Diferencia entre revisiones de «Usuario:Jopevidal/Taller/Taller de Política Uruguay/Presidente de Uruguay»
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{{Ficha de cargo político |
{{Ficha de cargo político |
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|cargo = [[Anexo: |
|cargo = [[Anexo:Gobernantes de Uruguay|Presidente de la<br/>República Oriental del Uruguay]] |
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|insignia |
|insignia = Presidential Standard of Uruguay (On Land).svg |
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|pie_insignia = [[ |
|pie_insignia = [[Estandarte presidencial|Bandera Presidencial de Uruguay]] |
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|tam_insignia = 200px |
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|imagen = |
|imagen = 2020-03-01 Cerimônia de Transmissão de Mandato Presidencial (cropped).jpg |
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|tamaño = 250px |
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|titular = [[Luis Alberto Lacalle Pou]] |
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|inicio = {{fecha|1|3|2020}} |
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|residencia = *[[Residencia Presidencial de Suárez y Reyes]]<br /><small>(Residencia oficial)</small> |
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|residencia = [[Residencia presidencial de Suárez y Reyes]] |
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*[[Torre Ejecutiva]]<br /><small>(Sede del Gobierno)</small> |
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|duración = Cinco años,<br />sin posibilidad de reelección inmediata |
|duración = Cinco años,<br />sin posibilidad de reelección inmediata |
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|creación = [[6 de noviembre]] de [[1830]] |
|creación = [[6 de noviembre]] de [[1830]] |
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|primero = [[Fructuoso Rivera]] (1830-1834) |
|primero = [[Fructuoso Rivera]] (1830-1834) |
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|designado_por = Voto popular |
|designado_por = Voto popular |
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|sitio = [http://www.presidencia.gub.uy Presidencia de Uruguay] |
|sitio = [http://www.presidencia.gub.uy Presidencia de Uruguay] |
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|tipo = |
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|tipo=|salario=[[Peso uruguayo|$]] 550.886,15<ref>{{Cita web|url=https://medios.presidencia.gub.uy/transparencia/remuneraciones/remuneracion_presidente.pdf|título=Retribución Presidente de la República|editorial=Presidencia de la Républica}}</ref>|suplente=[[Vicepresidente de Uruguay]]}} |
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|salario = [[Peso uruguayo|$]] 329 025,56 (Líquido, 2017)<ref>{{Cita web|url=https://web.archive.org/web/20180808172211/https://medios.presidencia.gub.uy/transparencia/remuneraciones/remuneracion_presidente.pdf|título=Retribución Presidente de la República}}</ref>|suplente=[[Vicepresidente de Uruguay|Vicepresidente de la República]]|sede=[[Torre Ejecutiva]]}}El '''presidente de la República Oriental del Uruguay''' es el [[jefe de Estado]] y [[jefe de Gobierno]] de la [[Uruguay|República Oriental del Uruguay]], presidente del [[Consejo de Ministros]] y [[comandante en jefe]] de las [[Fuerzas Armadas del Uruguay|Fuerzas Armadas]]. |
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Dicho mandatario conforma el [[Poder Ejecutivo]], junto con el [[Consejo de Ministros]], así como con el [[Secretaría de Presidencia de Uruguay|secretario]] y el [[Prosecretaría de Presidencia de Uruguay|prosecretario de la Presidencia]], y el director de la [[Oficina de Planeamiento y Presupuesto]]. |
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El '''presidente de la República Oriental del Uruguay''' es el [[jefe de Estado]] y [[jefe de Gobierno]] de la [[Uruguay|República Oriental del Uruguay]], presidente del [[Consejo de Ministros]] y comandante en jefe de las [[Fuerzas Armadas del Uruguay|Fuerzas Armadas]]. |
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Hasta la fecha, ha habido un total de treinta y siete personas que asumieron el cargo y cuarenta y dos presidencias (esto es porque [[Fructuoso Rivera]] en 1830 y 1839, [[Francisco Antonino Vidal Silva|Francisco Antonino Vidal]] en 1880 y 1886, [[José Batlle y Ordóñez]] en 1903 y 1911, [[Julio María Sanguinetti]] en 1984 y 1994, y [[Tabaré Vázquez]] en 2004 y 2014 fueron electos para ocupar más de una vez el cargo). De las personas elegidas para el cargo, treinta y dos fueron electas en treinta y seis elecciones (diecinueve con sufragio indirecto y diecisiete con sufragio directo). En cuanto al término del mandato por el que fueron elegidos (sin contar la presidencia actual), veintiuno terminaron su mandato, uno dio paso a una nueva forma de gobierno de forma constitucional, siete presentaron renuncia al cargo, tres dieron golpes de estado, uno fue asesinado y dos murieron por causas naturales. Además dos vicepresidentes, dos [[Ministerio de Defensa Nacional de Uruguay|Ministros de Guerra]] y dos senadores asumieron tras la falta de un presidente. |
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Dicho mandatario conforma el [[Poder Ejecutivo]], junto con el [[Consejo de Ministros]], así como con el [[Secretaría de Presidencia de Uruguay|secretario]] y el [[Prosecretaría de Presidencia de Uruguay|prosecretario de la Presidencia]], y el director de la [[Oficina de Planeamiento y Presupuesto]]. |
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[[Archivo:Fructuoso Rivera.jpg|miniaturadeimagen|309x309px|[[Fructuoso Rivera]], el primer presidente de [[Uruguay]]]] |
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El primer titular fue [[Fructuoso Rivera]] quien asumió el cargo el [[6 de noviembre]] de [[1830]] como ''Presidente de la República Oriental del Uruguay''. El actual titular es [[Luis Alberto Lacalle Pou]], electo en las [[elecciones presidenciales de Uruguay de 2019]]. |
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== Proceso de elección == |
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Hasta la fecha, ha habido un total de treinta y seis personas que asumieron el cargo y cuarenta y un presidencias (esto es porque [[Fructuoso Rivera]] en 1830 y 1839, [[Francisco Antonino Vidal Silva|Francisco Antonino Vidal]] en 1880 y 1886, [[José Batlle y Ordóñez]] en 1903 y 1911, [[Julio María Sanguinetti]] en 1984 y 1994, y [[Tabaré Vázquez]] en 2004 y 2014 fueron electos para ocupar más de una vez el cargo). De las personas elegidas para el cargo, treinta y un fueron electas en treinta y cinco elecciones (diecinueve con sufragio indirecto y dieciséis con sufragio directo). En cuanto al término del mandato por el que fueron elegidos, veinte terminaron su mandato, uno dio paso a una nueva forma de gobierno de forma constitucional, siete presentaron renuncia al cargo, tres dieron golpes de estado, uno fue asesinado y dos murieron por causas naturales. Además dos vicepresidentes y cuatro ciudadanos (dos [[Ministerio de Defensa Nacional de Uruguay|Ministros de Guerra]] y dos senadores) asumieron tras la falta de un presidente. |
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=== Elegibilidad === |
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El primer titular fue [[Fructuoso Rivera]] quien asumió el cargo el [[6 de noviembre]] de [[1830]] como ''Presidente del Estado Oriental del Uruguay''. El actual titular es [[Tabaré Vázquez]], electo por el Partido [[Frente Amplio (Uruguay)|Frente Amplio]], quien tomó posesión del mando el [[1 de marzo]] de [[2015]]. |
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En la [[Constitución de Uruguay de 1997|Constitución]] se detallan las limitantes y los requisitos del cargo. En cuanto a los requisitos, estos se encuentran detallados en el artículo 151: |
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== Historia del cargo == |
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* Contar con ciudadanía natural es esencial; es decir, haber nacido en el país o ser hijo de un uruguayo. Imposibilitando el acceso al cargo a cualquier tipo de ciudadano legal o no ciudadano. |
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* Estar inscripto en el Registro Cívico Nacional |
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* Tener la edad de al menos 35 años.{{cita|(...) Sólo podrán ser elegidos los ciudadanos naturales en ejercicio, que tengan treinta y cinco años cumplidos de edad.|Artículo 151, Capítulo I, Sección IX del Poder Ejecutivo, [[s:Constitución de Uruguay de 1997|Constitución de la República]]|col2=}}En cuanto a las limitaciones del cargo: |
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* Inhabilitación de ejercer política partidaria activa{{cita|El Presidente de la República y los miembros de la Corte Electoral no podrán formar parte de comisiones o clubes políticos, ni actuar en los organismos directivos de los partidos, ni intervenir en ninguna forma en la propaganda política de carácter electoral.|Quinto inciso, Artículo 77, Capítulo II, Sección III de la Ciudadanía y el Sufragio, [[s:Constitución de Uruguay de 1997|Constitución de la República]]|col2=}} |
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* Inhabilitación a ejercer otro cargo mientras se ejerza el cargo de presidente (inciso 1 del artículo 91 y artículo 99). |
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* Inhabilitación de ser candidato a Representante Nacional (artículo 92). |
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=== Elección === |
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Según la [[Constitución de Uruguay de 1996|Constitución actual]], las personas que deseen ser presidente deben de inscribir su candidatura, a través de un partido político, en las elecciones internas de los partidos políticos, las cuales se realizan el mismo año que se realizan las elecciones nacionales. En estas elecciones cada partido político define un candidato único, el cual se presenta representando al partido en las elecciones nacionales. En las elecciones presidenciales, mediante voto secreto, la ciudadanía elige entre las candidaturas presentadas. En caso que ninguna candidatura obtenga la mayoría absoluta de los votos, se procede a una segunda vuelta, denominada "[[Balotaje]]", entre las dos candidaturas más votadas. En dicha votación resulta ganadora la candidatura que obtenga la mayoría de los votos. |
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En la [[Constitución de Uruguay de 1830|primera Constitución]] se estipulaba que el presidente era elegido por la Asamblea General a mayoría absoluta de votos, por lo que el presidente se elegía en votación indirecta ya que la ciudadanía votaba a los legisladores y estos votaban a un candidato a presidente. La [[Constitución de Uruguay de 1918|Constitución de 1918]] establece por primera vez el voto popular directo en la elección del presidente, aunque solamente votaban ciudadanos hombres. Recién en [[1938]] se habilitó el voto femenino en las elecciones nacionales a presidente. |
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=== Juramento === |
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De acuerdo con el artículo 158 de la Constitución, el mandato del presidente comienza el [[1 de marzo]] siguiente a la fecha de elección y a la vez ese día se da por finalizado el mandato del presidente anterior. De acuerdo al Manual de Ceremonial Público aprobado el [[14 de noviembre]] de [[2007]], antes de poder ejercer, tanto el presidente como el vicepresidente electos deben de realizar el acto de toma de posesión del cargo en presencia de ambas cámaras legislativas reunidas en [[Asamblea General de Uruguay|Asamblea General]] en el [[Palacio Legislativo del Uruguay|Palacio Legislativo]]. Se requiere, por disposición de la [[Constitución de la República Oriental del Uruguay|Constitución]], que presten el siguiente juramento ante el presidente actuante del Senado: |
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{{Cita|"Yo, N.N., me comprometo por mi honor a desempeñar lealmente el cargo que se me ha confiado y a guardar y defender la Constitución de la República"|Artículo 158, Capítulo I, Sección IX de la Poder Ejecutivo, Constitución de la República.|col2=}}Luego de prestar juramento, tanto el presidente como el vicepresidente electos se dirigen desde el Parlamento hasta la sede del Poder Ejecutivo (hoy en día [[Torre Ejecutiva]]) donde presidente y vicepresidente salientes los aguardan para la ceremonia de traspaso de mando. Luego de que el Escribano de Gobierno hace lectura y firma del acta, el presidente entrante asume de forma oficial y se procede a la entrega por parte del presidente saliente de la banda presidencial. El primer acto del presidente es la designación del [[Secretario de Presidencia de Uruguay|Secretario de Presidencia]].<ref>{{Cita web|url=http://archivo.presidencia.gub.uy/_web/decretos/2007/11/CM353_19%2010%202007_00001.PDF|título=Decreto N.º 435/007 |editorial=Presidencia de la Républica}}</ref><ref>{{Cita web|url=https://www.elobservador.com.uy/nota/como-sera-la-ceremonia-de-cambio-de-mando-20152172180|título=Como será la ceremonia de cambio de mando|editorial=[[El Observador (Uruguay)|El Observador]]}}</ref> |
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Esta modalidad, fue cambiada en 2010, ya que la ceremonia de asunción y cambio de mando de [[José Mujica]] se realizó sobre la [[Plaza Independencia (Montevideo)|Plaza Independencia]] a los pies del monumento al prócer [[José Gervasio Artigas]]. |
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=== Duración === |
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Actualmente, desde la [[Constitución de Uruguay de 1967|reforma constitucional de 1967]], se establece la duración de los mandatos en cinco años tanto para el presidente como para el vicepresidente y se prohíbe la reelección inmediata, teniendo que esperar, tanto el presidente como el vicepresidente, cinco años para poder volver a ocupar sus respectivos cargos. Esta disposición compete al presidente con respecto a la vicepresidencia pero no al vicepresidente con respecto a la presidencia (Artículo 152 de la Constitución). |
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En el artículo 75 de la [[Constitución de Uruguay de 1830|Constitución de 1830]] se especificaba que ''las funciones del Presidente durarán por cuatro años; y no podrá ser reelegido sin que medie otro tanto tiempo entre su cese y la reelección''. El texto constitucional aprobado en 1918 mantenía la duración de los mandatos en cuatro años pero exigiendo que medien ocho años entre el cese y la reelección. Esta disposición quedó sin efecto en los siguientes textos constitucionales, restaurándose la disposición original, la cual también limitó la duración de los períodos de gobierno mientras el Poder Ejecutivo era ejercido por el [[Consejo Nacional de Gobierno]]. |
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Ha habido ciertos movimientos que han impulsado que se habilite la reelección presidencial pero sin lograr gran trascendencia, a excepción de la [[Unión Nacional Reeleccionista]] que impulsaba la reelección de [[Jorge Pacheco Areco]] en 1971. En [[Elecciones generales de Uruguay de 1966|1966]] es electo como presidente [[Óscar Diego Gestido|Óscar Gestido]] el cual va acompañado de Jorge Pacheco Areco como candidato a [[Vicepresidente de Uruguay|vicepresidente]]. Gestido fallece al tiempo de asumir y Pacheco Areco asume la presidencia. En las siguientes elecciones, las de [[Elecciones generales de Uruguay de 1971|1971]], hubo un intento reeleccionista de parte del presidente y sus correligionarios a través de la Unión Nacional Reeleccionista. El proyecto fracasó, aunque logró un caudal importante de votos que permitieron que el candidato del sector si no se aprobaba la reforma, [[Juan María Bordaberry]], fuera electo presidente.<ref>{{Cita web|url=https://factum.uy/analisis/2006/ana060625.php|título=La reelección como problema|fechaacceso=15 de octubre de 2018|autor=Oscár Bottinelli|enlaceautor=Óscar Bottinelli|fecha=25 de junio de 2006|urlarchivo=https://web.archive.org/web/20190129181313/https://factum.uy/analisis/2006/ana060625.php|fechaarchivo=29 de enero de 2019}}</ref> |
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Hubo varias personas que ocuparon más de una vez el cargo si se contabilizan presidencias interinas o [[Anexo:Presidentes del Senado de Uruguay|presidentes del Senado]] en ejercicio del Poder Ejecutivo, pero sólo hubo cinco personas que fueron elegidas para ocupar más de una vez el cargo: [[Fructuoso Rivera]] de 1830 a 1834 y de 1839 a 1843, [[Francisco Antonino Vidal Silva|Francisco Antonino Vidal]] de 1880 a 1882 y durante 1886, [[José Batlle y Ordóñez]] de 1903 a 1907 y de 1911 a 1915, [[Julio María Sanguinetti]] de 1985 a 1990 y de 1995 a 2000 y [[Tabaré Vázquez]] de 2005 a 2010 y de 2015 a la actualidad (finaliza su mandato en 2020). Aunque solamente [[Julio María Sanguinetti]] y [[Tabaré Vázquez]] fueron elegidos por sufragio universal directo para ocupar más de una vez el cargo. |
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[[Archivo:Juan Idiarte Borda.png|miniaturadeimagen|300x300px|[[Juan Idiarte Borda]], víctima del único [[magnicidio]] registrado en la [[Historia de Uruguay|historia del Uruguay]].]] |
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[[Archivo:JoseBatlle1900.jpg|miniaturadeimagen|304x304px|[[José Batlle y Ordóñez]], primer presidente que completó dos períodos presidenciales, además también fue el primer presidente en ser hijo de un ex presidente]] |
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==Poderes y deberes== |
==Poderes y deberes== |
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El Presidente tiene la atribución de nombrar y destituir a Ministros. De acuerdo al artículo 168 de la Constitución, al Presidente de la República, actuando con el Ministro o Ministros respectivos, o con el Consejo de Ministros, corresponde, entre otros asuntos: |
El Presidente tiene la atribución de nombrar y destituir a Ministros. De acuerdo al artículo 168 de la Constitución, al Presidente de la República, actuando con el Ministro o Ministros respectivos, o con el Consejo de Ministros, corresponde, entre otros asuntos: |
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#La conservación del orden y tranquilidad en lo interior, y la seguridad en lo exterior. |
#La conservación del orden y tranquilidad en lo interior, y la seguridad en lo exterior. |
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#El mando superior de todas las Fuerzas Armadas. |
#El mando superior de todas las Fuerzas Armadas. |
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Línea 43: | Línea 74: | ||
#Concluir y suscribir tratados, necesitando para ratificarlos la aprobación del [[Poder Legislativo]]. |
#Concluir y suscribir tratados, necesitando para ratificarlos la aprobación del [[Poder Legislativo]]. |
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== Proceso de elección == |
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== Cese o incapacidad == |
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En la [[Constitución de Uruguay de 1997|Constitución]] se detallan las limitantes y los requisitos del cargo. En cuanto a los requisitos, estos se encuentran detallados en el artículo 151: |
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=== Vacancia del cargo === |
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* Haber nacido en territorio uruguayo |
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* Estar inscripto en el Registro Cívico Nacional |
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* Tener la edad de 35 años{{cita|Artículo 151.- (...) Sólo podrán ser elegidos los ciudadanos naturales en ejercicio, que tengan treinta y cinco años cumplidos de edad.|Capítulo primero. Sección IX Del Poder Ejecutivo, [[s:Constitución de Uruguay de 1997|Constitución de Uruguay de 1997]]|col2=}}En cuanto a las limitaciones del cargo: |
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La oficina presidencial puede quedar vacante por varias circunstancias: muerte, dimisión y destitución. Hasta la fecha, tres personas murieron ejerciendo el cargo, [[Juan Idiarte Borda]] en 1897, [[Tomás Berreta]] en 1947 y [[Óscar Gestido]] en 1967, tanto Berreta como Gestido fallecieron por causas naturales mientras que Idiarte Borda fue víctima de un asesinato. [[Andrés Martínez Trueba]] dio por finalizado su mandato de cuatro años al año de asumir para dar paso a un poder ejecutivo colegiado ([[Consejo Nacional de Administración]]) en [[1952]] tal como se expresaba en la [[Constitución de Uruguay de 1952|Constitución de 1952]]. |
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*Inhabilitación de ejercer política partidaria activa{{cita|Artículo 77 Quinto inciso.- El Presidente de la República y los miembros de la Corte Electoral no podrán formar parte de comisiones o clubes políticos, ni actuar en los organismos directivos de los partidos, ni intervenir en ninguna forma en la propaganda política de carácter electoral.|Capítulo segundo. Sección III De la Ciudadanía y el Sufragio, [[s:Constitución de Uruguay de 1997|Constitución de Uruguay de 1997]]|col2=}} |
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* Inhabilitación a ejercer otro cargo mientras se ejerza el cargo de presidente (inciso 1 del artículo 91 y articulo 99) |
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*Inhabilitación de ser candidato a Representante Nacional (articulo 92) |
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En cuanto a renuncias al cargo de presidente, el último antecedente se retrotrae al siglo XIX con la renuncia de [[Francisco Antonino Vidal Silva|Francisco Antonino Vidal]] al cargo en 1886. En total se contabilizan un total de siete renuncias al cargo: [[Fructuoso Rivera]] en [[1834]], [[Manuel Oribe]] en [[1838]], [[Venancio Flores]] en [[1855]], [[José Eugenio Ellauri]] en [[1875]], [[Lorenzo Latorre]] en [[1880]] y [[Francisco Antonino Vidal Silva|Francisco Antonino Vidal]] en [[1882]] y en [[1886]]. [[Juan Francisco Giró]] fue el único presidente constitucional depuesto, forzándolo a renunciar en [[1853]] para dar paso al [[Triunvirato de Gobierno de 1853|Triunvirato de Gobierno]] integrado por [[Venancio Flores]], [[Juan Antonio Lavalleja]] y [[Fructuoso Rivera]]. |
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=== Elección === |
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Según la [[Constitución de Uruguay de 1967|Constitución actual]], el presidente y vicepresidente son electos por elección popular directa. Se eligen en una misma candidatura presentada por el respectivo partido. En caso que ninguna candidatura obtenga la mayoría absoluta de los votos, se procede a una segunda vuelta, denominada "[[Balotaje]]", entre las dos primeras mayorías. En dicha votación resulta ganadora la candidatura que obtenga la mayoría de los votos. |
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En cuanto a [[Gabriel Terra]] en [[1933]] y [[Juan María Bordaberry]] en [[1973]], estos no culminaron sus mandatos ya que disolvieron el Parlamento y ejercieron el poder de manera autoritaria con represión y censuras políticas. |
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=== Juramento === |
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De acuerdo con el artículo 158, el mandato del presidente comienza el [[1 de marzo]] siguiente a la fecha de elección y a la vez ese día se da por finalizado el mandato del presidente anterior. Antes de poder ejercer, tanto el presidente como el vicepresidente electos deben de realizar el acto de toma de posesión del cargo en presencia de ambas cámaras legislativas reunidas en Asamblea General. Se requiere, por disposición de la [[Constitución de la República Oriental del Uruguay|Constitución]], que presten el siguiente juramento ante el presidente actuante del Senado<ref group="n" name="g">{{Cita libro|apellidos=|nombre=|enlaceautor=|título=Articulo 104, ,Capitulo I, Sección VI, Constitución de la República|url=|fechaacceso=|año=|editorial=|isbn=|editor=|ubicación=|página=|idioma=|capítulo=}} Primer titular de la lista de senadores más votada del lema más votado quien preside las sesiones hasta la asunción del Vicepresidente. </ref>: |
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=== Subrogación y sucesión presidencial === |
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{{Cita|"Yo, N.N., me comprometo por mi honor a desempeñar lealmente el cargo que se me ha confiado y a guardar y defender la Constitución de la República"|Articulo 158, Capitulo I, Sección IX, Constitución de la República|col2=}} |
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[[Archivo:Tomás Berreta (cropped).jpg|miniaturadeimagen|[[Tomás Berreta]], primer presidente en fallecer de forma natural en pleno mandato]] |
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[[Archivo:Lbberres23.jpg|miniaturadeimagen|[[Luis Batlle Berres]], primer vicepresidente en suceder en la Presidencia a un presidente fallecido. Además, primer nieto de un Presidente por línea paterna.]] |
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En todos los casos de vacancia temporal o definitiva de la presidencia, el vicepresidente ocupará el cargo con las mismas facultades y atribuciones, en caso de ser vacancia definitiva el vicepresidente asumirá el mando hasta el final del período (artículo 150 de la Constitución). En caso de que la Presidencia de la República quedará vacante de forma temporal o definitiva o en caso de licencia, renuncia, cese o muerte del Presidente y del Vicepresidente, la presidencia recaerá en el primer Senador titular de la lista más votada del partido político por el cual fueron electos tanto el presidente como el vicepresidente, siempre que cumpla con las disposiciones del artículo 151 y no estuviera impedido por las del artículo 152 (Artículo 153 de la Constitución). |
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[[Archivo:PresidenteSanguinettiCropped.jpg|miniaturadeimagen|[[Julio María Sanguinetti]], primer presidente elegido en dos ocasiones mediante sufragio universal, además también fue el primer presidente tras el retorno de la Democracia en Uruguay.]] |
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En caso que el Presidente electo no pudiera temporalmente asumir el mando o ejercer el mismo, el vicepresidente, o en su defecto de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 153, asumirá el mando de forma temporal hasta que perduren las causas que generaron dicha incapacidad (artículo 156 de la Constitución). Si a la fecha de toma de mando (1 de marzo del año siguiente a la elección) no estuvieran proclamados por la Corte Electoral el presidente y el vicepresidente o la elección fuera anulada, el presidente cesante delegara el mando en el Presidente de la Suprema Corte de Justicia quien actuara hasta que se efectúe la trasmisión mientras tanto quedara suspendido temporalmente en sus funciones judiciales (artículo 157 de la Constitución). |
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[[Archivo:Jorge Batlle.jpg|miniaturadeimagen|[[Jorge Batlle Ibáñez]], primer presidente electo en un [[balotaje]] en Uruguay. Además, primer bisnieto de un Presidente por línea paterna.]] |
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[[Archivo:Visita Oficial del Presidente de Uruguay 3 (cropped).jpg|miniaturadeimagen|[[Tabaré Vázquez]], primer presidente de izquierdas de Uruguay. Rompiendo con una tradición de gobiernos blancos y colorados.]] |
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En la [[Constitución de Uruguay de 1830|primera Constitución]] se establecía que en caso de vacancia de la Presidencia, sea por enfermedad, ausencia, muerte, renuncia, destitución, o de cesación de hecho, el cargo era asumido por el Presidente del Senado. Con la introducción del [[Consejo Nacional de Administración|Consejo de Administración]] en el texto constitucional de 1918, se dispuso que quien suplantará al presidente fuera el miembro del Consejo que el presidente hubiera elegido, quedando suspendido en sus funciones de consejero mientras ejerciera el cargo, y que en caso de quedar vacante la Presidencia de la República la Asamblea General, a mayoría absoluta de votos, designara a quien desempañaría la presidencia hasta el 1 de marzo siguiente a las próximas elecciones de miembros del Consejo donde se elegiría el presidente de la República. Con la introducción de la figura del vicepresidente en la Constitución de 1934, se agrupó en una sola persona tanto la presidencia de la Asamblea General y la Cámara de Senadores como el ser el primero en la línea de sucesión presidencial. Con la abolición del puesto de presidente en el texto constitucional de 1952, como consecuencia de la introducción de un poder ejecutivo colegiado, también se eliminó el puesto de vicepresidente, por lo que la presidencia de la Asamblea General y la Cámara de Senadores se estipuló que la ejercería el primer Senador titular de la lista más votada del partido político más votado. A raíz de la reforma de 1967 se re introdujeron tanto el puesto de presidente como el de vicepresidente. |
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=== Casos de sucesión presidencial === |
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{| class="wikitable sortable" |
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En el articulo 75 de la [[Constitución de Uruguay de 1830|Constitución de 1830]] se especificaba que ''las funciones del Presidente durarán por cuatro años; y no podrá ser reelegido sin que medie otro tanto tiempo entre su cese y la reelección''. Esta disposición, la cual también limitó la duración de los períodos de gobierno mientras el Poder Ejecutivo era ejercido por el [[Consejo Nacional de Gobierno]], se modificó con la [[Constitución de Uruguay de 1967|reforma constitucional de 1967]] en donde se especificaba que ''el Presidente y el Vicepresidente durarán cinco años en sus funciones, y para volver a desempeñarlas se requerirá que hayan transcurrido cinco años desde la fecha de su cese''. Esta disposición comprende al Presidente con respecto a la Vicepresidencia pero no al Vicepresidente con respecto a la Presidencia. |
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!Sucesor |
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! colspan="2" |Partido |
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!Cargo anterior del sucesor |
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!Fecha |
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!Motivo de la sucesión |
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|[[Carlos Anaya]] |
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| bgcolor="{{Color político|Partido Colorado (Uruguay)}}" | |
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|[[Partido Colorado (Uruguay)|Partido Colorado]] |
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|[[Presidente del Senado de Uruguay|Presidente del Senado]] |
|||
|24 de octubre de 1834 |
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|Renuncia de [[Fructuoso Rivera]] luego de 3 años, 11 meses y 18 días en la presidencia. |
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|- |
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|[[Gabriel Antonio Pereira]] |
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| bgcolor="{{Color político|Partido Colorado (Uruguay)}}" | |
|||
|[[Partido Colorado (Uruguay)|Partido Colorado]] |
|||
|[[Presidente del Senado de Uruguay|Presidente del Senado]] |
|||
|24 de octubre de 1838 |
|||
|Renuncia de [[Manuel Oribe]] luego de 3 años, 7 meses y 23 días en la presidencia. |
|||
|- |
|||
|[[Manuel Basilio Bustamante]] |
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| bgcolor="{{Color político|Partido Colorado (Uruguay)}}" | |
|||
|[[Partido Colorado (Uruguay)|Partido Colorado]] |
|||
|[[Presidente del Senado de Uruguay|Presidente del Senado]] |
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|10 de septiembre de 1855 |
|||
|Renuncia de [[Venancio Flores]] luego de 1 año, 5 meses y 29 días en la presidencia. |
|||
|- |
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|[[Pedro Varela]] |
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| bgcolor="{{Color político|Partido Colorado (Uruguay)}}" | |
|||
|[[Partido Colorado (Uruguay)|Partido Colorado]] |
|||
|Designado por el Parlamento |
|||
|22 de enero de 1875 |
|||
|Renuncia de [[José Eugenio Ellauri]] luego de 2 años, 10 meses y 21 días en la presidencia. |
|||
|- |
|||
|[[Francisco Antonino Vidal Silva]] |
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| bgcolor="{{Color político|Partido Colorado (Uruguay)}}" | |
|||
|[[Partido Colorado (Uruguay)|Partido Colorado]] |
|||
|Designado por el Parlamento |
|||
|15 de marzo de 1880 |
|||
|Renuncia de [[Lorenzo Latorre]] luego de 1 año y 14 días en la presidencia. |
|||
|- |
|||
|[[Máximo Santos]] |
|||
| bgcolor="{{Color político|Partido Colorado (Uruguay)}}" | |
|||
|[[Partido Colorado (Uruguay)|Partido Colorado]] |
|||
|[[Ministerio de Defensa Nacional de Uruguay|Ministerio de Guerra]] |
|||
|1º de marzo de 1882 |
|||
|Renuncia de [[Francisco Antonino Vidal Silva|Francisco Antonino Vidal]] luego de 1 año, 11 meses y 14 días. |
|||
|- |
|||
||[[Máximo Santos]] |
|||
| bgcolor="{{Color político|Partido Colorado (Uruguay)}}" | |
|||
|[[Partido Colorado (Uruguay)|Partido Colorado]] |
|||
|[[Presidente del Senado de Uruguay|Presidente del Senado]] |
|||
|24 de mayo de 1886 |
|||
|Renuncia de [[Francisco Antonino Vidal Silva|Francisco Antonino Vidal]] luego de 2 meses y 23 días en la presidencia. |
|||
|- |
|||
|[[Máximo Tajes]] |
|||
| bgcolor="{{Color político|Partido Colorado (Uruguay)}}" | |
|||
|[[Partido Colorado (Uruguay)|Partido Colorado]] |
|||
|Designado por el Parlamento |
|||
|18 de noviembre de 1886 |
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|Renuncia de [[Máximo Santos]] luego de 6 meses y 25 días en la presidencia. |
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|[[Juan Lindolfo Cuestas]] |
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|[[Partido Colorado (Uruguay)|Partido Colorado]] |
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|[[Presidente del Senado de Uruguay|Presidente del Senado]] |
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|25 de agosto de 1897 |
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|Asesinato de [[Juan Idiarte Borda]] luego de 3 años, 5 meses y 4 días en la presidencia. |
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|[[Luis Batlle Berres]] |
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|[[Partido Colorado (Uruguay)|Partido Colorado]] |
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|[[Vicepresidente de Uruguay|Vicepresidente]] |
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|2 de agosto de 1947 |
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|Muerte de [[Tomás Berreta]] luego de 5 meses y un día en la presidencia. |
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|[[Jorge Pacheco Areco]] |
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|[[Partido Colorado (Uruguay)|Partido Colorado]] |
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|[[Vicepresidente de Uruguay|Vicepresidente]] |
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|6 de diciembre de 1967 |
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|Muerte de [[Óscar Gestido]] luego de 9 meses y 5 días en la presidencia. |
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== Estadísticas == |
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Ha habido ciertos movimientos que han impulsado que se habilite la reelección presidencial pero sin lograr gran trascendencia, a excepción de la [[Unión Nacional Reeleccionista]] que impulsaba la reelección de [[Jorge Pacheco Areco]] en 1971. En [[Elecciones generales de Uruguay de 1966|1966]] es electo como presidente [[Óscar Diego Gestido|Óscar Gestido]] el cual va acompañado de Jorge Pacheco Areco como candidato a [[Vicepresidente de Uruguay|vicepresidente]]. Gestido fallece al tiempo de asumir y Pacheco Areco asume la presidencia. En las siguientes elecciones, las de [[Elecciones generales de Uruguay de 1971|1971]], hubo un intento reeleccionista de parte del presidente y sus correligionarios a través de la [[Unión Nacional Reeleccionista]]. El proyecto fracasó, aunque logró un caudal importante de votos que permitieron que el candidato del sector si no se aprobaba la reforma, [[Juan María Bordaberry]], fuera electo presidente.<ref>{{Cita web|url=https://factum.uy/analisis/2006/ana060625.php|título=La reelección como problema|fechaacceso=15 de octubre de 2018|autor=Oscár Bottinelli|enlaceautor=Óscar Bottinelli|fecha=25 de junio de 2006}}</ref> |
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{{AP|Anexo:Presidentes de Uruguay}} |
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<gallery mode="packed" heights="200" caption="Expresidentes vivos"> |
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Hubo bastante personas que ocuparon más de una el cargo si se contabilizan presidencias interinas o [[Anexo:Presidentes del Senado de Uruguay|presidentes del Senado]] en ejercicio del Poder Ejecutivo, pero sólo hubo cinco personas que fueron elegidas para ocupar más de una vez el cargo: [[Fructuoso Rivera]] de 1830 a 1834 y de 1839 a 1843, [[Francisco Antonino Vidal Silva|Francisco Antonino Vidal]] de 1880 a 1882 y durante 1886, [[José Batlle y Ordóñez]] de 1903 a 1907 y de 1911 a 1915, [[Julio María Sanguinetti]] de 1985 a 1990 y de 1995 a 2000 y [[Tabaré Vázquez|Tabaré Vazquez]] de 2005 a 2010 y de 2015 a la actualidad (finaliza su mandato en 2020). Aunque solamente fueron elegidos por sufragio universal directo para ocupar más de una vez el cargo [[Julio María Sanguinetti]] y [[Tabaré Vázquez|Tabaré Vazquez]]. |
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Archivo:PresidenteSanguinetti.jpg|<center>'''[[Julio Maria Sanguinetti]]'''<br>35°.(1985-1990)<br>37°.(1995-2000)<br><small>{{fecha|6|1|1936|edad|link=no}}</small></center> |
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Archivo:Luisalbertolacalle.jpg|<center>'''[[Luis Alberto Lacalle]]'''<br>36°. (1990-1995)<br><small>{{fecha|13|7|1941|edad|link=no}}</small></center> |
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Archivo:Pepemujica2.jpg|<center>'''[[Jose Mujica]]'''<br>40° (2010-2015)<br><small>{{fecha|20|5|1935|edad|link=no}}</small></center> |
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Archivo:Visita Oficial del Presidente de Uruguay 2 (cropped).jpg|<center>[[Tabaré Vázquez]]<br />39°.(2005-2010)<br>41°.(2015-2020)<br><small>{{fecha|17|1|1940|edad|link=no}}</small></center> |
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== Cese o incapacidad == |
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=== Miscelánea === |
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{{En obras|3=}} |
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La oficina presidencial puede quedar vacante por varias circunstancias: muerte, dimisión y destitución. Hasta la fecha, tres personas murieron ejerciendo el cargo, [[Juan Idiarte Borda]] en 1897, [[Tomás Berreta]] en 1947 y [[Óscar Gestido]] en 1967, todas por causas naturales a excepción de Juan Idiarte Borda quien fue víctima de un asesinato. |
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* [[Venancio Flores]] (18 de mayo de 1808 - 19 de febrero de 1868) fue el primer presidente nacido en el [[siglo XIX]]. |
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=== Subrogación y sucesión presidencial === |
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* [[Andrés Martínez Trueba]] (11 de febrero de 1884 - 19 de diciembre de 1959) fue el último presidente nacido en el [[siglo XIX]], además es el último presidente que nació en un departamento del interior del país (fuera del [[Departamento de Montevideo]]). |
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En la [[Constitución de Uruguay de 1830|primera Constitución]] se establecía que en caso de vacancia de la Presidencia, sea por enfermedad, ausencia, muerte, renuncia, destitución, o de cesación de hecho, el cargo era asumido por el Presidente del Senado. |
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*[[Óscar Diego Gestido]] (28 de noviembre de 1901 - 6 de diciembre de 1967) fue el primer presidente nacido en el [[siglo XX]]. |
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*[[Tabaré Vázquez]] (17 de enero de 1940 - presente) es el presidente de mayor de edad (75 años) al asumir el cargo y a la vez el mayor edad al dejar el cargo (80 años). |
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*[[José Eugenio Ellauri]] (15 de noviembre de 1834 - 27 de diciembre de 1894) fue el primer presidente en nacer luego de la [[Declaratoria de la independencia (Uruguay)|Declaratoria de la independencia]], [[Convención Preliminar de Paz (1828)|Convención Preliminar de Paz]] y de la [[Jura de la Constitución]]. En definitiva el primer presidente en nacer en el ''Uruguay independiente.'' |
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*[[José Batlle y Ordóñez]] (21 de mayo de 1856 - 20 de octubre de 1929) fue el primer presidente hijo de presidente ([[Lorenzo Batlle]]). En el 2000 asumió [[Jorge Batlle]] (25 de octubre de 1927 - 24 de octubre de 2016) quien fue el segundo presidente hijo de presidente ([[Luis Batlle Berres]]) y el primero bisnieto de otro presidente ([[Lorenzo Batlle]]). Además de ser el primer presidente en ser electo en un balotaje. En 2020 asumió [[Luis Alberto Lacalle Pou|Luis Lacalle Pou]] (11 de agosto de 1973 - presente) quien se convirtió en el tercer presidente hijo de presidente ([[Luis Alberto Lacalle]]). |
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*[[Julio María Sanguinetti]] (6 de enero de 1936 - presente) fue el primer presidente elegido en dos ocasiones mediante sufragio universal ([[Elecciones generales de Uruguay de 1984|1984]] y [[Elecciones generales de Uruguay de 1994|1994]]), además también fue el primer presidente tras el fin de la última dictadura ([[Dictadura cívico-militar en Uruguay (1973-1985)|1973 - 1985]]). |
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*[[José Serrato]] (30 de septiembre de 1868 - 7 de septiembre de 1960) fue el presidente en fallecer con mayor edad (91 años), mientras que [[Juan María Bordaberry]] (17 de junio de 1928 - 17 de julio de 2011) fue el presidente que vivió mayor tiempo luego de dejar la presidencia. |
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*[[Máximo Tajes]] (23 de noviembre de 1852 - 21 de noviembre de 1912) fue el presidente más joven al asumir el cargo (33 años). Actualmente es imposible que un presidente asuma con una edad menor a esta ya que la actual [[Constitución de Uruguay de 1967|Constitución de Uruguay]] exige un mínimo de 35 años para poder asumir. |
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== Sedes del Poder Ejecutivo == |
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{{AP|Vicepresidente de Uruguay|l1=Vicepresidente de Uruguay}} |
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Archivo:Palacio Francisco Estevez.JPG|<center>'''[[Palacio Estévez]]'''<br> Casa de Gobierno (1880-1985)<br><center> |
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Archivo:Liberty Building Montevideo.jpg|<center>'''[[Edificio Libertad (Uruguay)|Edificio Libertad]]'''<br> Sede del Poder Ejecutivo (1985-2005)<br></center> |
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=== Gobiernos de facto === |
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Archivo:Edificio Independencia (4853568317).jpg|<center>'''[[Torre Ejecutiva]]'''<br> Sede del Poder Ejecutivo (2005-actualidad)<br></center> |
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== Residencias oficiales == |
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Si bien desde los orígenes de la República, las residencias de los presidentes fueron particulares, o en algunas excepciones en el [[Palacio Estévez]]. A partir de 1947 durante el gobierno de [[Luis Batlle Berres]] se adquirió la [[Residencia presidencial de Suárez y Reyes]] para residencia oficial de los presidentes y su familia. |
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A su vez, el Poder Ejecutivo cuenta con una estancia presidencial, dentro del [[Parque Anchorena|Parque Nacional Anchorena]] y otra residencia en [[Punta del Este]]. |
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=== Palacio presidencial === |
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Entre los año 2005 y 2020, solo fueron utilizadas para actos oficiales y protocolares, así como reuniones con mandatarios extranjeros. |
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=== Residencia oficial y de verano === |
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=== Sueldo y transporte === |
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== Postpresidencia == |
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Archivo:PresidenteSanguinettti.jpg|<center>'''[[Julio María Sanguinetti]]'''<br />35.º (1985-1990)<br />37.° (1995-2000)<br /><small>{{fecha|6|1|1936|edad|link=no}}</small> </center> |
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Archivo:Luisalbertolacalle.jpg|<center>'''[[Luis Alberto Lacalle|Luis Alberto<br />Lacalle]]'''<br />36.º (1990-1995)<br /><br /><small>{{fecha|13|7|1941|edad|link=no}}</small></center> |
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Archivo:Pepemujica2.jpg|<center>'''[[José Mujica|José<br />Mujica]]'''<br />40.º (2010-2015)<br /><br /><small>{{fecha|20|05|1935|edad|link=no}}</small></center> |
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== Véase también == |
== Véase también == |
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*[[Constitución de la República Oriental del Uruguay]] |
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*[[Régimen electoral de Uruguay]] |
*[[Régimen electoral de Uruguay]] |
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*[[Vicepresidente de Uruguay]] |
*[[Vicepresidente de Uruguay]] |
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*[[ |
*[[Consejo de Ministros de Uruguay]] |
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*[[Administración pública de Uruguay]] |
*[[Administración pública de Uruguay]] |
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*[[Residencia |
*[[Residencia presidencial de Suárez y Reyes]] |
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== Notas == |
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== Referencias == |
== Referencias == |
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=== Generales === |
=== Generales === |
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*[https://web.archive.org/web/20150329211901/http://www.parlamento.gub.uy/constituciones/const004.htm Texto vigente de la Constitución con las reformas de 1989, 1994, 1996 y 2004] |
*[https://web.archive.org/web/20150329211901/http://www.parlamento.gub.uy/constituciones/const004.htm Texto vigente de la Constitución con las reformas de 1989, 1994, 1996 y 2004] |
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**[https://web.archive.org/web/20131031121736/http://www0.parlamento.gub.uy/constituciones/const967.htm Constitución de 1967] |
**[https://web.archive.org/web/20131031121736/http://www0.parlamento.gub.uy/constituciones/const967.htm Constitución de 1967] |
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== Enlaces externos == |
== Enlaces externos == |
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*[http://www.presidencia.gub.uy/ Página oficial de Presidencia] |
*[http://www.presidencia.gub.uy/ Página oficial de Presidencia] |
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*[https://web.archive.org/web/20150329211901/http://www.parlamento.gub.uy/constituciones/const004.htm Constitución de la República] |
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*[http://www.uc.org.uy/de12.htm Historia electoral del Uruguay hasta 1999] |
*[http://www.uc.org.uy/de12.htm Historia electoral del Uruguay hasta 1999] |
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*[http://200.40.229.134/htmlstat/pl/discursos/presidentesrou/indice.htm Discursos pronunciados por los presidentes con motivo de su asunción] |
*{{Enlace roto|1=[http://200.40.229.134/htmlstat/pl/discursos/presidentesrou/indice.htm Discursos pronunciados por los presidentes con motivo de su asunción] |2=http://200.40.229.134/htmlstat/pl/discursos/presidentesrou/indice.htm |bot=InternetArchiveBot }} |
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<nowiki>[[Categoría:Presidentes de Uruguay| ]] |
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[[Categoría:Anexos:Jefes de Estado|Uruguay]] |
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[[Categoría:Jefes de Gobierno|Uruguay]] |
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[[eo:Prezidanto de Urugvajo]] |
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[[no:Liste over presidenter i Uruguay]] |
Revisión actual - 16:12 14 ene 2021
Presidente de la República Oriental del Uruguay | ||
---|---|---|
Archivo:Presidential Standard of Uruguay (On Land).svg | ||
Luis Alberto Lacalle Pou | ||
Desde el 1 de marzo de 2020 | ||
Sede | Torre Ejecutiva | |
Residencia | Residencia presidencial de Suárez y Reyes | |
Salario | $ 329 025,56 (Líquido, 2017)[1] | |
Duración |
Cinco años, sin posibilidad de reelección inmediata | |
Designado por | Voto popular | |
Suplente | Vicepresidente de la República | |
Creación | 6 de noviembre de 1830 | |
Primer titular | Fructuoso Rivera (1830-1834) | |
Sitio web | Presidencia de Uruguay |
El presidente de la República Oriental del Uruguay es el jefe de Estado y jefe de Gobierno de la República Oriental del Uruguay, presidente del Consejo de Ministros y comandante en jefe de las Fuerzas Armadas.
Dicho mandatario conforma el Poder Ejecutivo, junto con el Consejo de Ministros, así como con el secretario y el prosecretario de la Presidencia, y el director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Hasta la fecha, ha habido un total de treinta y siete personas que asumieron el cargo y cuarenta y dos presidencias (esto es porque Fructuoso Rivera en 1830 y 1839, Francisco Antonino Vidal en 1880 y 1886, José Batlle y Ordóñez en 1903 y 1911, Julio María Sanguinetti en 1984 y 1994, y Tabaré Vázquez en 2004 y 2014 fueron electos para ocupar más de una vez el cargo). De las personas elegidas para el cargo, treinta y dos fueron electas en treinta y seis elecciones (diecinueve con sufragio indirecto y diecisiete con sufragio directo). En cuanto al término del mandato por el que fueron elegidos (sin contar la presidencia actual), veintiuno terminaron su mandato, uno dio paso a una nueva forma de gobierno de forma constitucional, siete presentaron renuncia al cargo, tres dieron golpes de estado, uno fue asesinado y dos murieron por causas naturales. Además dos vicepresidentes, dos Ministros de Guerra y dos senadores asumieron tras la falta de un presidente.
El primer titular fue Fructuoso Rivera quien asumió el cargo el 6 de noviembre de 1830 como Presidente de la República Oriental del Uruguay. El actual titular es Luis Alberto Lacalle Pou, electo en las elecciones presidenciales de Uruguay de 2019.
Proceso de elección
[editar]Elegibilidad
[editar]En la Constitución se detallan las limitantes y los requisitos del cargo. En cuanto a los requisitos, estos se encuentran detallados en el artículo 151:
- Contar con ciudadanía natural es esencial; es decir, haber nacido en el país o ser hijo de un uruguayo. Imposibilitando el acceso al cargo a cualquier tipo de ciudadano legal o no ciudadano.
- Estar inscripto en el Registro Cívico Nacional
- Tener la edad de al menos 35 años.
(...) Sólo podrán ser elegidos los ciudadanos naturales en ejercicio, que tengan treinta y cinco años cumplidos de edad.Artículo 151, Capítulo I, Sección IX del Poder Ejecutivo, Constitución de la República
En cuanto a las limitaciones del cargo:
- Inhabilitación de ejercer política partidaria activa
El Presidente de la República y los miembros de la Corte Electoral no podrán formar parte de comisiones o clubes políticos, ni actuar en los organismos directivos de los partidos, ni intervenir en ninguna forma en la propaganda política de carácter electoral.Quinto inciso, Artículo 77, Capítulo II, Sección III de la Ciudadanía y el Sufragio, Constitución de la República
- Inhabilitación a ejercer otro cargo mientras se ejerza el cargo de presidente (inciso 1 del artículo 91 y artículo 99).
- Inhabilitación de ser candidato a Representante Nacional (artículo 92).
Elección
[editar]Según la Constitución actual, las personas que deseen ser presidente deben de inscribir su candidatura, a través de un partido político, en las elecciones internas de los partidos políticos, las cuales se realizan el mismo año que se realizan las elecciones nacionales. En estas elecciones cada partido político define un candidato único, el cual se presenta representando al partido en las elecciones nacionales. En las elecciones presidenciales, mediante voto secreto, la ciudadanía elige entre las candidaturas presentadas. En caso que ninguna candidatura obtenga la mayoría absoluta de los votos, se procede a una segunda vuelta, denominada "Balotaje", entre las dos candidaturas más votadas. En dicha votación resulta ganadora la candidatura que obtenga la mayoría de los votos.
En la primera Constitución se estipulaba que el presidente era elegido por la Asamblea General a mayoría absoluta de votos, por lo que el presidente se elegía en votación indirecta ya que la ciudadanía votaba a los legisladores y estos votaban a un candidato a presidente. La Constitución de 1918 establece por primera vez el voto popular directo en la elección del presidente, aunque solamente votaban ciudadanos hombres. Recién en 1938 se habilitó el voto femenino en las elecciones nacionales a presidente.
Juramento
[editar]De acuerdo con el artículo 158 de la Constitución, el mandato del presidente comienza el 1 de marzo siguiente a la fecha de elección y a la vez ese día se da por finalizado el mandato del presidente anterior. De acuerdo al Manual de Ceremonial Público aprobado el 14 de noviembre de 2007, antes de poder ejercer, tanto el presidente como el vicepresidente electos deben de realizar el acto de toma de posesión del cargo en presencia de ambas cámaras legislativas reunidas en Asamblea General en el Palacio Legislativo. Se requiere, por disposición de la Constitución, que presten el siguiente juramento ante el presidente actuante del Senado:
"Yo, N.N., me comprometo por mi honor a desempeñar lealmente el cargo que se me ha confiado y a guardar y defender la Constitución de la República"Artículo 158, Capítulo I, Sección IX de la Poder Ejecutivo, Constitución de la República.
Luego de prestar juramento, tanto el presidente como el vicepresidente electos se dirigen desde el Parlamento hasta la sede del Poder Ejecutivo (hoy en día Torre Ejecutiva) donde presidente y vicepresidente salientes los aguardan para la ceremonia de traspaso de mando. Luego de que el Escribano de Gobierno hace lectura y firma del acta, el presidente entrante asume de forma oficial y se procede a la entrega por parte del presidente saliente de la banda presidencial. El primer acto del presidente es la designación del Secretario de Presidencia.[2][3]
Esta modalidad, fue cambiada en 2010, ya que la ceremonia de asunción y cambio de mando de José Mujica se realizó sobre la Plaza Independencia a los pies del monumento al prócer José Gervasio Artigas.
Duración
[editar]Actualmente, desde la reforma constitucional de 1967, se establece la duración de los mandatos en cinco años tanto para el presidente como para el vicepresidente y se prohíbe la reelección inmediata, teniendo que esperar, tanto el presidente como el vicepresidente, cinco años para poder volver a ocupar sus respectivos cargos. Esta disposición compete al presidente con respecto a la vicepresidencia pero no al vicepresidente con respecto a la presidencia (Artículo 152 de la Constitución).
En el artículo 75 de la Constitución de 1830 se especificaba que las funciones del Presidente durarán por cuatro años; y no podrá ser reelegido sin que medie otro tanto tiempo entre su cese y la reelección. El texto constitucional aprobado en 1918 mantenía la duración de los mandatos en cuatro años pero exigiendo que medien ocho años entre el cese y la reelección. Esta disposición quedó sin efecto en los siguientes textos constitucionales, restaurándose la disposición original, la cual también limitó la duración de los períodos de gobierno mientras el Poder Ejecutivo era ejercido por el Consejo Nacional de Gobierno.
Ha habido ciertos movimientos que han impulsado que se habilite la reelección presidencial pero sin lograr gran trascendencia, a excepción de la Unión Nacional Reeleccionista que impulsaba la reelección de Jorge Pacheco Areco en 1971. En 1966 es electo como presidente Óscar Gestido el cual va acompañado de Jorge Pacheco Areco como candidato a vicepresidente. Gestido fallece al tiempo de asumir y Pacheco Areco asume la presidencia. En las siguientes elecciones, las de 1971, hubo un intento reeleccionista de parte del presidente y sus correligionarios a través de la Unión Nacional Reeleccionista. El proyecto fracasó, aunque logró un caudal importante de votos que permitieron que el candidato del sector si no se aprobaba la reforma, Juan María Bordaberry, fuera electo presidente.[4]
Hubo varias personas que ocuparon más de una vez el cargo si se contabilizan presidencias interinas o presidentes del Senado en ejercicio del Poder Ejecutivo, pero sólo hubo cinco personas que fueron elegidas para ocupar más de una vez el cargo: Fructuoso Rivera de 1830 a 1834 y de 1839 a 1843, Francisco Antonino Vidal de 1880 a 1882 y durante 1886, José Batlle y Ordóñez de 1903 a 1907 y de 1911 a 1915, Julio María Sanguinetti de 1985 a 1990 y de 1995 a 2000 y Tabaré Vázquez de 2005 a 2010 y de 2015 a la actualidad (finaliza su mandato en 2020). Aunque solamente Julio María Sanguinetti y Tabaré Vázquez fueron elegidos por sufragio universal directo para ocupar más de una vez el cargo.
Poderes y deberes
[editar]El Presidente tiene la atribución de nombrar y destituir a Ministros. De acuerdo al artículo 168 de la Constitución, al Presidente de la República, actuando con el Ministro o Ministros respectivos, o con el Consejo de Ministros, corresponde, entre otros asuntos:
- La conservación del orden y tranquilidad en lo interior, y la seguridad en lo exterior.
- El mando superior de todas las Fuerzas Armadas.
- Publicar y circular todas las leyes y hacerlas ejecutar, expidiendo los reglamentos especiales que sean necesarios para su ejecución.
- Informar al Poder Legislativo, al inaugurarse las sesiones ordinarias, sobre el estado de la República y las mejoras y reformas que considere dignas de su atención.
- Poner objeciones o hacer observaciones a los proyectos de ley que le remita el Poder Legislativo, y suspender u oponerse a su promulgación.
- Proponer proyectos de ley o modificaciones a las leyes anteriormente dictadas.
- Destituir los empleados por ineptitud, omisión o delito.
- Decretar la ruptura de relaciones y, previa resolución del Poder Legislativo, declarar la guerra.
- Tomar medidas prontas de seguridad en los casos graves e imprevistos de ataque exterior o conmoción interior.
- Preparar y presentar al Poder Legislativo los presupuestos.
- Concluir y suscribir tratados, necesitando para ratificarlos la aprobación del Poder Legislativo.
Cese o incapacidad
[editar]Vacancia del cargo
[editar]La oficina presidencial puede quedar vacante por varias circunstancias: muerte, dimisión y destitución. Hasta la fecha, tres personas murieron ejerciendo el cargo, Juan Idiarte Borda en 1897, Tomás Berreta en 1947 y Óscar Gestido en 1967, tanto Berreta como Gestido fallecieron por causas naturales mientras que Idiarte Borda fue víctima de un asesinato. Andrés Martínez Trueba dio por finalizado su mandato de cuatro años al año de asumir para dar paso a un poder ejecutivo colegiado (Consejo Nacional de Administración) en 1952 tal como se expresaba en la Constitución de 1952.
En cuanto a renuncias al cargo de presidente, el último antecedente se retrotrae al siglo XIX con la renuncia de Francisco Antonino Vidal al cargo en 1886. En total se contabilizan un total de siete renuncias al cargo: Fructuoso Rivera en 1834, Manuel Oribe en 1838, Venancio Flores en 1855, José Eugenio Ellauri en 1875, Lorenzo Latorre en 1880 y Francisco Antonino Vidal en 1882 y en 1886. Juan Francisco Giró fue el único presidente constitucional depuesto, forzándolo a renunciar en 1853 para dar paso al Triunvirato de Gobierno integrado por Venancio Flores, Juan Antonio Lavalleja y Fructuoso Rivera.
En cuanto a Gabriel Terra en 1933 y Juan María Bordaberry en 1973, estos no culminaron sus mandatos ya que disolvieron el Parlamento y ejercieron el poder de manera autoritaria con represión y censuras políticas.
Subrogación y sucesión presidencial
[editar]En todos los casos de vacancia temporal o definitiva de la presidencia, el vicepresidente ocupará el cargo con las mismas facultades y atribuciones, en caso de ser vacancia definitiva el vicepresidente asumirá el mando hasta el final del período (artículo 150 de la Constitución). En caso de que la Presidencia de la República quedará vacante de forma temporal o definitiva o en caso de licencia, renuncia, cese o muerte del Presidente y del Vicepresidente, la presidencia recaerá en el primer Senador titular de la lista más votada del partido político por el cual fueron electos tanto el presidente como el vicepresidente, siempre que cumpla con las disposiciones del artículo 151 y no estuviera impedido por las del artículo 152 (Artículo 153 de la Constitución).
En caso que el Presidente electo no pudiera temporalmente asumir el mando o ejercer el mismo, el vicepresidente, o en su defecto de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 153, asumirá el mando de forma temporal hasta que perduren las causas que generaron dicha incapacidad (artículo 156 de la Constitución). Si a la fecha de toma de mando (1 de marzo del año siguiente a la elección) no estuvieran proclamados por la Corte Electoral el presidente y el vicepresidente o la elección fuera anulada, el presidente cesante delegara el mando en el Presidente de la Suprema Corte de Justicia quien actuara hasta que se efectúe la trasmisión mientras tanto quedara suspendido temporalmente en sus funciones judiciales (artículo 157 de la Constitución).
En la primera Constitución se establecía que en caso de vacancia de la Presidencia, sea por enfermedad, ausencia, muerte, renuncia, destitución, o de cesación de hecho, el cargo era asumido por el Presidente del Senado. Con la introducción del Consejo de Administración en el texto constitucional de 1918, se dispuso que quien suplantará al presidente fuera el miembro del Consejo que el presidente hubiera elegido, quedando suspendido en sus funciones de consejero mientras ejerciera el cargo, y que en caso de quedar vacante la Presidencia de la República la Asamblea General, a mayoría absoluta de votos, designara a quien desempañaría la presidencia hasta el 1 de marzo siguiente a las próximas elecciones de miembros del Consejo donde se elegiría el presidente de la República. Con la introducción de la figura del vicepresidente en la Constitución de 1934, se agrupó en una sola persona tanto la presidencia de la Asamblea General y la Cámara de Senadores como el ser el primero en la línea de sucesión presidencial. Con la abolición del puesto de presidente en el texto constitucional de 1952, como consecuencia de la introducción de un poder ejecutivo colegiado, también se eliminó el puesto de vicepresidente, por lo que la presidencia de la Asamblea General y la Cámara de Senadores se estipuló que la ejercería el primer Senador titular de la lista más votada del partido político más votado. A raíz de la reforma de 1967 se re introdujeron tanto el puesto de presidente como el de vicepresidente.
Casos de sucesión presidencial
[editar]Sucesor | Partido | Cargo anterior del sucesor | Fecha | Motivo de la sucesión | |
---|---|---|---|---|---|
Carlos Anaya | Partido Colorado | Presidente del Senado | 24 de octubre de 1834 | Renuncia de Fructuoso Rivera luego de 3 años, 11 meses y 18 días en la presidencia. | |
Gabriel Antonio Pereira | Partido Colorado | Presidente del Senado | 24 de octubre de 1838 | Renuncia de Manuel Oribe luego de 3 años, 7 meses y 23 días en la presidencia. | |
Manuel Basilio Bustamante | Partido Colorado | Presidente del Senado | 10 de septiembre de 1855 | Renuncia de Venancio Flores luego de 1 año, 5 meses y 29 días en la presidencia. | |
Pedro Varela | Partido Colorado | Designado por el Parlamento | 22 de enero de 1875 | Renuncia de José Eugenio Ellauri luego de 2 años, 10 meses y 21 días en la presidencia. | |
Francisco Antonino Vidal Silva | Partido Colorado | Designado por el Parlamento | 15 de marzo de 1880 | Renuncia de Lorenzo Latorre luego de 1 año y 14 días en la presidencia. | |
Máximo Santos | Partido Colorado | Ministerio de Guerra | 1º de marzo de 1882 | Renuncia de Francisco Antonino Vidal luego de 1 año, 11 meses y 14 días. | |
Máximo Santos | Partido Colorado | Presidente del Senado | 24 de mayo de 1886 | Renuncia de Francisco Antonino Vidal luego de 2 meses y 23 días en la presidencia. | |
Máximo Tajes | Partido Colorado | Designado por el Parlamento | 18 de noviembre de 1886 | Renuncia de Máximo Santos luego de 6 meses y 25 días en la presidencia. | |
Juan Lindolfo Cuestas | Partido Colorado | Presidente del Senado | 25 de agosto de 1897 | Asesinato de Juan Idiarte Borda luego de 3 años, 5 meses y 4 días en la presidencia. | |
Luis Batlle Berres | Partido Colorado | Vicepresidente | 2 de agosto de 1947 | Muerte de Tomás Berreta luego de 5 meses y un día en la presidencia. | |
Jorge Pacheco Areco | Partido Colorado | Vicepresidente | 6 de diciembre de 1967 | Muerte de Óscar Gestido luego de 9 meses y 5 días en la presidencia. |
Estadísticas
[editar]-
Julio Maria Sanguinetti
35°.(1985-1990)
37°.(1995-2000)
6 de enero de 1936 (88 años) -
Luis Alberto Lacalle
36°. (1990-1995)
13 de julio de 1941 (83 años) -
Jose Mujica
40° (2010-2015)
20 de mayo de 1935 (89 años) -
Tabaré Vázquez
39°.(2005-2010)
41°.(2015-2020)
17 de enero de 1940 (84 años)
Miscelánea
[editar]- Venancio Flores (18 de mayo de 1808 - 19 de febrero de 1868) fue el primer presidente nacido en el siglo XIX.
- Andrés Martínez Trueba (11 de febrero de 1884 - 19 de diciembre de 1959) fue el último presidente nacido en el siglo XIX, además es el último presidente que nació en un departamento del interior del país (fuera del Departamento de Montevideo).
- Óscar Diego Gestido (28 de noviembre de 1901 - 6 de diciembre de 1967) fue el primer presidente nacido en el siglo XX.
- Tabaré Vázquez (17 de enero de 1940 - presente) es el presidente de mayor de edad (75 años) al asumir el cargo y a la vez el mayor edad al dejar el cargo (80 años).
- José Eugenio Ellauri (15 de noviembre de 1834 - 27 de diciembre de 1894) fue el primer presidente en nacer luego de la Declaratoria de la independencia, Convención Preliminar de Paz y de la Jura de la Constitución. En definitiva el primer presidente en nacer en el Uruguay independiente.
- José Batlle y Ordóñez (21 de mayo de 1856 - 20 de octubre de 1929) fue el primer presidente hijo de presidente (Lorenzo Batlle). En el 2000 asumió Jorge Batlle (25 de octubre de 1927 - 24 de octubre de 2016) quien fue el segundo presidente hijo de presidente (Luis Batlle Berres) y el primero bisnieto de otro presidente (Lorenzo Batlle). Además de ser el primer presidente en ser electo en un balotaje. En 2020 asumió Luis Lacalle Pou (11 de agosto de 1973 - presente) quien se convirtió en el tercer presidente hijo de presidente (Luis Alberto Lacalle).
- Julio María Sanguinetti (6 de enero de 1936 - presente) fue el primer presidente elegido en dos ocasiones mediante sufragio universal (1984 y 1994), además también fue el primer presidente tras el fin de la última dictadura (1973 - 1985).
- José Serrato (30 de septiembre de 1868 - 7 de septiembre de 1960) fue el presidente en fallecer con mayor edad (91 años), mientras que Juan María Bordaberry (17 de junio de 1928 - 17 de julio de 2011) fue el presidente que vivió mayor tiempo luego de dejar la presidencia.
- Máximo Tajes (23 de noviembre de 1852 - 21 de noviembre de 1912) fue el presidente más joven al asumir el cargo (33 años). Actualmente es imposible que un presidente asuma con una edad menor a esta ya que la actual Constitución de Uruguay exige un mínimo de 35 años para poder asumir.
Sedes del Poder Ejecutivo
[editar]-
Palacio Estévez
Casa de Gobierno (1880-1985) -
Edificio Libertad
Sede del Poder Ejecutivo (1985-2005) -
Torre Ejecutiva
Sede del Poder Ejecutivo (2005-actualidad)
Residencias oficiales
[editar]Si bien desde los orígenes de la República, las residencias de los presidentes fueron particulares, o en algunas excepciones en el Palacio Estévez. A partir de 1947 durante el gobierno de Luis Batlle Berres se adquirió la Residencia presidencial de Suárez y Reyes para residencia oficial de los presidentes y su familia.
A su vez, el Poder Ejecutivo cuenta con una estancia presidencial, dentro del Parque Nacional Anchorena y otra residencia en Punta del Este.
Entre los año 2005 y 2020, solo fueron utilizadas para actos oficiales y protocolares, así como reuniones con mandatarios extranjeros.
Véase también
[editar]- Constitución de la República Oriental del Uruguay
- Régimen electoral de Uruguay
- Vicepresidente de Uruguay
- Consejo de Ministros de Uruguay
- Administración pública de Uruguay
- Residencia presidencial de Suárez y Reyes
Referencias
[editar]Generales
[editar]Complementarios
[editar]- ↑ «Retribución Presidente de la República».
- ↑ «Decreto N.º 435/007». Presidencia de la Républica.
- ↑ «Como será la ceremonia de cambio de mando». El Observador.
- ↑ Oscár Bottinelli (25 de junio de 2006). «La reelección como problema». Archivado desde el original el 29 de enero de 2019. Consultado el 15 de octubre de 2018.