Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Apariencia
Dirección General de los Registros y del Notariado, departamento del Ministerio de Justicia actualmente encuadrado dentro de la Secretaría de Estado de Justicia.
Funciones
Corresponde a la Dirección General de los Registros y del Notariado[1]
- Elaboración de los proyectos legislativos sobre las materias de nacionalidad, estado civil y ordenación y funcionamiento del Registro Civil en coordinación con la Secretaria General Técnica, y el conocimiento e informe de cuantos proyectos normativos puedan afectar a dichas materias.
- Tramitación y, en su caso, resolución de los expedientes de nacionalidad y los de reconocimiento o denegación de las situaciones que afectan al estado civil de los ciudadanos y su inscripción en el Registro Civil; asimismo, la tramitación y, en su caso, resolución de los recursos gubernativos contra los actos de los titulares del ejercicio de estas funciones, así como el estudio y la resolución de cuantas consultas le sean efectuadas sobre las anteriores materias.
- Planificación de los Registros Civiles, la programación y distribución de los medios materiales y personales precisos para su funcionamiento, así como su organización, dirección e inspección.
- Planificación estratégica, la dirección y la ejecución de la modernización tecnológica de los Registros Civiles, así como la coordinación de las actuaciones en esta materia con otras administraciones, órganos del Estado, corporaciones profesionales e instituciones públicas.
- Elaboración de los proyectos legislativos sobre las materias relativas al Derecho notarial y registral en coordinación con la Secretaría General Técnica y el conocimiento e informe de cuantos proyectos normativos pudieran afectar a dichas materias.
- Organización, dirección, inspección y vigilancia de las funciones de la fe pública notarial y las de naturaleza registral en las materias de la propiedad, bienes muebles y mercantiles, la evacuación de cuantas consultas le sean efectuadas sobre aquéllas, así como la tramitación y resolución de los recursos gubernativos contra los actos de los titulares del ejercicio de las citadas funciones.
- Ordenación del gobierno y régimen de los Cuerpos de Notarios y de Registradores,[2] la organización de sus procesos de selección y de provisión de puestos, así como las relaciones ordinarias con sus respectivos organismos profesionales.
- Gestión del Registro de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento y del Registro de Actas de Notoriedad de Herederos ab intestato bajo la dependencia del Registro General de Actos de Ultima Voluntad.
- Llevanza del Registro de Fundaciones aprobado en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, por Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre.
- Protectorado de las fundaciones cuyos fines se vinculen con las atribuciones del departamento, en los términos establecidos por la normativa vigente.
- Conocimiento, seguimiento e informe de los proyectos normativos en la Unión Europea y en otros organismos internacionales, en cuanto afecten a materias de su competencia, -en coordinación con la Secretaría General Técnica, conforme al artículo 8.1.n)-.
- Llevanza de la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Justicia, tanto en relación con documentos físicos como electrónicos.
Titular
Javier Gómez Gálligo es el actual Director de los Registros y del Notariado (31 de octubre de 2014).
Estructura
La Dirección General de los Registros y del Notariado se estructura en dos Subdirecciones Generales:
- Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil
- Subdirección General del Notariado y de los Registros
Localización
Plaza Jacinto Benavente, 3
C.P. 28012. Madrid
Teléfono 902.00.72.14
Referencias
Bibliografía
- Ministerio de Justicia. Recurso de apelación de honorarios contra las resoluciones del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles. Acceso 3-09-2013.
- Wikireg. Dirección General de los Registros y del Notariado. Acceso 03-09-2013.
Notas
Regulación
- Ley Hipotecaria. Su redacción inicial es de 8 de febrero de 1861. Redactado un nuevo texto por Ley de 30 de diciembre de 1944, y Decreto de 8 de febrero de 1946. Ha sido más tarde modificada en numerosas ocasiones.
- Reglamento Hipotecario. Decreto de 14 de febrero de 1947, modificado en muchos de sus apartados.
- Real Decreto 1093/1997 de julio sobre Inscripción de Actos de Naturaleza Urbanística.
- RD 1427/1989, de 17 de noviembre por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad.
- DA 3ª Ley de Tasas y Precios públicos.
- RD 1427/1989, de 17 de noviembre.
- Ley sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero 8/2012, de 30 de octubre, DA 2ª
- Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común 30/1992, de 16 de noviembre.