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Sentencia de Guadalupe

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La Sentencia de Guadalupe o Sentencia Arbitral de Guadalupe, es una disposición adoptada por Fernando II de Aragón en el Monasterio de Santa María de Guadalupe (provincia de Cáceres) el 21 de abril de 1486. Su objetivo: solucionar los conflictos originados entre los campesinos de remença (siervos o esclavos) y sus señores, conflictos que habían motivado las dos Guerras de los Remensas.

La Sentencia Arbitral de Guadalupe, aceptada por campesinos y señores, puso fin al dominio feudal de la tierra, al extinguirse los llamados "malos usos" a cambio de un pago a los señores que era obligatorio para todos los campesinos ya fueran estos esclavos o no.

Supuso el inicio de una nueva etapa para el campo catalán: la de la libre contratación enfitéutica que conllevaría la prosperidad a la agricultura catalana. Los campesinos poseyeron ya, en el siglo XV, una libertad personal que, en el resto de España y Europa, en muchos casos, no se consiguió hasta finales del siglo XVII y siglo XIX


La Sentencia arbitral de Guadalupe fue una resolución dictada por Fernando II de Aragón el 21 de abril de 1486 mediante la cual ponía fin al conflicto secular entre los señores feudales y los payeses, agricultores y ganaderos del reino de Aragón, presionado por la reciente Guerra Civil del Principado de Cataluña (1462-1472).

Aunque la historiografía tradicional habla del fin de la remensa y de otros mals usos, no es así, y basta con leer el documento para darse cuenta. Lo que sí prevé la sentencia real, es que los payeses pudieran redimir los mals usos, y otros derechos señoriales que se podrían incluir dentro de las consuetuds iniqües (o costumbres inicuas, tal como llamaba la gente a estos abusos) cuyo número varía según los autores y el lugar. Con la sentencia arbitral, se confirmaron las jurisdicciones señoriales, es decir, el derecho a juzgar a sus vasallos en los términos, con la posibilidad de imponer multas y sanciones en tribunales civiles, con letrados más bien próximos a los señores, y también el dominio directo de la tierra de los señores (trabajada y pagando unos censos los payeses). Con la sentencia, también se obligaba a devolver a los señores, los castillos y plazas que se habían ganado durante el conflicto previo, además de imponer una multa de 6.000 libras en concepto de indemnización a los nobles (a pagar lógicamente por los payeses).

Fernando II redimió a algunos payeses, pero a otros tantos los castigó severamente, si no con la muerte, con la expropiación de sus tierras o con su esterilización, que al fin y al cabo, vendría a ser lo mismo.

Teniendo en cuenta que los remençes luchaban por abolir el sistema feudal, esta voluntad real no puede considerarse como una victoria de la clase agrícola, sino más bien una confirmación del poder establecido a favor de las clases ya dominantes.

Consecuencias y opiniones

En Cataluña

  • La redención de los remences es uno de los hechos más trascendentales de la historia de Cataluña, que influyó en su prosperidad posterior. Cataluña fue el único territorio de la Península que tuvo una clase rural con arraigo en la gleba, un campesinado rico, libre y culto. (Antoni Rovira i Virgili, Historia de Catalunya, Vol, VII, pág. 335, año 1934).
  • En la lucha de tendencias democráticas y urbanas que hacía siglos pugnaban con éxito para sobreponerse al fondo aristocrático y feudal de la primitiva Cataluña, la liberación de los campesinos de remença es una de las últimas pero de las más importantes conquistas… Cataluña era así, el primer territorio de Europa donde el régimen feudal había imperado plenamente, que rompía las ligaduras de ignominia en el que se debatía una parte de sus clases rurales. (Ferran Soldevila, Historia de Catalunya, Ed. 1963, pág. 808)

En Aragón

Y el nervio de las naciones, aquello que les da vigor y fortaleza propio de la clase rural, única sedentaria, única fija en el terreno, y por consiguiente la que marca el rumbo de las otras clases. Como las ciudades vivían del campo, Barcelona de posición extraordinariamente buena con relación a todas las comunicaciones naturales del Principado, y en la costa, disfrutaba de todas estas ventajas, ultra impulsos que recibía de su clase rural… En Aragón y Valencia la continuación del vasallaje con caracteres más graves y la expulsión de los moriscos produjeron un efecto contrario al del triunfo de los remences en Catalunya (A. Jiménez Soler, La edad media en la Corona de Aragón, pág. 303).

Guerra de los Remensas

  • Primera guerra: 1460, primera sublevación de los nobles contra Juan II.
  • Segundo alzamiento: 22 de septiembre de 1484, como consecuencia de la falta de resolución de Fernando II acerca de este tema, pese a la ayuda de su padre Juan II