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Alcaldes en Puerto Rico

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Los alcaldes de Puerto Rico abarcan los distintos alcaldes de los municipios de Puerto Rico; cada alcalde que es el oficial de mayor poder de su municipio correspondiente. Varias leyes existieron que crearon el puesto de alcalde en cada municipio pero estas fueron derogadas a favor de una ancha y abarcadora ley conocida como el Acto de Municipios Autónomo de 1991.[1]

Los alcaldes no constituyen un cuerpo, y no son requeridos por ley para hacerlo, pero voluntariamente han formado dos organizaciones:

Cada alcalde es también el comandante-en-jefe de su respectiva policía municipal.[6]

Historial

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Históricamente los alcaldes solían ser figuras políticas menores en el paisaje de Puerto Rico porque la rama ejecutiva del gobierno de Puerto Rico ejercía una autoridad mayor sobre los municipios.[7][8]​ Aun así, en años recientes, la rama ejecutiva ha adoptado una forma descentralizada de gobierno y ha comenzado a centrar en política a nivel estatal más que en local o regional. Estas políticas han concedido un grado alto de autonomía a sus municipios y sus alcaldes, y ha permitido que ciertos municipios altamente poblados con economías locales robustas —como Caguas[9]​ y San Juan—[10]​ prosperen y ejerciten un grado alto de autonomía, mientras dejando otros con población pequeñas y leves —como Florida[11]​ y Moca—[12]​ con retos para vencer.[13]​ No obstante, estas pólizas han permitido que los alcaldes se vuelvan altamente influyentes en la economía de Puerto Rico a nivel local, regional, y estatal, así como en su política y sociedad.[14]​ Un ejemplo de esto sería el Willie Tax cuál estuvo implementado independientemente en Caguas por su alcalde anterior, William Miranda Marín.[15][16]​ El impuesto fue posteriormente adoptado por otros municipios y finalmente evolucionados al nivel estatal para ser conocido como las Ventas de Puerto Rico e Impuesto de Uso (IVU).[17][18]

Hoy día, los alcaldes han devenido auxiliares[19][20]​ políticamente fuertes y anclas para otros políticos que buscan soporte de los ciudadanos que viven en sus municipios.[21]​ Ha también devenir cada vez más común de implicar y hablar asuntos políticos con los alcaldes, sus asambleas, y las organizaciones al cual pertenecen, antes de implementar políticas públicas, y aprobando o vetando facturas.[22][23]​ Ambos los alcaldes y el gobierno central de Puerto Rico, incluyendo el Gobernador y la Asamblea Legislativa, han sido capaz de trabajar en unísono y simbióticamente por el bien de Puerto Rico y sus municipios.[24]

Deberes y poderes

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Los alcaldes en Puerto Rico tienen los siguientes deberes:

  • Organizar, dirigir, y supervisar todas las actividades administrativas del municipio.
  • Preparar el presupuesto general del municipio
  • Administrar el presupuesto y las transferencias de crédito.
  • Contratar servicios profesionales, técnicos, y consultantes considerados necesarios, convenientes, o útiles.
  • Supervisar, administrar, y autorizar el desembolso de fondos recibidos por el municipio.

Requisitos

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La ley declara los requisitos siguientes para ser un alcalde en Puerto Rico. El candidato debe:[25]

  • Tener al menos 21 años.
  • Saber cómo leer y escribir.
  • Ser un ciudadano de los Estados Unidos y Puerto Rico.
  • Haber vivido en el municipio correspondiente por al menos un año antes de la elección, y ser un votante certificado en el mismo.
  • No ser condenado por un delito grave o falta que implica privación moral.
  • No ser indigente de ocupación para conducta impropia.
  • No ser declarado mentalmente desajustado por un tribunal de ley.

Extirpación de la oficina

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Según una enmienda firmado en el 2006, un alcalde en Puerto Rico puede ser sacado de oficina por las siguientes razones:[26]

  • Siendo condenado de un delito grave.
  • Siendo condenado de un falla cuál implica privación moral.
  • Incurrido en una conducta inmoral.
  • Incurrido en actos ilegales que implican abandonar detrimental a la función pública, inexcusable e injustificada negligencia o conducta que obstaculizan los intereses públicos mejores. Tal conducta tiene que haber afectado los intereses de la población y los derechos de sus habitantes, tiene que ser relacionado con la administración de la posición de alcalde, y el debe ser sustancial en su naturaleza.

Para determinar el último, cualquier persona puede presentar cargos contra un alcalde delante de un comité, el cual entonces les evaluará y entregar un veredicto.

Elección

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Al igual que muchas posiciones políticas en Puerto Rico, los alcaldes son elegidos cada cuatro años en una elección general. Los votantes registrados como residentes de un municipio votan para sus alcaldes respectivos. Hasta el momento, no hay ningún límite en plazos para alcaldes.

Alcaldes 2021-2025

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Hay actualmente 41 alcaldes afiliados con el Partido Democrático Popular (PPD), mientras el restante 37 son afiliados con el Partido Progresivo Nuevo (PNP). El alcalde con una mayor tenencia en la isla es el alcalde de Dorado, Carlos López Rivera. López ha servido como alcalde desde que fue elegido en 1987. El récord de alcalde que ha servido por la mayor tiempo lo tiene Juan Aubín Cruz Manzano, del Municipio de Manatí, que sirvió por cuarenta años (1977-2017). El final de los plazos actuales concluyen en enero de 2025, siguiendo la 2024 elección general.

Referencias

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  1. «Law No. 81 of 1991». Archivado desde el original el 15 de febrero de 2017. Consultado el 31 de mayo de 2017. 
  2. «Hon. Pedro R. Pierluisi | Puerto Rico». Pierluisi.house.gov. Archivado desde el original el 12 de diciembre de 2012. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  3. «2009 DTS 102 ASOCIACION DE ALCALDES V. EL CONTRALOR DE P.R. 2009TSPR102 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R. de 2009». Lexjuris.com. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  4. «Home - El Nuevo Día». Elnuevodia.com. Archivado desde el original el 2 de octubre de 2013. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  5. Vocero.com. «Federación de Alcaldes celebra su tercera convención – Vocero de Puerto Rico». Vocero.com. Archivado desde el original el 26 de junio de 2012. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  6. «LEX2000». pp. Lexjuris.com. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  7. http://derechoupr.com/dmdocuments/Universidad%20Interamericana%20de%20Puerto%20Rico.pdf (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  8. http://www.oslpr.org/files/docs/{E9DEDF79-1CCF-4AE4-9960-A324AC3CA27A}.doc
  9. «Municipio Caguas recibe premio nacional por excelencia en finanzas». Elperiodicopr.com. 18 de octubre de 2012. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  10. http://www.ocpr.gov.pr/map/Municipios/SanJuan.pdf
  11. http://www.ocpr.gov.pr/map/Municipios/Florida.pdf
  12. http://www.ocpr.gov.pr/map/Municipios/Moca.pdf
  13. «LEXRCS2007104 Enmienda Constitucional para elevar a Rango Constitucional la Autonomía Municipal». Lexjuris.com. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  14. «Los alcaldes más poderosos - El Nuevo Día». Elnuevodia.com. 15 de noviembre de 2012. Archivado desde el original el 21 de enero de 2013. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  15. Casiano Communications (12 de julio de 2011). «Remembering Willie Miranda Marín - Caribbean Business». Caribbeanbusinesspr.com. Archivado desde el original el 18 de enero de 2013. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  16. «Copia archivada». Archivado desde el original el 30 de junio de 2010. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  17. http://www.hacienda.gobierno.pr/pdf/reglamentos/REG-7249.pdf
  18. «Página no encontrada - Departamento de Hacienda de Puerto Rico». www.hacienda.gobierno.pr. 
  19. «BSNF busca apoyo del Alcalde de Mayagüez : EnVivoPR.Com / Noticias y Tecnología». Envivopr.com. 12 de julio de 2011. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  20. «Jaime Perelló está seguro de que será el presidente de la Cámara». Primerahora.com. Archivado desde el original el 20 de noviembre de 2012. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  21. «AGP resalta la obra del Alcalde de Villalba durante su recorrido con la Ola de la Gente». 18norte66oeste.com. 24 de septiembre de 2012. Archivado desde el original el 16 de enero de 2013. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  22. «Progress - Federacion de Alcaldes». www.fedalcaldes.com. 
  23. http://www.senadopr.us/Calendario%20de%20Ordenes%20Especiales/Martes,%2010%20de%20abril%20de%202012.pdf (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  24. Vocero.com. «Orientan a nuevos alcaldes sobre transición – Vocero de Puerto Rico». Vocero.com. Archivado desde el original el 20 de noviembre de 2012. Consultado el 30 de noviembre de 2012. 
  25. «Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico». Archivado desde el original el 26 de junio de 2013. Consultado el 31 de mayo de 2017. 
  26. Cámara de Representantes, P. de la C. 2684 Archivado el 12 de noviembre de 2013 en WebCite

Enlaces externos

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