales de los que Guatemala sea parte o haya suscrito.

k) Controlar a las empresas y entidades que presten servicios privados de seguridad, registrar autorizar y controlar su personal, medios y actuaciones.

l) Coordinar y regular todo lo relativo a las obligaciones del Departamento de Tránsito, establecidas en la ley de la materia. m) Organizar y mantener en todo el territorio nacional el archivo de identificación personal y antecedentes policiales.

n) Atender los requerimientos que, dentro de los limites legales, reciban del Organismo Judicial, Ministerio Público y demás entidades competentes.

ñ) Promover la corresponsabilidad y participación de la población en la lucha contra la delincuencia.

o) Las demás que le asigna la ley.

Principios Básicos de Actuación

La actuación de la Policía Nacional Civil, se adecuará a los principios básicos contenidos en la Ley de la PNC con especial atención a las exigencias de los derechos humanos y a su condición de servicio público esencial, según el Art. 11 de la misma ley.

Los principios básicos de actuación de la Polícia Nacional Civil estan enmarcados en la misma ley que los rige, en su Art. 12 el cual establece los siguientes principios:

1. Adecuación al ordenamiento jurídico.

2. Relaciones con la comunidad.

3. Tratamiento de los detenidos.

4. Dedicación Profesional.

5. Secreto Profesional.

Escala Jerárquica

Dirección

  • Director General
  • Director General Adjunto
  • Sub-Directores Generales

Oficiales Superiores

  • Comisario (a) General
  • Comisario (a)
  • Sub-Comisario (a)

Oficiales Subalternos

  • Oficial Primero
  • Oficial Segundo
  • Oficial Tercero

Básica

  • Inspector
  • Sub-inspector
  • Agente

Organización de la Policía Nacional Civil (PNC)

La Policía Nacional Civil está organizada actualmente en Sub-Direcciones que tienen a su cargo divisiones y también la Dirección General tiene secretarias.

Dirección General

La Dirección General es la encargada de dirigir todos los asuntos relacionados con la institución está dividida de la siguiente manera:

  • Secretaría General (SEGE)
  • Secretaría Privada (SEPRI)
  • Secretaría Ejecutiva (SEJEPOL)
  • Secretaría de Asistencia Jurídica (SDAJ)
  • Secretaría de Comunicación Social (SECS)
  • Secretaría de Tecnología y Modernización (STM)
  • Secretaría de Valor y Servicio (SVS)
  • Inspectoría General PNC (IGPNC)
    • Oficina de Responsabilidad Profesional (ORP)
    • Oficina de Derechos Humanos (ODH)
    • Régimen Disciplinario (REDIS)
  • Tribunales Disciplinarios (TRID)
  • Unidad de Auditoría Interna (UDAI)
  • Oficina de Derechos de Petición y Recursos Administrativos (ODPRA)

Es la encargada de Dirigir coordinar e impulsar el funcionamiento de las Sub-Direcciones Generales. La Dirección General Adjunta se divide de la siguiente manera:

  • Secretaría General Técnica (SGT)
  • Departamento de Tránsito (DT)
  • Sub-Direcciones Generales (SDG)

Sub-Direcciones

Las Sub-Direcciones que actualmente funcionan son:


Es la encargada de todo el personal de la Entidad; su función principal es el de regular a todo el personal activo. Está dividiva de la siguiente manera:

  • Secretaría Técnica (STP)
  • Departamento de Selección y Contratación de Personal (DEP)
  • Departamento de Asuntos Administrativos de Personal (DAAP)
  • Departamento de Administración de Compesaciones, Incentivos y Remuneraciones (DACIR)
  • Departamento de Asistencia al Personal (DAP)
  • Departamento de Archivo de Personal (ARP)
  • Jefatura de Enseñanza (JEN)
  • Hospital de la Policía Nacional Civil (HPNC)
  • Academia de la Policía Nacional Civil (APNC)

Es la encargada de mantenera y restablecer el orden y la seguridad pública; su principal función es siempre la seguridad permanente en el país. Está dividida de la siguiente manera:

  • Secretaría Técnica (STSP)
  • División de Operaciones de Seguridad Pública (DOSEP)
  • División 110 (D-110)
  • División de Comunicaciones, Novedades y Servicios (DICOM)
  • División de Atención a la Víctima (DAV)
  • División de Fuerzas Especiales de Policía (DIFEP)
    • Grupo de Acción Rápida (GAR) o Anti Secuestros
    • Fuerza de Intervención Policial (FIP) o Anti Motines
    • Grupo Especial Policial (GEP)
  • División de Análisis e Información Antinarcótica (DAIA)
  • División de Protección y Seguridad (DIPROSE)
  • División de Patrullaje Motorizado (DPM)
  • División Policía Binacional (DPB)
  • Núcleo Central de Reacción (NCR)
  • División Cuadrante Seguridad Preventiva (DCSP)
  • División de Seguridad de Mercados (POLIMERC)
  • Jefaturas de Distrito
    • Comisarías.
    • Estaciones.
    • Sub-Estaciones.

Es la que tiene a sua cargo la administración de los recursos financieros, materiales y de equipamiento necesarios de la institución. Está dividida de la siguiente manera:

  • Secretaría Técnica (SETFL)
  • Unidad de Planificación Administrativa y Financiera (UPAF)
  • Departamento de Infraestructura (DI)
  • Departamento de Logística (DL)
  • Departamento de Material y Equipo de Defensa (DMED)
  • Departamento de Material Móvil (DMM)
  • Departamento Técnico de Informática (DTIC)
  • Departamento Técnico de Comunicaciones (DTC)

Es la que tiene a su cargo todas las unidades especialistas y la que regula las especialidades y les da validez una vez terminado el curso respectivo. Está dividida de la siguiente manera:

  • Secretaría Técnica (STUE)
  • División de Supervisión y Control de Empresas, Entidades y Personas Individuales de Seguridad Privada (DSCEPSP)
  • División de Fiscal y Fronteras (DFF)
  • División de Seguridad Turística (DISETUR)
  • División de Protección a la Naturaleza (DIPRONA)
  • División de Actividades Acuáticas (DAC)
  • División de Protección de Personalidades (DPP)
  • División de Protección de Puertos y Aeropuertos (DIPA)
  • División de Aeronaves (DAER)

Es la que tiene a su cargo controlar, planificar, prevenir los delitos o tener una mejor prevención. Está dividida de la siguiente manera:

  • Secretaría Técnica (STPD)
  • División de Orientación Preventiva (DOP)
  • División de Atención a la Niñez y Adolescencia (DIANA)
  • División de Multiculturalidad (DMULT)
  • División de Equidad de Genero (DIVEG)
  • División de Relaciones Comunitarias (DIRC)
  • División de Cultura y Deportes (DCD)

Es la que tiene a su cargo investigar todos lo concerniente a crímenes realizados en Guatemala. Está dividida de la siguiente manera:

  • Secretaría Técnica (STIC)
  • Centro de Recopilación, Análisis y Difusión de Información Criminal (CRADIC)
  • División Especial Investigaciones Criminológicas (DEIC)
    • Sección de Capturas
    • Sección de Homicidios
    • Sección de Vehículos Robados
    • Sección de Delitos Contra la Vida
    • Sección de Auxiliar de Tribunales
    • Sección Contra el Crimen Organizado
  • División de Planificación contra el Crimen (DPC)
  • División de Investigación y Desactivación de Armas y Explosivos (DIDAE)
  • División de Información Policial (DIP)
  • División de Protección de Escena del Crimen (DIPEC)
  • División de Policía Internacional (INTERPOL)
  • Gabinete Criminalístico (GACRI)
  • Policía Cibernética (POLCIB)

Armamento

Las armas que comúnmente utilizan los elementos de la PNC son la Pistola Glock, el Fusil Tavor, la Ametralladora Uzi, y muy pocas veces los Fusiles AK-47 Y EL M16 estos últimos utilizados por la Fuerzas Especiales y los Antinarcoticos.

Véase También

Referencias

Enlaces Externos

Página Oficial de la PNC (Actualmente se trabaja en la página Oficial de la PNC diciembre de 2009 - pronto estará en función nuevamente aunque actualmente ya lleva más de año y medio con que "pronto" por lo cual estará en funcionamiento ... pronto?).