Cónyuge
En Derecho, se denomina cónyuge a cualquiera de las personas físicas que forman parte de un matrimonio. El término cónyuge es de género común,[2] es decir, se puede usar para referirse a un hombre (el cónyuge) o a una mujer (la cónyuge). Cuando el sexo es desconocido normalmente se dice el cónyuge aunque también se puede decir el o la cónyuge.
Usos del término
El uso del término cónyuge se ha ido extendiendo en el área del Derecho de familia por diversos motivos, entre los cuales cabe destacar:
- Que la gradual equiparación de los sexos en derechos y deberes dentro del matrimonio, muchas legislaciones han preferido evitar la mención a cada una de las partes por separado, y hablar siempre de «cónyuges», dejando claro la igualdad jurídica de ambos.
- Recientemente, con la aparición de la posibilidad en algunos países del matrimonio entre personas del mismo sexo se ha hecho necesario en sus legislaciones utilizar siempre términos neutros (no «esposa» o «marido»).
Derechos y deberes entre los cónyuges
Según las diferentes legislaciones los cónyuges se deben entre sí diferentes derechos y obligaciones, como la obligación de fidelidad, cuyo rompimiento es el adulterio. Habitualmente también es exigible el derecho de alimentos.
Pronunciación
Aunque la pronunciación aceptada es cónyuje (IPA ['konjuxe]) en Argentina y otros países de Hispanoamérica hay personas que pronuncian cónyugue (IPA ['konjuge]), vulgarismo generado a partir del término «conyugal» (que utiliza la ge suave). La Real Academia Española indica que tanto dicha pronunciación como la escritura "cónyugue" son erróneas.[2]
Véase también
- Consorte, cónyuge de un monarca
- Derecho sucesorio
- Primera dama, la cónyuge de un presidente varón
- Viudez, el estado de haber perdido al cónyuge por fallecimiento.
Referencias
- ↑ En la foto, el candidato presidencial estadounidense Mike Gravel y su esposa Whitney el año 2008.
- ↑ a b Diccionario panhispánico de dudas, cónyuge