Esta reproducción fotográfica queda autorizada por el artículo 148, inciso VII de la Ley Federal de Derechos de Autor, que establece que: «Las obras literarias y artísticas ya divulgadas podrán utilizarse, siempre que no se afecte la explotación normal de la obra, sin autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, citando invariablemente la fuente y sin alterar la obra, sólo en los siguientes casos: [...] VII. Reproducción, comunicación, y distribución por medio de dibujos, pinturas, fotografías, y procedimientos audiovisuales de las obras que sean visibles desde lugares públicos».
Véase COM:CRT/Mexico#Freedom of panorama para mayor información.
La persona que ha asociado una obra a este documento lo dedica al dominio público mediante la cesión mundial de sus derechos bajo la ley de derechos de autor y todos los derechos legales adyacentes propios de dicha, en el ámbito permitido por ley. Puedes copiar, modificar, distribuir y reproducir el trabajo, incluso con objetivos comerciales, sin pedir aprobación del autor.
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