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25 nov 2024
- 21:5521:55 25 nov 2024 difs. hist. −427 Irijoa Acorde al BOE» núm. 213, de 6 de septiembre de 1983, en su artículo 10, "1. Los topónimos de Galicia tendrán como única forma oficial la gallega. 2. Corresponde a la Xunta de Galicia la determinación de los nombres oficiales de los municipios, de los territorios, de los núcleos de población, de las vías de comunicación interurbanas y de los topónimos de Galicia. El nombre de las vías urbanas será determinado por el Ayuntamiento correspondiente" por tanto sólo "Irixoa" es correcto, no "Irijoa". Etiquetas: Revertido posible pruebas Edición visual Edición desde móvil Edición vía web móvil