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Discusión:Administración local (Navarra)

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Registro oficial de entidades locales

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El art. 3 de la Ley Foral 6/1990 establece que la Administración creará un registro de las entidades locales, con la información que reglamentariamente se establezca. No he localizado ese desarrollo reglamentario; y en la única relación de entidades locales (disponible en el Instituto Navarro de Estadística, en la relación de nomenclatos, se listan algunos de las Comunidades tradicionales, pero también las facerías: dudo que estás tengan el carácter de entidad local. En todo caso, pienso que lo decisivo es saber que áreas quedan excluidas de cualquier municipio.
Continúo investigando, de modo que agradeceré cualquier orientación o aclaración.JLVwiki (discusión) 09:07 6 oct 2019 (UTC)[responder]

Enlaces externos modificados

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