Ir al contenido

Usuario:Manimor/Leyes heráldicas

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Esta es una versión antigua de esta página, editada a las 20:17 17 jul 2011 por 83.43.59.141 (discusión). La dirección URL es un enlace permanente a esta versión, que puede ser diferente de la versión actual.

Las leyes heráldicas son preceptos que deben tenerse en cuenta tanto en la composición y representación de armerías como al blasonar.

Desde la antigüedad, muchos son los pueblos cuyos guerreros pintaban signos en sus escudos. Estas representaciones no forman parte de la heráldica, entre otros motivos porque no conocemos la normalización a la que pudieran estar sujetos. Por tanto, estas leyes definen en parte la heráldica y se cumplen en cualquier escuela o nacionalidad donde está presente, desde que fueron fijadas hasta la actualidad.

Excepciones y trasgresiones

De plata, cruz potenzada, de oro, cantonada de cuatro crucetas de lo mismo. Tan conocido que pedir explicaciones solo mostraría ignorancia en el heraldista. De hecho, blasonado entre otras armerías simplemente se nombra: “de Jerusalén”.

Hay siglos de evolución desde el blasón que distingue a un guerrero en medio de la batalla, en su escudo y ropajes, hasta el que muestra abolengo y dignidades en casi cualquier soporte. Como todo código, se crea al constatar su necesidad, nunca antes, y algunos de sus puntos cambian con las necesidades heráldicas.

Esto ha hecho necesario constatar excepciones en sus normas,[1]​ y obliga a blasonar aclaraciones y usar expresiones creadas al efecto, propias del lenguaje heráldico. Las que excepcionan una determinada ley se explican en su apartado. De modo general, existen términos como “de enquerre”, “a inquirir” o “de averiguar”, que se aplican a las armas o al detalle erróneo. Se resuelven de distintas maneras:

  • No había trasgresión. Indicaba un defecto, a veces importante, que debía solucionarse adecuadamente tras investigarlo. Generalmente es el esmalte (p. ej. “campo de enquerre”) por soporte deficiente o defecto de archivo, en armas frecuentemente legítimas.
  • La trasgresión queda esclarecida. Al blasonar armerías es obligado justificar aquello que contravenga las normas. Las más conocidas se dan por sobrentendidas (p. ej. las armas de Jerusalén). Suele tratarse de una circunstancia especial en la creación del blasón, hallada tras investigarlo.
  • Había una trasgresión injustificable. Quedan en evidencia las llamadas “armas falsas”, por su origen fraudulento.

Leyes y reglas

Aunque respetadas, no fueron recopiladas y sancionadas como tales en ningún documento oficial. Tienen pues, carácter consuetudinario. No obstante, han sido nombradas por diversos reyes de armas y heraldistas de distintos países, generalmente no todas juntas.

Es cierto que durante la época de decadencia se descuidó el estilo heráldico, faltando a leyes, incluso creando complicaciones sin fundamento, tanto normativas como simbológicas. Todo muy útil a la datación de las muestras, como otras características, pero que no compete a este artículo. También es cierto que la norma actual, inmensamente mayoritaria, es de retorno a las buenas costumbres.

Algunas han recibido mayoritariamente el calificativo de ley. Otras han sido nombradas con menor frecuencia o son discutidas en parte. Aquí, se llamará ley a las que gozan de amplio consenso en su totalidad, para las demás se usará regla y en general normas, usados por diversos tratadistas.

Cada autor las ordena a su manera, o las va citando entre sus exposiciones. La única coincidencia es la llamada primera ley. El orden que se dará aquí sigue un criterio de claridad y simplificación, no es rígido en absoluto. Lo mismo se ha hecho con las locuciones de encabezado, procurando usar las halladas en los escritos.

Referidas a esmaltes

  • Contraste. La primera ley de la heráldica, dice: “No poner color sobre color, ni metal sobre metal.” [2]
    • Los colores comunes a todas las heráldicas son gules, azur, sinople y sable. Los metales son el oro y la plata.[3]​ El púrpura es color de algunas heráldicas, en armerías reales tiene la doble consideración de color y metal, haciendo imposible que infrinja la norma. Los forros son armiños, veros y sus variaciones.[4]​ Aunque formados por los mismos esmaltes –colores y metales– los forros tienen categoría propia.

      La heráldica española abusa de los esmaltes llamados “en su color”,[5]​ incluidas las carnaciones, que tampoco están afectados por esta ley, como los tanados.
    • Sobre es encima; no junto o al lado. Las particiones delimitan espacios, unos junto a otros. Es frecuente usarlas para mezclar armerías ya existentes, cuyos campos no han de seguir esta ley.

      Las figuras o cargos sí se ponen encima, tanto muebles como piezas. También se usan para poner armerías, aportando un significado específico. Unas son concesiones reales, de sus armas o de diseños específicos, otras muestran alianzas, aspiraciones u otro tipo de circunstancias personales.[6]

      En estos casos, determinadas expresiones muestran que se ha tenido en cuenta la primera ley. Si se conoce la concesión o privilegio, la pieza se blasona al final del escudo o partición que honra, precedida por “aumentado de”. Cuando la pieza transgresora no es un aumento de honor se dice que está cosida, soldada, valiendo esto último sólo en el caso de metales, o asumida, si se tomó por un hecho glorioso.
    • Las brisuras son cambios que crean nuevas armerías, dejando ver claramente las armas de procedencia. Algunas heráldicas y casas reales han señalado formas fijas de hacerlo para los distintos descendientes. A menudo la brisura es una figura de un esmalte determinado, como un lambel o una bordura de gules, o una merleta de sable.
    • Una figura puede fácilmente quedar sobre partes distintas que deban respetar esta ley entre sí. Cuando esto sucede, no es infracción que una de ellas coincida en el tipo de esmalte con otra. Especialmente la que queda encima, como sucede con detalles exteriores de los muebles tales como el armado, lampasado, picado, membrado, lorrado, frutado y un largo etcétera.
  • Nitidez y uniformidad. Los esmaltes deben ser nítidos y uniformes. Muy pocas veces discutida, y nunca en todos sus aspectos, la mayoría de tratadistas marcan la importancia de seguir esta regla.
    • Se consigue nitidez cuidando que los esmaltes tengan intensidad cromática, o saturación, y se puedan distinguir fácilmente unos de otros. No es necesario excederse: el oro se suple con amarillo, no amarillo chillón. No en vano, la tradición impuso el matiz gualdo, que llegó hasta la bandera española.
    • Los esmaltes han de ser uniformes. Cada esmalte ha de ser el mismo en todos los escudos de un armorial y en las distintas partes de cada escudo. Las heráldicas locales han ido fijando algunos matices, que son preferentemente usados en su zona.
      Armorial Wijnbergen.
    • Planitud. No pocos tratadistas insisten en este punto, añadiendo el término en definiciones, aún cuando alguno lo discuta. En los escudos de batalla se pintaba cada esmalte en un único matiz. No se aplicaban delicados relieves o pesadas decoraciones. Su representación no debe matizar sombras y relieves propios del blasón, aunque sí los pueda mostrar del soporte. Excepción hecha del diapresado, diapreado o adamascado,[7]​ que pide expresamente variaciones en el esmalte.

      En la representación ideal no debe usarse trazos que perfilen las figuras; solo en su sustitución por grabados, tallas y demás, por motivos técnicos. Los esmaltes nítidos contrastan entre sí sin problema, añadir esmaltes no pedidos resta contraste y nitidez. Cuando son deseados se citan expresamente, para incluirlos respetando la pureza heráldica: fileteado o reumplido, resarcetado; o menos propiamente: perfilado, contorneado, bordado, etc.
    • Penachos, bureletes, manteletes, lambrequines y similares se teñían con los esmaltes de las armas del propietario, pero determinados timbres usan a menudo una codificación que incluye pigmentos, como el acero o el hierro en yelmos, no considerados esmaltes. Tenantes, soportes, sostenes y otras alegorías, que son aportaciones de la heráldica posterior, pueden necesitar tintes que no son esmaltes heráldicos. Algunos mantos, collares y condecoraciones, son de matices concretos, como el azul celeste, que son inexcusables y no coinciden con los esmaltes de muchas heráldicas.

      Exceptuando algunas divisas, no representan dibujos plasmados en un escudo. Incluso pueden necesitar, para su correcto entendimiento, que el artista o artesano les provea de relieve o profundidad, matizando sus tintes. Tampoco están sujetos a leyes de esmaltes las cintas con motes, lemas, gritos de guerra, divisas o emblemas escritos, títulos, o nombres propietarios.

No obstante, suele haber una fuerte recomendación de que se sigan las normas siempre que sea posible, tanto por la armonía del conjunto como por dotarle de la fuerza que tiene el estilo heráldico.

Referidas a figuras

  • Estilización y expresión. Como ya se ha dicho, las armas originales debían poderse reconocer en un golpe de vista, en la confusión y dificultades de un enfrentamiento. Esto desarrolló la estilización heráldica, que simplifica los contornos y amplifica los detalles diferenciadores de los muebles. Acentúa la cabezas y colas de los cuadrúpedos, los picos de las aves, las garras de los predadores, frutos y hojas de los vegetales y, en general, cualquier detalle característico.
    • Tratándose de guerreros, no extraña que la rudeza y agresividad en los gestos sea parte del estilo. Son feroces expresiones de fauces abiertas, dientes acerados con enormes colmillos, y grandes ojos fieros, de pupilas dilatadas. Las posturas tensas y amenazantes, con pechos y extremidades fuertes y abdómenes finos, fijaron estándares como el león rampante. Virilidad, frecuentemente los machos de los mamíferos animales muestran genitales bien desarrollados y de otro esmalte, sin aportar carga negativa. Por ejemplo el de los reyes de León, que pasó al de España. Incluso puede ser necesario, caso del toro por el buey, y está más relacionado con las virtudes propias de aquella moral que con el sexo en sí.
  • Simetría. Ley. Expcepción: Bien ordenados (más grande en punta).
  • Plenitud. Ley.
  • Disposición. Regla. 2 según forma, 3 bien ordenados, 4 en pares, 5 en sotuer...
  • Brevedad. Regla. A pesar del creciente cuartelamiento (explicar motivo) se pide para los nuevos campos y blasones.

Referidas a ornamentos exteriores

  • Propiedad. Regla, pero ha sido contemplada como ley en la normativa legal de varios países, y nombrada como tal por los profesionales.
  • Ropas veras. Regla. Lambrequines, penachos y similares con los mismos esmaltes.

(ya sé que falta mucho, poco a poco)

Véase también

Notas y referencias

  1. Messía de la Cerda (1990) p. 11: <<Se dice, y es verdad, que la heráldica es la ciencia de las excepciones; >>
  2. Aún cuando hay quien cambia los términos esmalte y color, la mayoría de tratadistas usa “esmaltes” en sentido genérico, especialmente los más importantes. Cito a la máxima autoridad en nuestro idioma, tanto por su cargo como por reconocimiento internacional, don Vicente de Cadenas y Vicent (2002, primera edición 1954) p. 88: <<Esmalte.-Nombre que comprende los dos metales y los cinco colores. >> Los tres siguientes manuales, en prestigio y aceptación, abundan en lo mismo: Pardo de Guevara (1987) Messía de la Cerda (1990) y FALTA UNO.
  3. En distintas heráldicas se aceptan algunos de los siguientes colores: púrpura, naranjado, leonado, sanguíneo, morado y cenizo, la mayoría tenidos como manchas o colores no ordinarios. El acero es metal ocasionalmente aceptado en los escudos. Marginalmente hay otros esmaltes adoptados oficialmente por algunas heráldicas, como el metal buff (gamuza o beige) que coincidiría en matiz con el “oro viejo” español.
  4. Variaciones: contrarmiños, armiñados, contrarmiñados; contraveros, veros en punta, veros ondados, veros potenzados; verados, contraverados, verados en punta, ondados y potenzados.
  5. De Cadenas (1985) p. 9: <<Por otra parte la heráldica española mantiene y se permite especiales licencias que no son admitidas ni toleradas por otras Heráldicas y principalmente esas representaciones de “al natural”, totalmente eliminadas en los blasones en las diferentes especialidades de la Heráldica de que se compone la Ciencia del Blasón.>>
  6. Pueden indicar o reconocer fidelidades: jefes de Francia; los de Anjou, del Imperio o de san Esteban, en Italia; o la bordura real escocesa. La heráldica napoleónica las tiene para indicar la categoría del personaje. Las principales son jefes, luego franco-cuarteles, pero los caballeros usaban cualquiera de las demás. La más conocida en heráldica española es la bordura de Baeza, por la participación en su toma. La banda dragonada, de los Caballeros de la Banda, se encuentra en varios esmaltes.
  7. Matizar, del mismo esmalte u otro que se indique, en forma de arabescos o follaje. Está considerado decorativo, poco heráldico y propio de la época de decadencia. Su uso es limitado, casi reducido a heráldica italiana y germana.

Bibliografía utilizada

Referencia vacía (ayuda)