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Coto Mixto

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Meaus, una de las poblaciones que conformaban el Couto Mixto.

El Couto Mixto era un territorio que comprendía los pueblos de Rubiás, Meaus y Santiago, en la zona fronteriza entre Portugal y España, independiente de ambos reinos y que disfrutaba de distintos privilegios.[1]​ A pesar de la abolición de los derechos señoriales, el Couto Mixto continuó viviendo en una situación anormal y perjudicial para ambos Estados,[2]​ hasta 1864.[3]

Las tres localidades estaban encuadradas administrativamente en Tourém y dependían de la diócesis de Orense.[4]​ El territorio pagaba anualmente, hasta 1834, a las Coronas portuguesa y española, además de a la Casa de Braganza, por considerarla propietaria del terreno donde se asentaba.[2]

Situación

Placa conmemorativa del Coto Mixto.

El Coto era atravesado por una «carretera neutral» o «camino privilegiado» hasta Tourém. El alcalde era elegido por los vecinos y era confirmado posteriormente por el corregidor de Braganza.[4]​ Entre sus privilegios prolongados en el tiempo, destacaban la exención de impuestos, dispensa de servicio militar, derecho de asilo y cultivo de tabaco y su manipulación, entre otros.[4]​ Sus habitantes eran presentados como portugueses unas veces y como españoles otras, según su interés, pero no se consideraban sujetos de ninguna de las dos Coronas. Consentían asimismo alguna jurisdicción portuguesa o española en cierto casos. Cuando era necesaria la intervención judicial, cada casa recurría a la justicia del país al que tenían fidelidad.[2]

Ninguna persona que se refugiase en el territorio podía ser detenido o privado de sus riquezas. En caso de guerra en la que estuvieran involucrados alguno de los dos países, los habitantes del Coto Mixto se consideraban incluidos en la administración del otro país.[4]

Desaparición

Mapa del Coto.
[...] Portugal renuncia en favor de España a todos los derechos que pueda tener sobre el terreno del Coto misto y sobre los pueblos situados en el mismo, que en virtud de la división determinada por la línea descrita quedan en territorio español.
—Artículo vii del Tratado de Lisboa (1864).[5]

A propuesta de Isabel II de España, el territorio fue objeto de disputa del Tratado de Lisboa (1864), que delimitó la línea fronteriza entre ambos países.[3]

En la Comisión Mixta de demarcación y límites, el secretario portugués Couvreur propuso partir el Coto Mixto a través del río Salas, que separa desde el este al oeste Meaus de Santiago y Rubiás, quedando el primer pueblo en el lado portugués y los otros dos en el español, pero el plan quedó en suspenso.[6]​ España esgrimió que el Diccionario de Madoz colocaba en 1846 en el distrito de Ginzo de Limia a Santiago y Rubiás y en Baltar, a Meaus.[7]​ En 1859, los representantes españoles reclamaban el Coto debido a que las aldeas pagaban impuestos cerealísticos a su Estado. El territorio no tributaba nada al portugués y la confirmación de la elección del alcalde por el corregidor de Braganza había cesado desde 1834, pero los portugueses presentaron documentos que acreditaban la relación del Coto Mixto con la Casa de Braganza.[7]​ Los españoles consideraban que los derechos reclamados por el país luso eran derechos feudales abolidos, aunque confidencialmente argumentaban que estos estaban justificados por la situación de facto.[8]​ Finalmente, Portugal cedió el Coto Mixto a cambio de la soberanía sobre los «pueblos promiscuos» —territorio en situación análoga a la del Coto Mixto—,[9]​ se delimitó la frontera y se revisó la situación en 1866 y 1896.[3]​ Los habitantes que quisieran conservar la nacionalidad portuguesa podían hacerlo comunicándolo a las autoridades locales, según estableció el artículo xxvii del Tratado.[5]

Referencias

Bibliografía